26 julio, 2024

Dentro de una empresa el área de medicina laboral es el encargado de la salud de los empleados, este sector tiene la tarea de dar apoyo al equipo de trabajo de la empresa, preservando la salud y mejorando las condiciones laborales, disminuyendo las tasas de ausentismo, enfermedades, accidentología y lograr una óptima relación laboral para lograr mayor eficiencia en los recursos humanos. Entre otras tareas a realizar este sector se encarga de cumplir la ley 19.587 de higiene y seguridad en el trabajo que obliga a las empresas a realizar los exámenes de ingreso, periódicos, por cambio de tareas y finalidad de las mismas, correspondientes a  las tareas que se realicen y sus respectivos riesgos.

Los exámenes preocupacionales o de ingreso tienen como propósito determinar la aptitud del postulante En ningún caso pueden ser utilizados como elemento discriminatorio para el empleo. Servirán, asimismo, para detectar las patologías preexistentes y, en su caso, para evaluar la adecuación del postulante -en función de sus características y antecedentes individuales- para aquellos trabajos en los que estuvieren eventualmente presentes los agentes de riesgo determinados por el Decreto Nº 658/96.

El examen preocupacional básico por ley consta de

  1. Laboratorio: citológico, glucemia, uremia, orina, eritrosedimentación.
  2. Electrocardiograma.
  3. Radiografía de Tórax.
  4. Examen clínico completo con declaración jurada de salud estos estudios, se le deberán agregar estudios o determinaciones especiales, de acuerdo a lo que la legislación prevea según la actividad específica de la empresa.
    El examen periódico al personal en actividad se corresponde con las normas establecidas por la Ley 24557 de Riesgos del Trabajo, por la cual se define una categorización de riesgos inherentes a la actividad laboral, y los correspondientes estudios para diagnosticar y/o corregir patologías surgidas durante la relación laboral. 

Los exámenes periódicos tienen por objetivo detectar en forma precoz las afecciones producidas a los cuales el trabajador se encuentre expuesto con motivo de sus tareas, con el fin de evitar el desarrollo de enfermedades profesionales. La realización de estos exámenes es obligatoria en todos los casos en que exista exposición a los agentes de riesgo antes mencionados. La realización del examen periódico es responsabilidad de la ART o empleador

Los exámenes por cambio de tareas y finalidad

Cuando una persona deja de pertenecer a la empresa, le corresponde a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) ordenar la realización del examen de egreso laboral. También puede ser solicitado por el empleador.

No solo por la exigencia es necesario realizar los exámenes, también permite al empleador otorgar una mayor seguridad al trabajador y a la vez pueda detectarse alguna enfermedad en el  momento del mismo permitiendo al personal tener un mayor control sobre su salud.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *