6 mayo, 2024

Al nombrar la palaba aborto, inmediatamente suena de fondo la palabra controversia. Al abordar este tema suele hacer mención al derecho a la vida, pero no es el único derecho al que hay que tener en cuenta; Si no también, al derecho a la salud, el derecho a la autonomía personal, el derecho a la educación y el derecho a poder decidir sobre la vida de uno.

El derecho a la vida se encuentra previsto en nuestra Constitución Nacional a través de la inclusión de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y del Artículo 33.

En el caso del aborto, se habla del derecho a la vida de un feto. ¿Pero es una persona? En nuestro país, el Código Civil considera que hay vida a partir de la concepción, sin embargo, el Código supedita los derechos de la persona por nacer al hecho de que nazca con vida.

Otro de los derechos que siempre forma parte de la discusión es la decisión o el derecho de autonomía personal de la mujer embarazada. Todas las personas tienen la libertad de elegir su proyecto de vida sin injerencias de ningún tipo, especialmente de aquellas provenientes del estado. La autonomía personal se define como la manera de pensar por sí mismo, implica el derecho de cada persona de poder tomar las decisiones que afectan su vida personal. Es la capacidad de controlar, afrontar y tomar por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. En el caso de una mujer, con un embarazo no deseado, ¿Tiene derecho a elegir sobre que va a suceder con su propio cuerpo? ¿Puede elegir tener ese hijo? ¿Está obligada a parir en contra de su propia voluntad? ¿Se puede decir que, la esta elección de la mujer estaría causándole al feto daño o dolor?

En algunos países, como Uruguay, Cuba y México, legalizaron el aborto bajo voluntad y a simple solicitud de la mujer, regulado bajo el módulo de plazos, en el que no se considera delito a los abortos realizados hasta determinado momento de la gestación.

A diferencia de otros países, como Chile, Republica dominicana y Honduras, se encuentra prohibido el aborto y la persecución judicial ha elevado a graves condenas contra las mujeres que han presentado emergencias obstétricas y han sido denunciadas de manera irregular en los servicios sanitarios.

Uno de los casos más relevantes de nuestro país, fue el de Romina Tejerina, quien fue condenada a 14 años de prisión por ser la autora material y responsable de homicidio calificado por el vínculo de su bebé recién nacida. Tejerina ocultó que había sufrido una violación y también ocultó el embarazo y en febrero de 2003 dio a luz a una beba de 24 semanas de gestación y la apuñaló. La beba murió y ella fue sentenciada a los 21 años de edad. En 2007 organizaciones de defensa de los derechos de la mujer pidieron a la Corte Suprema de Justicia de La Nación, la inmediata liberación de Tejerina porque su embarazo había sido producto de una violación. Los jueces rechazaron la apelación presentada por la defensa y Romina siguió con su sentencia. Luego de 9 años y 4 meses de prisión, Tejerina obtuvo su libertad condicional.

Otro caso que ocurrió en nuestro país, en la provincia de Tucumán fue el de Belén, una joven de 27 años, que en 2014 fue sentenciada a 8 años de prisión, acusada de haber asesinado a su bebe luego de sufrir un aborto espontaneo. Del total de la condena, Belén cumplió 3 años de prisión, hasta que el máximo tribunal de Tucumán, ordeno su liberación por considerar que la su detención fue irregular. El caso de Belén comenzó en 2014, cuando se presentó en la guardia de un hospital de la provincia con una hemorragia vaginal y con dolores abdominales intensos, que eran producto de las contracciones del embarazo que ella no sabía que estaba transitando y que en ese momento estaba perdiendo. Luego del hecho, Belén fue acusada de homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía. Tras una larga lucha y exposición en los medios, finalmente la justicia le dio la razón y quedo en libertad.

Mi opinión personal sobre este tema, es relativa, ya que creo que hay que tener en cuenta muchos factores, como la situación en la que se produjo la concepción, en caso que haya sido fruto de una violación o abuso sexual, la edad de la mujer, ya que muchas veces por falta de educación o por precariedad de las familias, quedan embarazadas niñas a muy temprana edad y no tienen el grado de madurez suficiente para afrontar este proceso, y mucho menos la capacidad de criar y mantener un hijo. Se deberían analizar profundamente los casos, cumpliendo con las reglamentaciones del Código Civil y respetando siempre el derecho de la mujer.  Si se existiera una reglamentación en cuanto al aborto, se evitarían también muchas muertes de mujeres jóvenes, o bebes nacidos con malformaciones por someterse a abortos caseros o en clínicas clandestinas, donde muchas veces no son bajo supervisión médica ni cuentan con las medidas sanitarias básicas.

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