23 diciembre, 2024

 

La resolución 905/15, del 23 de abril de dicho año, regula la obligación de las empresas de contar con un Servicio de Medicina del Trabajo y otro Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Aunque todavía no ha implementado los medios para cumplir con las obligaciones que establece, es importante que las empresas comiencen a prepararse para el cambio organizacional que la resolución exige.

¿Por qué esta resolución?

El decreto 1338/96 estableció, hace casi veinte años, la obligación de las empresas de contar con dos servicios: a) un Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo y b) un Servicio de Medicina del Trabajo. Su implementación, sin embargo, se ha demorado desde entonces y no ha habido una reglamentación que explicara en detalle cómo debían implementarse, cuáles deberían ser sus funciones y cómo sería su funcionamiento.

Es por ello que la Resolución 905/15 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo viene a cubrir un vacío legal, regulando las funciones individuales y conjuntas de ambos servicios y fijando su funcionamiento y mecanismos de control. Aunque la resolución no podrá ser implementada hasta que la SRT diseñe y ponga en funcionamiento un sistema informático especial, te adelantamos los principales efectos que esta resolución tendrá en la gestión de Recursos Humanos de las empresas.

Funciones del servicio de medicina del trabajo

1. Elaborar programa de Salud en Medicina Laboral, en relación a su riesgo y su
tamaño. Considerar en el programa no solo aspectos relacionados con la
prevención de riesgos laborales, sino también en relación con riesgos
personales en enfermedades inculpables.

2. Elaboración de procedimientos médicos :
• Evaluación de agentes de riesgos de enfermedades profesionales en los
distintos puestos de trabajo.
• Procedimientos que aseguren seguridad y confidencialidad en la
documentación de archivo de historias clínicas y documentación médica.
• Procedimientos en gestión de enfermería.
• Protocolización de atención médica en accidentes, enfermedades
profesionales e inculpables.
• Procedimiento de manejos de residuos biológicos con potencialidad
patogénica.
• Procedimientos ante emergencias y urgencias médicas, tanto por
enfermedad como de accidentes.

3. Visitas periódicas a planta. Acceso a todas las áreas del establecimiento. Las
visitas deben ser registradas y archivadas.

4. Exámenes Preocupacionales. Profesiograma. Establecer biotipos y protocolos
de estudio, a fin que los postulantes ingresados estén físicamente aptos para
los distintos puestos propuestos, en los distintos sectores del establecimiento.

5. Exámenes Periódicos de Salud. Elaborar procedimientos de vigilancia médica.
Programar y efectuar seguimiento de los exámenes a efectuar por la ART.
Solicitar resultados, recomendaciones pertinentes a cada caso, y su aptitud
para que el empleado pueda continuar con sus tareas habituales.
En su defectoanalizar acciones de diagnóstico y de tratamiento, adecuación
temporal de tareas o cualquier medida que sea necesaria para recuperar al
trabajador de su estado mórbido.
Informar de los resultados de los mismos a los trabajadores.

6. Realizar estadísticas del sector. De ausentismo y morbilidad por aparatos y
sistemas afectados, para medir prevalencias y así establecer acciones de
salud preventiva a tal fin.

7. Estadísticas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, anuales,
comparativas mes a mes, considerando causas , noxas, sectores, turnos,
líderes a cargo, etc. a fin de establecer patrones de prevalencia para dirigir
contramedidas preventivas en el establecimiento.

8. Confección de Registro de accidentes de trabajo y enfermedad profesional,
con todos los datos personales y laborales del trabajador.

9. Realizar la investigación de las enfermedades profesionalesdesde las
manifestaciones sintomáticas tempranas, haciendo partícipe a los sectores
de, supervisión de producción y de Seguridad e Higiene correspondiente.
En todos los casos se expondrán sus probables causas, investigarlas o
corroborarlas. Se consignara las acciones inmediatas de diagnóstico,
tratamiento, adecuación de tareas (incapacidad temporal) y las pautas para
prevenir el agravamiento de la patología en cuestión.
Asimismo analizar y considerar los probables agentes causales de la lesión
considerada para evitar recurrencias, sobre el mismo trabajador o en otros del
mismo sector.
Asimismo plantear sugerencias ergonómicas o de otra índole, para evitar
nuevos casos en esas operaciones o en ese sector.
Los informes resultantes deben ser registrados y elevados a la máxima
autoridad de la compañía o a quien este designe a tal fin.
(No lo vi descripto en la resolución pero resulta indispensable la investigación
de todo accidente de trabajo. Para ello se confeccionara un formulario a tal
fin donde se describa los pormenores del siniestro para su investigación y
evaluación de condiciones inseguras o acciones inseguras )

10. Atención Primaria de la Salud.
• Evacuar toda consulta médica rubricándola debidamente en la historia
clínica que integra el legajo médico personal.
• Brindar los primeros auxilios en enfermedades inculpables, accidentes
de trabajo o enfermedad profesional
• Comunicar fehacientemente al personal de la empresa que el servicio
médico de planta está orientado y comprometido a la atención
integral de la salud y no solo a las acciones en relación con el trabajo.

Indicadores de la medicina laboral

Los indicadores de salud y del sistema de salud muestran los efectos de las condiciones de trabajo. Los indicadores deben estratificarse por sectores económicos y ocupaciones para mostrar la relación de las enfermedades con el trabajo.
Para aplicar la vigilancia de la salud en el trabajo, es necesario tener un número limitado de indicadores factibles. Éstos se resumen en:
Accidentes de trabajo, Enfermedades profesionales, Riesgos para la salud relativos al trabajo, Ausencia por enfermedad, Incapacidad, Aparición de enfermedad (Morbilidad -prevalencia o incidencia- en los grupos CIE principales, estratificada por ocupaciones y sectores económicos), Calidad en el trabajo (condiciones laborales físicas, condiciones de trabajo psicológicas, autonomía laboral, intensidad laboral), Promoción de actividades saludables en el lugar de trabajo, Reintegración/rehabilitación Cumplimiento de las regulaciones de seguridad y salud en el trabajo, Gastos en medidas de seguridad y salud en el trabajo.

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