REGIMEN DE DRAWBACK
Drawback es el régimen aduanero en virtud del cual se restituyen, total o parcialmente, los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos que gravaron la importación para consumo, siempre que la mercadería fuere exportada para consumo:
a) luego de haber sido sometida en el territorio aduanero a un proceso de transformación, elaboración, combinación, mezcla, reparación o cualquier otro perfeccionamiento o beneficio;
b) utilizándose para acondicionar o envasar otra mercadería que se exportare.
Finalidad: Evitar que el pago de los Derechos Arancelarios de importación de los insumos utilizados en la producción de bienes nacionales destinados a la exportación, incrementan su costo y el precio final del producto afectando su competitividad.
Se lo establece en los siguientes casos:
- Las sometidas en el país a un proceso de transformación
- Insumos que hacen parte del Producto Final.
- Las incorporadas a las mercaderías exportadas, y
- Los envases o acondicionamientos.
Por ejemplo: Una empresa exporta banano y para empacar la fruta, utiliza fundas plásticas, dichas fundas fueron hechas con materia prima (Polietileno) que fue importada a consumo, es decir, pagando los tributos respectivos de importación. Por lo tanto existe el derecho de que el Estado le restituya dichos valores pagados como tributos en su importación.