7 mayo, 2024

Los Perdedores Son Los Accidentados

Duras críticas de jueces y especialistas a los cambios por decreto al sistema de ART

Las aseguradoras de riesgo de trabajo(ART)son empresas privadas que tienen a su cargo un objetivo único,la cobertura de todos los eventos que dañen la salud de los trabajadores,que tengan su origen en la relación laboral y es obligatorio que se afilien a ella todos los empleadores,salvo los auto asegurados,pudiendo elegir libremente entre las ofrecidas,y se paga a través de la contribución de la seguridad social,que varía de acuerdo al grado de riesgo y la calificación de la actividad. Las ART están previstas en el artículo 39 de la ley de riesgos del trabajo 24.557,haciéndose cargo las mismas del riesgo que antes estaba a cargo del empleador.

Julio Neffa,Luis Raffaghelli,Jorge Cohen,Carlos Rodríguez,Luis Padín y Roberto Pompa especialistas en riesgos del trabajo dieron a conocer la reforma del nuevo régimen y las conclusiones fueron totalmente negativas.

Los especialistas cuestionaron los cambios en una conferencia en la (UMET).Jueces del trabajo,abogados laboralistas y representantes gremiales se reunieron para debatir el DNU firmado por el presidente Mauricio Macri por la modificación del régimen de las ART y también el proyecto de ley que tiene media sanción en el senado.Entre ambas iniciativas no hay grandes diferencias de fondo.El encuentro fue realizado en la sede de la universidad metropolitana de los trabajadores (UMET).

Julio Neffa investigador superior del centro de estudios e investigación laboral del conicet textualmente dijo:Yo no soy contrario a la búsqueda de un sistema eficiente y ágil que evite la judicialización masiva,pero tampoco se puede impedir el acceso directo a la justicia.Bajo el nuevo sistema que se propone,los únicos perdedores son las víctimas de infortunios en el trabajo,expresó Luis Raffaghelli,juez nacional del trabajo,quien también dijo que más allá de la inconstitucionalidad del decreto su contenido merece un profundo cuestionamiento.También aclaró que el gobierno parte de premisas y conclusiones falsas.Se ideologiza la siniestralidad y no advierte el registro de enfermedades laborales.Lo más complicado del decreto es la definición de la instancia previa,la obligación de pasar por las comisiones médicas,que vulnera la constitución nacional y el derecho a la defensa.el decreto además crea un confuso sistema que hace eternos los conflictos.Para reducir la litigiosidad hay que realizar estudios de medicina del trabajo,de derecho del trabajo,de derecho de daños en higiene y seguridad y fortalecer priorizando la cultura de la prevención.

la discusión sobre la litigiosidad encierra conceptos absolutamente falsos,con este régimen de sistema están demostrando que se coloca al sistema financiero y a las ART como víctimas,y a los trabajadores y profesionales que defienden los derechos de los trabajadores como victimarios,cuando uno de cada tres empleadores no cumple con las condiciones de higiene y seguridad y las causas principales de los reclamos tiene que ver con los rechazos de las ART y de las comisiones médicas a los reclamos de los trabajadores afectados,dijo Cohen quien también agregó que el alargamiento de los plazos de resolución de los conflictos representa una suculenta ganancia para las ART.

El sistema de empresas privadas que manejan el sistema de riesgos del trabajo está presente solo en la Argentina.

Entonces podemos decir que una buena parte de la judicialización tiene que ver con el no reconocimiento de las enfermedades profesionales.

Hay que determinar que los trabajadores argentinos tienen psiquis,la salud no es una mercancía a vender sino un bien a defender mediante la prevención.Hay que  legislar para el bien común,y eso no se lograra persiguiendo a la baja de los costos laborales y alejando a los más débiles de sus derechos como trabajadores.

Jorge Andrés Kohen es el director en postgrado de medicina del trabajo de la facultad de medicina de la universidad de Rosario e integra el observatorio de salud de los trabajadores en Rosario.La necesidad y urgencia de la modificación legislativa es solo de las compañías de seguro y de los bancos,que son los dueños de tres de las cinco aseguradoras de riesgo de trabajo más importantes del país,es evidente que es una clara ofensiva para lograr la flexibilización laboral.

El decreto constituye un cambio regresivo para tratar de reeditar la ley de riesgo de trabajo,que evidencia como ninguna otra norma el absoluto desprecio hacia el trabajador,de hecho tiene el triste privilegio de ser la ley con más tachas de inconstitucionalidad.Por ejemplo la ley que tiene media sanción obligaría a los trabajadores accidentados del interior a recorrer cientos de kilómetros para acceder a las comisiones médicas,que en muchos casos solo están presentes en las capitales provinciales.Además de que si el damnificado apela a la decisión de la comisión médica,ese recurso tiene efecto suspensivo,esto quiere decir que el trabajador que apela no cobra un peso hasta tanto se resuelva en instancia superior,es claramente un abuso del estado y por supuesto no resiste al menor análisis.

El juez nacional del trabajo Roberto Pompa dijo que desde 1994 no vio ni un solo caso donde la comisión médica de la ART haya reconocido al trabajador accidentado un grado de incapacidad mayor al realmente existente,y podemos decir que casi el ciento por ciento de los casos judiciales reconoce una incapacidad mayor que la comisión médica.

En conclusión no podemos hablar de la industria del juicio sino de la industria del incumplimiento de parte de las ART.Por lo tanto estamos en condiciones de decir que quienes están a cargo de modificar el sistema de las aseguradoras, no estarían cumpliendo con la prioridad de la prevención y seguridad de la salud de los trabajadores.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *