23 noviembre, 2024

El ingreso de mercancías a los distintos países del mundo aplicando el proceso del despacho aduanero, es  beneficioso para Argentina ya que tener un control sobre las mercancías obteniendo mayores ingresos, en concepto de aranceles y tributos  se da únicamente en el países consumidor de las mercancías.

Sin embargo, todos los beneficios que pueden obtenerse a nivel mundial por concepto de comercio exterior se ven afectados en todo  el mundo por el  denominado  contrabando, que no es más que el ingreso ilegal de mercancías al territorio aduanero , y que a su vez trae como consecuencia la omisión del pago de tributos, denominada engaño aduanero.

Es aquí donde para aquellos es necesaria  la importancia del estudio de la Legislación aplicable por la autoridad aduanera, casos en que hechos se presenten  de contrabando y defraudación, ya que siendo el ente fiscalizador de las mercancías, objeto de intercambio comercial a nivel local e internacional,  es de suma importancia para resguardar con  sus actuaciones estos delitos, aplicando la legislación vigente.

El contrabando  es una preocupación mundial permanente y de la comunidad aduanera, por la carga tributaria a que estos afecten, tanto en la importación como en la venta al público. La Aduana no puede estar ajena debe participar y recibir las recomendaciones hechas por la Organización Mundial de Aduanas.

Por último se presentan dos casos de contrabando de mercaderías, ocurridos durante el año 2016.

CONTRABANDO DE MERCADERÍAS

 

Sera reprimido con prisión de dos a ocho años el que, por cualquier acto u omisión , impidiere o dificultare, mediante ardid o engaño , el adecuado ejercicio de las funciones que las leyes acuerden al servicio aduanero para el control sobre las importaciones y las exportaciones.

ART 863

PENAS

Este delito económico está contemplado en la legislación argentina en los artículos 860 a 996 del Código Aduanero (Ley 22.415) sancionado en 1981, con las reformas de la ley 25.896 de 2005 que aumentó las penalidades. Consiste en actos Dolosos.
Este delito afecta (art. 876), sancionando a los autores ,instigadores o cómplices con pena de prisión de dos (2) a ocho (8) años ; y a los encubridores de seis (6) meses a tres (3) años ; además  de otras penas accesorias como decomiso  de las mercaderías objeto del delito y del medio de transporte  , multa de 4 a 20 veces el valor en plaza , inhabilitación especial de seis (6) meses a cinco (5) años para el ejercicio del Comercio ; inhabilitación  perpetua para los funcionario o empleado Aduanero. La tentativa de contrabando recibe la misma pena que si el delito se hubiera consumado.

 

RESPONSABILIDAD

Las personas de existencia visible son responsables en forma solidaria por las penas que correspondieren a sus dependientes (art.887); y cuando fueren condenados por algún delito aduanero, sus directores, administradores y socios ilimitados, responderán patrimonialmente en forma solidaria por las penas económicas (art.888).

TENTATIVA DE CONTRABANDO  (art. 871).

Incurre en tentativa de contrabando, el que  con el fin de  cometer el delito, comienza la ejecución pero que no se consuma por circunstancias ajenas a su voluntad. Está reprimida con las mismas penas que corresponden al delito consumado (arts. 871/872).

ENCUBRIMIENTO DE CONTRABANDO (art. 874)

Sin promesa anterior al delito y después de su ejecución:

  • si ayudare a eludir las investigaciones que efectúe la  autoridad aduanera.
  • si no realiza denuncia estando obligado.
  • si ayuda a alguien a la desaparición, ocultamiento o alteración  de rastros, pruebas o instrumentos  de contrabando, se adquiera o reciba mercaderías que de acuerdo a las circunstancias se presuman provenientes de contrabando.

Estadística Aduana Argentina

 Diario la Nación,  jueves 20 de octubre de 2016

Celulares: por mes ingresan en el país 205.470 aparatos de contrabando

Equivale al 30% de lo producido por la industria nacional; deja ganancias por US$ 490 millones

El ómnibus había salido de la ciudad de Asunción, en Paraguay, un día de calor sofocante. Ingresó en territorio argentino después de cruzar el puente San Ignacio de Loyola, que une la ciudad paraguaya de Puerto Falcón con Clorinda, en Formosa. Casi 14 horas después de iniciado el viaje, a la altura del kilómetro 85,500 de la ruta nacional N° 12, en Zárate, se detuvo ante un puesto de control de la Gendarmería Nacional. Dos uniformados se subieron al vehículo para revisarlo. La requisa comenzó por la cabina de descanso de los choferes donde, en dos paneles de fusibles, descubrieron 78 auriculares, 115 cables USB y 95 teléfonos celulares marca Samsung, Motorola y Sony. El valor de la carga oculta en el ómnibus (también había 90 cargadores de teléfonos, 89 fundas, diez reels para pesca y 17 protectores de pantalla), según la estimación hecha por inspectores de la Dirección General de la Aduanas (DGA), ascendía a 503.440 pesos. El caso descubierto por los gendarmes en Zárate e investigado en un primer momento por el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, no es una excepción en territorio argentino: por día se contrabandean 6849 teléfonos celulares, es decir 205.470 por mes.

Se trata de un negocio ilegal que crece de manera alarmante: en 2014 ingresaron ilegalmente 1.500.000 aparatos de telefonía móvil; en 2015, 1.900.000, y las estimaciones para este año son de 2.500.000. Dicho contrabando anual equivale al 30% de lo producido en celulares por la industria nacional. Según la estadística, entre 2014 y este año habrá un crecimiento del 66,7%.

  • «El contrabando de teléfonos celulares está en aumento y es un problema que crece año a año en la Argentina», afirmó a LA NACION Leonardo Rajchert, presidente de Catema.

 

  • Según Rajchert, el problema no son los turistas que vuelven al país después de unas vacaciones en Chile o Miami con un iPhone, sino que se trata de organizaciones criminales que ingresan importantes cantidades de teléfonos celulares ocultos en camiones u ómnibus.

 

  • «El contrabando está afectando la producción y el ensamble de teléfonos celulares que se hace en Tierra del Fuego. Los aparatos que ingresan ilegalmente en el país equivalen al 30% de lo producido por la industria nacional, que son 9.000.000 de unidades», agregó el presidente de Catema.

Zonas calientes

Las zonas calientes del contrabando de teléfonos celulares son la frontera con Chile, en especial la provincia de Mendoza y la triple frontera entre la Argentina, Brasil y Paraguay.

En mayo de este año, la Gendarmería desbarató una organización criminal dedicada al contrabando de teléfonos celulares desde Chile para después venderlos en locales comerciales que integrantes de la banda tenían en ciudades del sur del país como en San Carlos de Bariloche, San Martín de los Andes y Cipolletti. La investigación comenzó cuando personal del Escuadrón 33 de San Martín de los Andes advirtió que en un par de comercios vendían teléfonos celulares entre 40 y 50% del valor de mercado.

IMPACTO

«El contrabando es un tema que vimos crecer en el último año y que efectivamente impacta al mercado, por lo que creemos que es importante empezar a controlarlo y apoyaremos cualquier iniciativa con este fin», explicó a LA NACION Germán Greco, gerente general de Motorola Mobility. Un juez federal que tiene bajo su jurisdicción una zona caliente del contrabando (drogas, electrónica y trata de personas) sostuvo que una de las soluciones para frenar el ingreso ilegal de teléfonos celulares es un mayor control de las fronteras.

«El contrabando de tecnología tiene la misma matriz que el tráfico de estupefacientes o la trata de personas: la porosidad de las fronteras. Falta políticas de largo plazo», explicó el experimentado magistrado.

Según las fuentes consultadas, muchos de los teléfonos ingresados ilegalmente en la Argentina son vendidos en comercios denominados «cuevas» o por Internet.

«No hay una única solución, pero para frenar este tipo de actividad ilegal hay que aumentar los controles en las fronteras y en las «cuevas»», sostuvo a LA NACION Agustín Garzón, gerente general del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

CONCLUSIÓN

Son participantes de contrabando aquellas personas que no cumplan con las normas y la ley son las causantes de que estos actos de  contrabando permanezcan y no solo se puede señalar al que premeditadamente la causa sino también a las personas individuales o empresas que consumen o comercializan productos y se benefician de bajos precios.

Además de una legislación aduanera sería necesario educar a la población a nivel mundial en este concepto tomar una debida conciencia, que en muchas ocasiones debido a este delito se consumen productos nada saludables para nuestro organismo. Es por ello que es necesario cumplir con las regulaciones no arancelarias solicitadas al importar o exportar productos sensibles o perecederos principalmente, cuando se hace por la vía correcta del despacho aduanero.

Es importante concientizar a la población que al atentar contra la ley con el delito del contrabando y  lejos de traer un beneficio se afecta a la misma población, ya que en primer lugar el estado deja de percibir recursos para dar servicios de calidad, se da competencia desleal entre productos extranjeros, desincentiva la industria y comercio nacional, afectando el desarrollo y generando el clima de violencia en el que actualmente nos encontramos.

 

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