28 diciembre, 2024

A los fines aduaneros, se entiende por envíos postales a los efectuados con intervención de la administración de correos tanto del país remitente como del país receptor, de acuerdo a las Convenciones Internacionales de Correos ratificados por la Nación.

UPU, Unión Postal Universal, creada en 1974, es un organismo especializado de las Naciones Unidas que sienta las reglas para el servicio postal internacional y que tiene como objetivo mejorar la organización del servicio postal y fomentar la cooperación internacional en dicha materia. Entre sus actividades fija tarifas, límites máximos y mínimos de peso y tamaño, así como condiciones en general como por ejemplo la aceptación de la correspondencia, mercaderías con tratamiento especial, etc. Argentina es miembro de esta organización desde el año 1876.

En el ámbito nacional, el organismo que regula y controla el servicio postal a partir de 1996 es la “ Comisión Nacional de Comunicaciones”. Posteriormente paso a ser parte del Ente Nacional de Comunicaciones, y se encarga de la supervisión tanto del Correo Oficial de la República Argentina como del servicio privado de curriers.

Los Prestadores de Servicios Postales PSP o curriers, se empiezan a autorizar en la Argentina a partir del 1987, con la intención de desmonopolizar el servicio dentro del país. Su actividad comprende la admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de correspondencia, cartas, postales y encomiendas de hasta 50 kg. desde o hacia el exterior.

Su actividad esta regulada por el “ Régimen de Importación Exportación por Prestadores de Servicios Postales PSP/ curriers.

El servicio postal contempla las actividades de importación y exportación de mercaderías, con o sin finalidad comercial. Los envíos de mercaderías con finalidad comercial están sujetas al régimen general amparado por la legislación aduanera argentina relativa a la importación o exportación de mercaderías.

Los envíos de mercaderías sin finalidad comercial comprenden los de carácter eventual y en los que, por su peso, calidad, cantidad, variedad y valor, permita suponer para el uso o consumo personal del destinatario.

Los envíos denominados “Encomiendas Postales” permiten el intercambio directo o por medio de uno o más países, de aquellos que no superen los 20 kg. Esto esta enmarcado en las disposiciones de la UPU a través de su convenio “ Acuerdo Relativo a las Encomiendas”.

Según el tipo de actividad, importación o exportación, esta podrá darse bajo las siguientes modalidades:

Importación

  1. Encomiendas particulares

Para estas encomiendas existen diferentes franquicias:

  • Hasta U$ 25, estarán exentos del pago de tributos a la importación. Esto se da por persona y solo una vez por año calendario.
  • Entre U$ 25 y U$999, abonaran un tributo único equivalente al 50% sobre el valor excedente.
  • Más de U$ 999 seguirán el régimen de envío comercial y serán tratados bajo el régimen general para la importación.

Las mercaderías comprendidas en este régimen no se encuentran sujetas a prohibiciones de carácter económico.

  1. Encomiendas Comerciales

Estas encomiendas estan sujetas al régimen general de la legislación aduanera relativas a la importación de mercaderías.

  1. Envíos postales puerta a puerta por correo estatal (EMS- Express Mail Service)

Se realiza a través del correo estatal oficial y se realizan los envíos puerta a puerta con entrega en el domicilio del destinatario. Se utiliza para el envío de documentos o mercaderías con tratamiento prioritario y preferencial por el correo oficial del país de destino. Su despacho es únicamente por vía aérea.

Exportación

1.Envíos sin finalidad comercial

Estos envíos pueden efectuarse sólo una vez al año y por persona, siempre que el valor de cada uno no exceda el equivalente a U$ 10.000.

Cuando se trate, entre otros, de ropa o productos promocionales con o sin uso, de origen nacional, el envío será abierto, verificado y cerrado en presencia de las autoridades del servicio aduanero. El servicio aduanero verificará la existencia de certificaciones correspondientes y la debida intervención de organismos competentes.

Los envíos deben realizarse en “bolsines”, de un material transparente que permita la mayor facilidad posible en el control aduaneros sin la necesidad de la apertura del bulto, y eventualmente, en paquetes cerrados en el caso de tratarse de documentación comercial o papeles de negocios, excluidos los que presupongan fines comerciales.

Los envíos postales que carecen de finalidad comercial no están sujetos a prohibiciones de carácter económico.

2.Envíos con finalidad comercial

Estos estarán amparados bajo el régimen general de exportación de mercaderías de la legislación aduanera.

3.Envíos de libros y/o revistas impresas y editadas en el país.

Los envíos de libros y/o revistas impresos y editados en el país pueden realizarse por hasta un importe de U$ 200 mensuales en envíos particulares que no excedan los U$ 50 cada uno. Se permite el envío de paquetes de hasta 20 kg c/u y no más de cinco ejemplares, si se trata de obras completas.

Régimen de importación exportación por prestadores de servicios postales PSP/curriers

Los prestadores de servicios postales PSP/curriers pueden transportar:

  1. Correspondencia/ Documentación: están incluidos las correspondencias en general , plantillas, listados, soportes magnéticos con información extraída de sistemas de computación destinadas a la actividad bancaria o empresaria en general.
  1. Encomiendas: mercaderías cuyo peso no supere los 50 KG.

Normas para la importación mediante curriers:

  • Están sujetos al pago de la totalidad de los tributos contemplados por la legislación aduanera bajo el Régimen General de Importación, con excepción del pago a cuenta del IVA y del Impuesto a las Ganancias.
  • Se excluyen de este régimen a las mercaderías: cuyo valor FOB supere los U$1000; las mercaderías sujetas a control aduanero; sujetas a la aplicación de prohibiciones o intervención intergubernamental; sujetas a la presentación de Certifcación de Origen; beneficios con regímenes especiales.

 

Normas para la exportación mediante Curriers

 

Todo envío bajo este régimen está sujeta a la aplicación de las disposiciones vigentes en materia de prohibiciones, restricciones y autorizaciones e intervención de otos organismos oficiales y quedan sujeta la pago de los tributos correspondientes a la exportación.

 

 

 

 

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