17 mayo, 2024

La Industria de la Construcción se caracteriza por ser uno de los sectores más dinámicos del país, dada su capacidad para generar fuentes de trabajo en varios ámbitos, por lo que juega un rol importante en el desarrollo de las economías; pero también posee una elevada tasa de siniestralidad. Las estadísticas la reflejan como la más riesgosa, por el alto índice de muertes e incapacidades, y de jornadas de trabajo perdidas, frente a las demás actividades. La Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) aún no publica información confiable sobre la siniestralidad del último año en Argentina. Los datos más recientes, correspondientes al año 2014, reflejan que Santa Fe, Córdoba y Mendoza son las provincias con mayor índice de incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La Seguridad en la Actividad de la Construcción es competencia del empleador en primer término, y luego de sus ingenieros, capataces y obreros, ya que todos tienen responsabilidades en el cuidado de sus vidas, la de sus compañeros y los bienes materiales en juego. Por otra cabe mencionar que tanto Empleadores como Trabajadores están sujetos al cumplimiento de la reglamentación DEC. 911/96 en donde se encuentran plasmados derechos y obligaciones de ambas partes, complementada con cuatro resoluciones (SRT 231/96; SRT 51/97; SRT 35/98 y SRT 319/99) que reglamentan las condiciones básicas de Higiene y Seguridad desde el inicio hasta la finalización  del trabajo. Siendo el Empleador el principal responsable, pues tiene a su cargo las acciones y la provisión de los recursos materiales y el cuidado de los Trabajadores

No obstante se suele eludir estas normas, exponiendo al personal a distintas condiciones de accidentes que van desde politraumatismos hasta el peor de sus casos la muerte. Los accidentes que tienen mayor repitencia en el sector son:

  • Caídas de distinto nivel.
  • Contactos con equipos energizados con media o alta tensión
  • Derrumbamientos de mampostería.
  • Atrapamiento
  • Cortes con herramientas.

COMPENSACIÓN PARA TRABAJADORES

El estado requiere a los empleadores tener un seguro de compensación para proteger el derecho de trabajadores de recibir pago de salarios perdidos y gastos médicos que resulten de lesiones sufridas en el trabajo. Las leyes de compensación para trabajadores se crearon para evitar litigios cuando un trabajador se lesiona en el trabajo y para permitir que el trabajador lesionado reciba tratamiento médico y los salarios perdidos sin tener que probar que sus lesiones fueron causadas por la negligencia del empleador.

Los trabajadores lesionados tienen derecho a la compensación para trabajadores por gastos relacionados con:

  • Lesiones de largo y corto plazo. Enfermedades Profesionales 658/96 y 49/14
  • Pérdida permanente total o parcial de cualquier parte del cuerpo. Ley 24.557 sobre accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
  • Capacitación vocacional que le permita al trabajador realizar otro tipo de trabajo si una lesión le impide volver a la construcción.
  • Terapia física.

Esta realidad no tiene una sola causa sino varias. A constructores y contratistas se les imputa el incumplimiento de las disposiciones específicas en materia de higiene y seguridad laboral, tanto en el área física de las obras en construcción como en los obradores, depósitos, talleres y dependencias conexas.

A los obreros, en tanto, se les reprocha la resistencia al uso de los elementos de protección individual, tales como arnés, sogas, pecheras; colocación de doble barandas en los andamios (en los laterales que dan al vacío)  y la sujeción de los cabos de vida al gancho de la espalda del arnés, nunca de la cintura, por ejemplo.

Los siniestros son tragedias evitables, la prevención es perfectamente posible mediante medidas sencillas que requieren inversiones de los empleadores poniendo en práctica medidas tales como:

  • Charlas diarias con los trabajadores antes de iniciar el trabajo.
    • Recorridas en la obra con los responsables de higiene y seguridad.
    • Análisis de los accidentes por el Método del árbol de causas.
    • Confección de un «Permiso de Trabajo Seguro” previo a las tareas de:
  1. Excavación
  2. Demolición
  3. Trabajo en altura
  4. tareas con equipos energizados con media o alta tensión.

Se debe tener en cuenta que solo se denuncian los trabajos formales. Desde hace mucho tiempo que la precarización laboral y el trabajo en negro hace estragos en lo que respecta a la seguridad de las personas que ejercen estas tareas. Esta situación esta lejos de cambiar si todas las partes involucradas no realizan un cambio profundo, donde los Empleadores den cumplimiento de las Normas Vigentes en cuanto a Higiene y Seguridad; y mediante el un control riguroso de parte de los Organismos responsables de garantizar la salud y bienestar de los obreros.

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