27 julio, 2024

El 11 de Noviembre de 2016 en el diario Clarín se publica una noticia sobre en trabajo infantil en Argentina, en base a la cual desarrollaré una conclusión sobre éste tema que hoy en día ocurre pero muy pocos le dan la importancia que merece. Ésta tiene como título “Trabajo infantil: en 3 años hubo 200 denuncias y ninguna condena”, en ella se denuncian varias cuestiones que hacen a esta problemática social.

Pero para entender a fondo este tema debemos iniciar hablando de la legislación; por un lado tenemos la Ley nº 26.390 (Ley de Prohibición de Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente) promulgada en el 2008, que al igual que la Ley de Contrato de Trabajo nº 20.744 en el Título VIII, expresan el piso mínimo que debe tener una persona para trabajar (en caso de menores entre 14 y 16 o entre 16 y 18) junto a sus condiciones y limitaciones. Luego en 2013 se agrega el Art. 148 bis al Código Penal, en el cual fija una pena de 1 año a 4 para todo aquel que se aproveche económicamente el trabajo de un niño/a siempre que éste no desemboque en uno más grave; quedarán exentos los padres o tutores del niño como también si las tareas tuvieran fines pedagógicos o de reinserción social, es decir, no serán punibles.

Siguiendo la nota periodística nombrada anteriormente, ésta denuncia que aún con la ley, la justicia desestima casos graves. También, en el año 2016 el trabajo infantil creció un 600%, sumado a esto, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de una inspección laboral en Abril de 2013, concretó 202 denuncias de las cuales no ha habido ni un condenado por este delito.

En mi opinión respecto a este tema es sumamente importante tener un especial seguimiento de cada caso, si bien sabemos que la justicia y resolución de éstos tardan tiempos largos, se deberían involucrar más en el tema y no dejarlos pasar para no llegar, como en la mayoría, a que se archive la causa. Aunque también hay que remarcar que no es solo una cuestión judicial, sino que también social de la cual TODOS, de cierto modo, somos cómplices; desde ver a un niño limpiar vidrios en un semáforo por ej hasta cualquier situación que vemos y no denunciamos, ya sea por no querer involucrarnos, no darle importancia o como también tomarlo como algo cotidiano y usual, lo cual se suma a una de las varias razones por las cuales el trabajo infantil sigue presente en nuestro país. Para acabarlo, se debe empezar desde la sociedad, generando conciencia y una “unión” para lograr eliminar esto que al fin y al cabo afecta a los más débiles y vulnerables: los niños. También personalmente y desde mis escasos conocimientos en psicología y pedagogía no estoy de acuerdo con el Art. 148 bis en dónde expresa una de las excepciones: “si la actividad es de reinserción social”, a mi parecer el trabajo NO es una actividad para un niño, no es un entorno propio de un menor y deberían buscarse alternativas en donde pueda desarrollarse acorde a su edad y que logren ésta reinserción pues el ambiente laboral, a mi parecer, no lo es. Por otro lado, creo que los padres no deberían estar totalmente exentos de todo cargo ya que éstos son los responsables de asegurar el bienestar del niño y hacer valer sus derechos, no permitir que éstos trabajen por lo que son también responsables de la situación del menor.

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