24 abril, 2024

 

Las mercaderías, para su mejor tratamiento en la aduana, se individualizan y clasifican según nomenclador arancelario que se basa en el “Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías”.

Este sistema es utilizado en la mayoría de los países y consiste en una enumeración ordenada y descriptiva de las mercaderías, que tiene como principal objetivo quitar trabas al comercio haciéndolo más ágil.

En Argentina se lo denomina “NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR” (NCM). Su función es determinar qué tratamiento debe tener una mercadería en cuanto a derechos, impuestos, restricciones o beneficios a la importación o exportación. Como su nombre lo indica, es común para los países miembros del MERCOSUR.

El sistema armonizado está formado por 21 secciones y 99 capítulos ordenados según los reinos animal, vegetal y mineral y que van de menor a mayor valor agregado. A su vez los capítulos están desagregados en partidas, éstas en subpartidas, éstas a su vez en subpartidas regionales y éstas últimas en ítems. Todo este conjunto se denomina posición arancelaria o partida arancelaria y conforma el número que le corresponde a cada producto en particular dentro de la nomenclatura.

El nomenclador arancelario se originó en Bruselas en 1954, “Nomenclatura Arancelaria de Bruselas (NAB)”, y contaba con 4 dígitos con la estructura 00.00. En 1980 desaparece la NAB y se crea el “Sistema arancelario de designación y codificación de mercancías” el cual en este caso estaba conformado por 6 dígitos.

Finalmente, la nomenclatura común del MERCOSUR fué puesta en vigencia en enero del 1995, y está conformada por ocho dígitos.

POSICION N.C.M:

Esta columna indica la posición que cada producto tiene dentro de la nomenclatura.

Está conformada por ocho dígitos; los dos primeros corresponden al número de capítulo, estos junto con los dos siguientes forman el número de partida, mientras que el quinto y sexto dígito identifican al número de subpartida, y finalmente los últimos dos dígitos pertenecen a la Nomenclatura Común del Mercosur.

POSICIÓN S.I.M. – DÍGITO CONTROL (DC):

En esta columna se indican con tres dígitos al código de cada posición arancelaria y una letra con carácter de dígito control, la codificación es denominada Posición del Sistema Informático MALVINA (SIM).

DESCRIPCIÓN:

En esta columna figura la descripción del o de los productos que comprende cada posición arancelaria.

ARANCEL EXTERNO COMUN (AEC):

Aquí se indica en porcentaje el Arancel Externo Común acordados con los países integrantes del Mercosur para mercaderías provenientes de terceros países.

DERECHO DE IMPORTACIÓN EXTRA ZONA (D.I. Extra Zona):

Determina el porcentaje de derecho de importación aplicable a mercancías de países no integrantes del Mercosur.

DERECHO DE IMPORTACIÓN INTRA ZONA (D.I. Intra Zona):

Determina el porcentaje de derecho de importación a mercaderías originarias y procedentes del Mercosur.

DERECHO DE IMPORTACIÓN ESPECÍFICO MÍNIMO (DIEM):

Es un derecho aplicable a las mercaderías provenientes de terceros países.

TASA DE ESTADÍSTICA (EST.):

Determina la tasa que por este servicio se aplica a la importación definitiva de mercancías.

DERECHO DE EXPORTACIÓN (D.E.):

Aquí se expresa el gravamen que afecta a cada posición arancelaria en concepto de derecho de exportación.

REINTEGRO EXTRA ZONA (R.Extra Zona):

En esta columna se indica el reintegro aplicable a mercaderías exportadas a Extra Zona.

REINTEGROS INTRA ZONA:

En esta columna se indican reintegros aplicables a mercaderías exportadas hacia los países miembros del Mercosur.

OBSERVACIONES:

Esta columna se utiliza para hacer referencia a través de llamadas compuestas por una letra y un número a continuación a las normas legales y administrativas que se aplica a cada posición arancelaria.

 

 

 

 

 

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