17 noviembre, 2024

Origen y Funciones del Sistema Armonizado

La Unión Aduanera se puso en funcionamiento para la aprobación de la Nomenclatura Común del Mercosur (Mercado Común del Sur) y su correspondiente Arancel Externo Común.

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías es la descripción de todas las mercaderías susceptibles a ser importadas o exportadas y las posiciones SIM con sus correspondientes Aranceles, Impuestos, Intervenciones y Restricciones, Derechos de Exportación, Reintegros, Dumping, Resoluciones de Clasificación, etc.

La clasificación arancelaria de mercaderías se efectúa de acuerdo al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, establecido por el Convenio Internacional del cual nuestro país es parte contratante. El sistema fue incorporado al ordenamiento jurídico nacional y establece las normas que se dictarán para regular el tráfico internacional de mercaderías.

La Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías puede ser utilizada para fines estadísticos y también para fines tributarios. Su estructura está conformada, por 21 Secciones y 96 Capítulos, los cuales a su vez se subdividen en Partidas, Subpartidas de primer nivel y Subpartidas de segundo nivel.

Las secciones están ordenadas, según el grado de elaboración de los productos, por ejemplo: Sección V: Minerales; Sección XV: Metales; Sección XVI: Máquinas y Aparatos, Materiales Eléctricos; Sección XVII: Material de Transporte (vehículos); etc.

Los Capítulos comprendidos en una Sección, responden al mismo criterio, por ejemplo: Sección XI: Textiles, Capítulo 52: Tejidos de algodón, Capítulo 62: Camisas de algodón, etc.

En la mayoría de los Capítulos los productos están incluidos siguiendo un desarrollo similar. Para encontrar en la estructura la codificación buscada, es conveniente utilizar el índice de la Nomenclatura y seleccionar las Secciones y/o Capítulos donde el producto pueda estar ubicado.

Todo producto está comprendido en la Nomenclatura de acuerdo a los siguientes criterios: su origen según la clásica división de los Reinos de la Naturaleza (Capítulo 2: Carne de Animales); la materia prima utilizada en su fabricación (Capítulo 44: Manufacturas de Madera); la naturaleza del producto (Capítulo 22: Bebidas); su función (Capítulo 84: Maquinas); y, por último, los artículos para los cuales no se encontró un criterio adecuado (Capítulo 96: Manufacturas Diversas).

La codificación en la estructura no agota la clasificación. Las Notas Legales de Sección y de Capítulo, y las Reglas Generales para la interpretación de la Nomenclatura, constituyen el fundamento legal de la clasificación.

En resumen: Estructura, Notas Legales de Sección y Capítulo y Reglas Generales de Interpretación conforman el Sistema Armonizado.

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.)

La Nomenclatura Común Del Mercosur entró en vigencia el 1º de Enero de 1995 a través del Decreto 2275/94. La misma es aplicable en el ámbito de la región conformada por los países integrantes del Mercosur: Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, además de Venezuela, que fue el primer estado latinoamericano en adherir al tratado constitutivo, en 2006, y más recientemente Bolivia, en 2015.

La N.C.M. está basada en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, la cual forma parte, como Anexo, del Convenio Internacional del Sistema Armonizado.

Los seis (6) primeros dígitos de la N.C.M. corresponden, por lo tanto, a la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de tal forma que:
– el primer par de dígitos indica el Capítulo.
– el segundo par de dígitos indica la Partida dentro de ese Capítulo.
– el quinto dígito indica la Subpartida de Primer Nivel (un guión) dentro de la Partida.
– el sexto dígito indica la Subpartida de Segundo Nivel (dos guiones) dentro de la respectiva Subpartida de Primer Nivel.
Con esta estructura básica de seis (6) dígitos se desarrolló, en el ámbito Regional, la N.C.M. con la incorporación de dos (2) dígitos más, de tal forma que:
– el séptimo dígito indica la Subpartida Regional.
– el octavo dígito indica el Item Regional.
Una codificación de ocho (8) dígitos en la N.C.M. se denomina Posición Arancelaria N.C.M.

 

Gallo, Fani Yoana

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