27 abril, 2024

El trabajo en negro es uno de los flagelos mayores de nuestra sociedad ;un trabajador en negro es un trabajador ilegal. Carece de la seguridad social , ademas no tiene ni obra social , ni seguro del riesgo de trabajo. Los empresarios se ven en la obligación de tener trabajadores en negro debido a los costos de la seguridad social esconde la intención de explotar a los trabajadores para incrementar los beneficios del empleador .
Hay una estrecha relación entre el trabajo en negro con los servicios que presta el estado: SALUD,EDUCACIÓN,SEGURIDAD Y JUSTICIA . El trabajo en negro es posible gracias a la economía en negro , la economía en negro no paga impuestos y sin estos ingresos se deterioran los servicios de los hospitales , escuelas publicas y seguridad. Un empresario que tiene un trabajador en negro inconscientemente pone en riesgos su patrimonio , dado que si su trabajador se accidenta tanto en el trabajo como en ocasión de dirigirse , debería ser frente al pago de una indemnización que puede ser de varios de miles de cientos de pesos.

La legislación establece la forma en que un trabajador puede exigir que se lo blanquee.La ley 24.013 dice que hay que intimar al empleador haciendo constar en la intimación la fecha de ingreso y el salario pactado. Si el empleador no regulariza la situación en que el trabajador puede considerarse despedido duplicando su indemnización esta tiene una vigencia de dos años desde la intimación .

  • Artículos de la ley 24.013 que se refieren a este tema :
  • ARTICULO N° 8 : El empleador que no registrase una relación laboral al trabajador afectado le corresponde una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación , computadas a valores registrados de acuerdo a las normativa vigente .En ningún caso esta indemnización podrá ser inferior a tres veces el importe mensual del salario que resulte  de la aplicación del articulo 245 ( de la ley contrato del trabajo ).
  • ARTICULO N°9 : El empleador que consignare en la documentación laboral una fecha de ingreso posterior a la real abonara al trabajador afectado una indemnización equivalente a la cuarta parte del importe de la remuneración devengadas desde la fecha de ingreso hasta la falsamente consignada , computadas a valores registrados de acuerdo a la normativa vigente .
  • ARTICULO N° 10 : El empleador que consignare en la documentación laboral una remuneración menor que la percibida por el trabajador abonara a este una indemnización equivalente a la cuarta parte de los remuneraciones devengadas y no registradas deliberadamente registradas desde la fecha que comenzó a consignarse inmediatamente al momento de la remuneración .
  • CONCLUSIÓN : En si el trabajo negra / o trabajo ilegal es tomado en cada punto de vista de cada persona esta aceptado o no , porque hay personas que prefieren trabajar en esa situación y tener un salario para no tener descuentos de obras sociales salud y jubilación  porque no vale la pena distraer aportes en ellos , por otro lado hay personas que necesitan estar si o si en blanco ( trabajo legal ) por cargas familiares para poder tener obras sociales aportes y beneficios .

 

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