20 abril, 2024

 

Concepto de contrato

Contrato es un acuerdo voluntario entre dos partes, llamadas deudor y acreedor. Cada parte puede estar constituida por más de una persona, o sea que puede haber más de un deudor y/o más de un acreedor vinculados por el contrato. Pertenecen al género de los actos jurídicos, caracterizándose por ser bilaterales.

El contrato hace nacer para el o los deudores, una obligación, llamada contractual, por la fuente de la que surge, por la cual debe cumplir a favor del acreedor, una prestación. Esta prestación puede consistir en un dar (entregar algo en propiedad o establecer sobre una cosa un derecho real) en un hacer (por ejemplo construir una casa) o en no hacer (abstenerse el propietario de molestar al inquilino durante la vigencia del contrato) o en entregar algo en tenencia (por ejemplo dar una casa en alquiler).

Los acreedores, a su vez , pueden convertirse en deudores, cuando se trata de obligaciones de prestaciones reciprocas. Por ejemplo, el comprador de una casa, debe el pago del precio al dueño, que es el acreedor, pero una vez que pague, se convertirá en acreedor, y el dueño en deudor, de entregar la propiedad.

Los contratos pueden ser consensuales, que quedan terminados, y comienzan a surtir sus efectos, con el acuerdo de las partes, como ocurre en una compra venta, o pueden ser reales, cuando comienzan a tener efectos a partir de que se entregue la cosa, como ocurre por ejemplo en un mutuo (préstamo de consumo) por ejemplo cuando se presta dinero por un tiempo.

Cuando el deudor no cumple con su obligación, nace para él la responsabilidad  contractual, y podrá ser demandado por el acreedor para su cumplimiento, o para que repare el perjuicios ocasionado por su incumplimiento, salvo que alegue que le fue imposible, probando el caso fortuito o la fuerza mayor que se lo impidieron. Por ejemplo, que no pudo pintar la pieza para la que fue contratado pues se fracturó un brazo accidentalmente.

El objeto de los contratos debe ser lícito y las partes deben poseer capacidad de contratar. En ciertos contratos se requieren formalidades. Por ejemplo en la compra venta de un inmueble se requiere escritura  pública.

Si bien el contrato se considera ley entre las partes, por razones de equidad no pueden convenirse en ciertos contratos algunas cláusulas. Por ejemplo, en el contrato de trabajo deben respetarse las normas vigentes, por ejemplo sobre el límite máximo de horas de trabajo, y en la duda este tipo de contratos se resuelven en su interpretación  a favor del trabajador.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO

Es el contrato mediante el cual una persona, denominada contratista o prestador, va a brindar un servicio, actuando en forma independiente mediante una retrivucion .

COMITENTE.

OBJETO:El objetivo de este contrato es la prestación del servicio. Es un contrato de hacer.

CLASIFICACIÓN: Bilateral, oneroso, conmutativo, consensual, no formal, nominado, de tracto sucesivo, e intuito personae .

PRECIO: El precio puede ser global o por unidad, una vez establecido el precio no se puede modificar es inamovible.

OBLIGACIONES DEL PRESTADOR: El prestador debe cumplir con el servicio, tiene la obligación de informar,  proveer material. En caso que sea el comitente quien provea el material, el contratista tiene que hacer uso debido.

PLAZO: Debe cumplir con el plazo establecido.

OBLIGACIONES DEL COMITENTE: Pagar el precio, recibir el servicio, prestar colaboración.

RESCISIÓN: Este contrato puede rescindir por cualquiera de las dos parte. Si el que rescinde el contrato es el comitente, deberá pagar al prestador los gastos en que haya incurrido, se calculara un margen de la utilidad que dejo de percibir.

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES

Entre los suscritos, Carlos Garcias, mayor de edad identificado con Dni Numero 30559704 Expedido en buenos aires, actuando en nombre propio quien en adelante dominara el COMITENTE, por una parte, y por otra parte Sandra Gomes, mayor de edad identificada con el Dni Numero 31479722 Expedido en Rosario provincia de Buenos Aires. GESTORA actuando en nombre propio y quien para los efectos del presente contrato, se denominara el CONTRATISTA,acuerdan celebrar el presente contrato de servicio, de transferencia del automotor, en el DNRPA. Dirección Nacional de los registros Nacionales de la propiedad del automotor y créditos prendarios. El automotor de procedencia nacional :

MARCA: 08-chevrolet

MODELO: DL-AGILE 5P LS SPIRIT 1.4

NRO MOTOR: CSC 523157

NRO CHASIS: 8APA3540QR400315

El cual se regirá por la siguientes clausulas :

PRIMERA.-OBJETO: El contratista en su calidad de ejecutor se obliga para el Comitente  a realizar todas las tareas propia de la naturaleza de la transferencia del automotor.

SEGUNDA.-VALOR: El valor del siguiente contrato sera $ 3.000 tres mil,pagaderos en el mismo acto del contrato.

TERCERA.-LUGAR DE TRABAJO: El contratista se obliga para el comitente a realizar las labores propias del presente contrato en su estudio particular

CUARTA.- HORARIOS DE TRABAJO:El horario sera el que las necesidades resultantes de las transferencia del automotor y de este contrato la exijan.

QUINTA.-DURACIÓN: Este contrato tiene vigencia por el tiempo de tres semana, y regirán a partir de la fecha que se firmen.

De conformidad con lo anterior, las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor .

Buenos Aires 2 de noviembre 2017

FIRMA: CONTRATISTA

 

 

FIRMA: COMITENTE

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *