27 julio, 2024

CATEDRA: TÉCNICAS DE ESTUDIO

DOCENTE: GUSTAVO ARRIETA

 

Alumnos que faltan a clase para irse de vacaciones.

 

En nuestro país, la Ley 25.599 establece los requisitos que deben cumplir aquéllas agencias que brinden  servicios a contingentes estudiantiles. Existen servicios organizados por las escuelas y otros que  son ajenos a la propuesta curricular. En estos últimos se tiene en cuenta que deben llevarse a cabo  sin perjuicio del cumplimiento del mínimo de días de clase dispuesto en el calendario escolar de cada jurisdicción educativa, es decir, se aprueba que el alumno viaje siempre que no quede libre.

Considerando la oferta de servicios turísticos se advierte que las agencias alientan los viajes  durante la temporada baja. Los beneficios de estos servicios son variados,  exponen que  gran parte de los viajeros buscan tranquilidad,  alejarse de las grandes concentraciones, tránsito intenso, ruido y  por sobre todo las ofertas en pasajes aéreos, los precios de hoteles  suelen disminuir un 20% en relación a la temporada alta.

Aquí surge el conflicto, los viajes de egresados y los viajes familiares durante el año escolar, provocan ausencias que tienen un efecto perjudicial no solo en el alumno que viaja sino también en sus compañeros y maestros.

Si un alumno puede ser sacado cada vez que se le ocurra a los padres, entonces también pueden hacerlo otros, así diferentes alumnos pueden ser sacados en diferentes momentos, cómo se  justifican estas inasistencias.  En los diarios se relatan casos de otros países, la justicia británica multó a un padre por haber llevado a su hija a Disney en época de clases, en España, multan a una madre por hacer perder clases a su hija para llevársela de vacaciones a Ibiza. Aquí deberíamos plantearnos como adultos, cuál es la importancia que le damos a la asistencia en las escuelas y en mi opinión, también debería  evidenciarse una  posición ética en la Ley de Turismo.

 

 

 

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