20 abril, 2024

Hospital General  de Agudos Dr. Teodoro Álvarez:

Planta baja- sector de Emergencias.

Introducción:

El plan de evacuación es la planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias que pudieran derivarse de una situación de riesgo, es por lo tanto una forma de actuación que se debe elaborar para que cada persona involucrada sepa lo que tiene que hacer y llevarlo a la practica en el menor tiempo posible.

El  día 10 de enero del  año  2014, este hospital representado en este plano  sufre un incendio  en SECTOR DE EMERGENCIAS. Dicho nosocomio  fallaron medidas de seguridad.

Afortunadamente, no hubo que lamentar daños personales en ninguno de los trabajadores que se desempeñaban en los distintos sectores afectados, pero el siniestro ha provocado la inutilización total de ese pabellón, obligando el traslado de numerosos servicios y oficinas a otros sectores.

MEDIDAS DE SEGURIDAD:

La Ley 265 otorga a la Dirección General de Protección del Trabajo (DGPDT) las funciones de fiscalización, control y sanción por incumplimientos de las normas relativas a la salud, higiene y seguridad en el trabajo, la seguridad social y las cláusulas normativas de los convenios colectivos de trabajo, dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en tanto el Decreto 2075/07 le asigna también la facultad de “disponer inspecciones e instruir sumarios en materia laboral, de higiene y seguridad en el trabajo”.

LEY Nº 1346/04

CREA EL PLAN DE EVACUACIÓN Y SIMULACRO – CASOS DE INCENDIO – EXPLOSIÓN O ADVERTENCIA DE EXPLOSIÓN – PLANES – EXPLOSIONES – CATASTROFES – EDIFICIOS PÚBLICOS PRIVADOS Y CON ATENCIÓN AL PÚBLICO – OFICINAS – ESCUELAS – HOSPITALES – EDIFICIOS DE VIVIENDA – CASAS PARTICULARES – DOS VECES AL AÑO.

Ley de ciudad autónoma de Buenos Aires:

Artículo 1° – Créase el Plan de Evacuación y Simulacro en casos de incendio, explosión o advertencia de explosión, obrando el mismo en el Anexo I que forma parte de la presente Ley.

Artículo 2° – El Plan será de aplicación obligatoria en edificios, tanto del ámbito público como del ámbito privado, de oficinas, escuelas, hospitales y en todos aquellos edificios con atención al público, adecuándolo a las características propias del inmueble, su destino y de las personas que lo utilicen siendo de aplicación voluntaria en los edificios de vivienda.

Artículo 3° – Los simulacros considerados en el Plan serán realizados al menos dos veces al año.

Organización:

El Plan de Evacuación y Simulacro se iniciará con la formación del Grupo Director de la evacuación.

El mismo estará formado por un Director de Evacuación, un Jefe Técnico y un Jefe de Seguridad, contando con personal alternativo en el caso que se produjera una vacante o una ausencia en dichos cargos.

Al conocerse la señal de alarma, el Director se dirigirá al sitio destinado como base para dirigir la evacuación, situado en la planta baja del edificio, y solicitará la información correspondiente al piso donde se inició el siniestro.

Acto seguido, se procederá al toque de alarma general para el piso en emergencia y todos sus superiores. El Jefe de Seguridad dará aviso al Cuerpo de Bomberos y al Servicio Médico de Emergencia, una vez confirmada la alarma, en tanto que el Jefe Técnico dará corte a los servicios del edificio, tales como ascensores, gas y sistemas de acondicionamiento de aire, del sector en cuestión, procediendo a la evacuación del piso siniestrado y sus superiores. Luego se procederá a evacuar los pisos restantes.

En caso de traslado de accidentados, deberá disponerse el acompañamiento de personal auxiliar.

Aspectos generales:

  • Características constructivas de los establecimientos/ obras.
  • Condiciones ambientales del lugar de trabajo.
  • Contaminación auditiva.
  • Iluminación.
  • Instalaciones eléctricas.
  • Máquinas y herramientas.
  • Prevención de incendios y otros riesgos para la vida de los trabajadores.
  • Condiciones ergonómicas básicas.
  • Instrumentos y materiales de protección para los trabajadores.
  • Ropa de trabajo.

Conclusión:

Al finalizar con las reformas se procederá a la habilitación; realizada por DEFENSA CIVIL, BOMBEROS, inspeccionando mata fuegos y salidas de emergencias (puertas, escaleras). Es importante trabajar en equipo para realizar una buena evacuación.

 

Garcés Daniela.

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