23 abril, 2024

Los dos aspectos importantes que mencionaré en este artículo son  el acuerdo antidumping, y el Órgano de Solución de Diferencias.

Las primera (acuerdo antidumping) refieren a medidas que puede tomar un Estado Miembro a otro Estado Miembro de la OMC en relación a mercaderías exportadas a precios relativamente bajos en relación al de su mercado nacional para el eliminar a la competencia y de esta manera perjudicar a los demás mercados.

Teniendo en cuenta esta introducción podemos entender el régimen que decidió aplicar el bloque de la Unión Europea (EU) contra la exportación de Argentina.

Éste conflicto fue iniciado hace tres años en noviembre por parte de ésta primera (U.E) implementado un derecho antidumping con relación a la importación de Biodiesel proveniente de Argentina. Dejando asentado que se estaba cometiendo dumping al vender por debajo del costo de producción teniendo como base valores estimados y no los informados por las empresas. El aumento arancelario era de uno 22 al 25.7%.

Años pasaron desde la aplicación de esas medidas por parte de la U.E. Lo que produjo años de perdida en Argentina teniendo en cuenta que en ese tiempo las exportación de este biocombustible rondaban en un total de 1600 millones de dólares.

Y aquí es donde se hace presente un organismo fundamental, creado por la OMC, para solucionar estos conflictos. El Órgano de Solución de Diferencias (OSD).

Cabe aclarar, que estos conflictos o debates deben primero ser resueltos entre las partes que presentan el inconveniente. Y por supuesto notificar de igual manera a la OMC. Esta primera etapa se conoce como Consultas Bilaterales. Por consiguiente cuando no se encuentra solución, o una parte no contesta o contesta pero no realiza la consulta, se pasa a la segunda etapa: conformación de un Grupo Especial constituido por  miembros de la OMC designados por las partes en conflicto (y a falta de acuerdo los designa el OSD). Éste Grupo Especial elabora un informe (durante un plazo de seis meses en general). Se lo envía al OSD y por consiguiente, se dicta la sentencia la cual puede ser apelada dentro de 60 días por la parte perjudicada.

Por ende, volviendo al conflicto, se iniciaron consultas y al no haber acuerdo con la Union Europea a este inconveniente, Argentina decidió pasar a la Segunda Etapa del proceso calificando las medidas de la Unión Europea como proteccionistas.

Por consiguiente,  se llevó el caso al OSD de la OMC en donde se creó un Grupo Especial. Quienes en esta instancia dieron a favor de la Argentina.

Pero la U.E. hizo uso de su derecho y apeló ante dicha decisión. El caso se llevo al Órgano de Apelación de la OMC quien cumple con su función de examinar los aspectos jurídicos de la impugnación. Cabe aclarar, que éste órgano puede modificar, rechazar o revocar la sentencia emitida por el Grupo Especial.

Sin embargo, se dicta la sentencia y vuelve a fallar en contra de la U.E. Por ende, Argentina exige que se cumpla dicha sentencia permitiendo las exportaciones de su combustible al bloque europeo.

No hay dudas de que éste sistema de la OMC favorece en gran medida a sus Estados Miembros. Sus dictámenes son de carácter obligatorio, la parte perdedora puede solicitar un plazo para cumplir con dicho dictamen, pero eso no quiere decir que no cumpla, porque en caso de incumplimiento la parte ganadora puede exigir una compensación o solicitar autorización para aplicar una retorsión o represalias (sanción económica).

El total del período incluyendo la apelación por parte de la U.E. fue de un año y tres meses aproximadamente. Por lo que Argentina, pasó año y medio bajo esta ilegalidad para que luego iniciara el proceso ante el Órgano de solución de Diferencias de la OMC. Concluyendo, se puede decir que hace más de tres años Argentina se encontraba sin la posibilidad de exportar éste biocombustible a esa región. Siendo los principales abastecedores.

Sin embargo Argentina no solo exportaba Biodiesel a Europa, sino también a Estados Unidos y Perú. Por lo que al cerrarse las puertas en Europa, las del país Norteamericano y peruanas todavía estaban abiertas. Pero no significaba mucho porque las exportaciones de ese biocombustible al mercado europeo y sobre todo al mercado español representaban el  90%.

Actualmente el saber que muy pronto se abrirán las importaciones de Biodiesel en el mercado europeo, se espera una remontada de las exportaciones. Pero no se está muy seguro que tan bien nos irá porque ahora hay que enfrentar otros retos, como la baja en el precio de los comodities y la competencia, debido a que la U.E. está comprando en otros países este biocombustible.

Es increíble pensar que nuestro país; el mayor exportador mundial de este biocombustible, un reemplazo ideal al gasoil y obteniendo a partir de la molienda de la soja, por lo que se producen orgánicamente y al ser una fuente de energía renovable; se les presentan estas trabas a sus exportaciones.

Esperemos no contar con otra situación similar porque sería otro retroceso de cientos de millones de dólares al país.

Bibliografía:

http://www.ambito.com/857887-la-omc-ratifico-fallo-a-favor-del-biodiesel-argentino

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