8 mayo, 2024

Protección del Trabajador

 

El trabajo dignifica al ser humano, ya que realizando una labor el Hombre desarrolla su intelecto y sus habilidades tanto físicas como mentales, manifiesta sus ideas, desarrolla la creatividad y sus conocimientos, convive con otros seres humanos, se reconoce diferente y en esas diferencias puede complementarse con otros, vivir la sinergia de trabajar en equipo y desarrollar y expandir su potencial.

En cada minuto de nuestras vidas, usamos, tomamos, consumimos o recibimos algo que otros hicieron y hay algo que otros reciben de nosotros. En esta gran cadena, no es lo mismo saludar que no saludar, agradecer que no agradecer, responder que no responder, escuchar que no escuchar, no es lo mismo y cuando mejor nos conectamos con lo que hacemos y damos lo mejor, se ve brillar en silencio en esta cadena productiva.

Es un gran desafío para las organizaciones el brindar a sus trabajadores todo lo necesario para que tengan la oportunidad de realizarse como personas, establecer estrategias en donde concuerden las capacidades propias del individuo y la labor asignada y encontrar un equilibrio tanto de objetivos como de necesidades entre la organización y el individuo.

En síntesis, encontramos socialmente una relación de superioridad entre empleador y trabajador. Por lo tanto el Derecho del Trabajo a través de todas sus normas intenta equilibrar dicha asimetría.

 

Normas Fundamentales que protegen al trabajador:

 

  • La Constitución Nacional en su Artículo 14 bis garantiza: el trabajo individual en su primer párrafo, el trabajo colectivo en su segundo párrafo, y la Seguridad Social en su tercer párrafo y en el Art 75, inc 22 incorpora los Convenios de la O.I.T (Organización Internacional del Trabajo) que han sido ratificados por Argentina y que contienen numerosas normas de protección al trabajo, por ejemplo, sobre estabilidad, salario, descansos, derechos sindicales y protección del trabajo de mujeres y menores entre otros.
  • Los Principios del Derecho Laboral: Principio Protectorio, Irrenunciabilidad, Continuidad, Primacía de la Realidad, Buena Fe, Prohibición de hacer Discriminación y Gratuidad.
  • La Ley de Contrato de Trabajo (20744), es la norma legal que regula las relaciones laborales de los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia, excluyendo a los empleados de la Administración Pública (nacional, provincial o municipal),  salvo, que por un acto expreso de voluntad,  se los incluya en la ley o en las Convenciones Colectivas de Trabajo. Por ejemplo, los trabajadores de la AFIP, se rigen por la L.C.T.

Se excluyen de la L.C.T., los trabajadores domésticos, construcción, periodistas, agrarios, etc. los cuales tienen su propia legislación.

Dicha Norma (LCT)  regula diversos institutos protectorios como: Contrato de Trabajo y sus condiciones para la validez del mismos, Derecho y Obligaciones de las partes, la protección al salario del trabajador, régimen de descanso, limitación a las suspensiones del contrato, derechos que dispone el trabajador para el caso de extinción del contrato de trabajo y normas destinadas  a la protección del trabajo de la mujer y el menor.

 

  • La Ley Nacional de Empleo (24013) regula principalmente el empleo no registrado, la promoción y defensa del empleo, la protección de los trabajadores desempleados, el servicios de formación, de empleo y de estadísticas, el  Consejo Nacional del Empleo,  Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, las prestaciones transitorias por desempleo y las  indemnizaciones por despido injustificado.

 

  • Las Convenciones Colectivas de Trabajos, Decretos reglamentarios, resoluciones administrativas y Actas Acuerdos que amplíen las normas legales, etc.

 

El contrato de trabajo establece para ambas partes derechos y obligaciones.

Como una obligación común para ambas partes es la solidaridad, el deber de colaboración y el respeto al principio de la buena fe.

 

 

Derecho y Obligaciones de Trabajador

Derechos

  • A percibir el salario.
  • A recibir una ocupación efectiva.
  • Recibir un trato igualitario.
  • Ejercer la titularidad de los inventos que realice fuera del contrato.
  • Recibir protección de su seguridad personal.

 

Obligaciones

  • Realizar el trabajo asignado.
  • Respetar las instrucciones y órdenes.
  • Conservar en buen estado los elementos de trabajo.
  • Guardar reserva de las informaciones que tuviese en el trabajo. Esta obligación se desprende del deber de fidelidad, es un deber que va más allá de la extinción del contrato.

Obligaciones y Atribuciones del Empleador

Obligaciones

  • Pagar la remuneración en tiempo y forma.
  • Proteger al trabajador cumpliendo las reglas de higiene y seguridad.
  • Dar un trato igualitario a los trabajadores, es decir no discriminar.
  • Dar ocupación efectiva, es decir tiene que asignarle algún tipo de función.
  • Proveer los elementos para trabajar.

Derechos o Atribuciones

  • Tiene el derecho de beneficiarse de los resultados del trabajo. (Ganancias)
  • Tiene la facultad de organizar su empresa, pudiendo modificar la forma y modalidades del trabajo en forma razonable.
  • Reglamentar la actividad de la empresa, fijando horarios, pausas en el trabajo, rotación del personal.
  • Ejercer el control sobre el personal, controla el complimiento del horario y la actividad que desarrolla dentro del establecimiento
  • Dictar el reglamento interno de la empresa
  • Atribución Disciplinaria, que se materializa con la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento del trabajador. Las sanciones deben tener un carácter correctivo y deben aplicarse en forma progresiva. Las mismas pueden ir de llamado de atención, apercibimientos, hasta suspensiones.

 

Resumen: Hemos visto como en la Constitución Nacional en su art. 14 bis y en el art. 75 inc. 22, protege al trabajador subordinado. Esa protección se instrumentaliza por medio de la Ley de Contrato de Trabajo, Decretos Reglamentarios, Convenios y resoluciones administrativas. Encontramos dos sujetos en una relación de trabajo: el trabajador y el empleador; que se relacionan a través del contrato de trabajo,  que es cuando una persona realiza actos, presta servicios o ejecuta obras, de una manera permanente o transitoria, cumpliendo órdenes de otra o alguna Sociedad, a cambio de una remuneración determinada. Pero no todos los contratos son iguales existen diversas modalidades. En los mismos entran en juego los derechos y obligaciones del trabajador y empleador, el salario que debe retribuir el empleador al trabajador por la prestación efectuada, de no ser así se trasformaría en un trabajo esclavo, no respondiendo esa idea al ordenamiento legal vigente.

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