26 diciembre, 2024

OPERATORIA ADUANERA

La exportación es la extracción de cualquier mercadería de un territorio aduanero.

Hay distintos regímenes de exportación que comprenden distintas maneras de destinar las mercaderías. Los diferentes regímenes de exportación dependen del tipo de mercadería, del motivo que origina la exportación, etc.

Vamos a trabajar con el caso de una exportación definitiva a consumo y lo trataremos de un modo muy simplificado. El exportador, utilizando un documento llamado remito, traslada la mercadería ya acondicionada para exportar desde su fábrica hasta el depósito provisorio de exportación (lugar a donde la mercadería permanecerá almacenada hasta tanto se presente el documento aduanero).

El permiso de embarque es el documento aduanero que permite materializar la exportación. El despachante de Aduana (persona que representa al exportador ante la Dirección General de Aduana) confecciona una declaración jurada por escrito. Se registra ante el SIM la declaración comprometida para oficializar el despacho. Si se declara incorrectamente se puede inferir en un ilícito. Los documentos legales son necesarios para que la mercadería comience a movilizarse. Actualmente se debe presentar la siguiente documentación:

  • OM 1993/A SIM (formulario donde se relatan todas las características de la operación). Dos copias.
  • OM 1993/3 SIDIN-DUA.
  • Documentación complementaria (si es requerida por el Sistema).
  • Lista de empaque (detalla el contenido, describiendo lo que hay en bultos o contenedor).
  • Factura comercial.
  • Certificado de intervención de otros organismos de acuerdo con la mercadería a exportar:
  1. ANMAT (Medicamentos)
  2. INAL (Alimentos)
  3. RENAR (Armas)
  4. SENASA (Carnes y Verduras)
  5. Dirección Nacional de Artes Visuales (Obras de Arte)
  6. SEDRONAR (Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico )
  7. IGM (Geográfico militar)
  8. INV (Vitivinicultura)
  9. Dirección Nacional de Recursos Naturales

Cuando se aceptan los datos declarados se produce la oficialización y se imprime el permiso de embarque. La documentación presentada es analizada, y se procede de la siguiente manera:

Si no es aprobada, porque el agente verificador de la DGA destacado en el punto encuentra anomalías, el formulario de permiso de embarque se devuelve al despachante para su corrección.

Si es aprobada, el agente verificador de la DGA:

  1. Registra en el Sistema Informático Malvinas el pre-cumplido, es decir los bultos y kilos que el exportador se está comprometiendo a exportar.
  2. Remite el permiso de embarque al depósito provisorio de exportación donde se encuentra almacenada la mercadería.
  3. Además, el Sistema Informático Malvinas asigna un canal de selectividad para el control de la mercadería.
  4. Si el canal es verde: el agente verificador autoriza el libramiento con la entrega de la mercadería a la empresa transportadora. A este acto se lo denomina autorizada a retiro.
  5. Si el verificador encuentra alguna anomalía con la documentación presentada, puede solicitar el cambio de canal de selectividad a través del SIM.
  6. Luego el ATA cumple en presentar los documentos correspondientes al medio transportador, el MANE (Manifiesto de exportación) y la Relación de Carga.
  7. Se genera automáticamente el cumplido de embarque.

En el caso que el canal de selectividad sea rojo o naranja, quiere decir que todavía hay trámites legales que el despachante debe realizar para que la mercadería sea autorizada para su posterior embarque.

Canal Verde:

En este canal no hay un control exhaustivo, solo verifican que la mercadería corresponda con lo declarado. La autorización a retiro se remite depósito fiscal para luego ser trasladada y embarcada en el medio de transporte correspondiente. El verificador de aduana da el cierre al cumplido de embarque, y la mercadería procede a egresar de Zona Primaria.

Canal Naranja:

Se verifican los documentos, pago de tributos, valoración y clasificación de la mercadería. El verificador ingresa al SIM el resultado de este análisis y deja constancia en caso que se encontraran diferencias, es decir, discrepancias entre lo declarado y lo físico, en el cumplido de embarque y solicita al despachante generar un documento de post embarque para rectificar lo declarado.

Canal Rojo:

En este canal el control es sumamente exhaustivo. Se pesa la mercadería, se controla el packaging declarado, los bultos remitidos, se controla toda la documentación.El verificador ingresa al SIM el resultado de este análisis y deja constancia en caso que se encontraran diferencias, es decir, discrepancias entre lo declarado y lo físico, en el cumplido de embarque y solicita al despachante generar un documento de post embarque para rectificar lo declarado.

Luego la autorización a retiro se remite a depósito fiscal para ser trasladada y embarcada en el medio de transporte correspondiente.

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