2 mayo, 2024

Antes la presencia de autoridades de la Dirección Nacional y de la Asociación Argentina de Encargado de la Propiedad del Automotor (AAERPA), se llevo a cabo la presentación de la herramienta tecnológica 08 digital, desarrollada integramenta por personal del Departamento Servicios Informáticos , a cargo de Jorge Likerman.

«Este proyecto , que es bastante complejo lo hemos divido en etapas , de manera tal que sea un proceso ordenado «, manifestó el subdirector Agost Carreño , agregando luego que «esta primera parte abarcara todos aquellos casos en los que el comprador , el vendedor y sus cónyuges concurren al Registro de la pre carga hecha y certifican la firma en el registro».

a través de la implementación de la solicitud tipo 08D los usuarios tendrán la posibilidad de pre cargar en forma electrónica los datos correspondiente al automotor o moto vehículos y a las partes intervinientes , lo que significara un acortamiento en los plazos de espera y de los procesamientos de los tramites .

De esta manera, casi la totalidad de los tramites registrales del automotor podrán ser iniciados desde cualquier computadora o a través de cualquier aplicación informática que les permita , antes de concurrir a las cedes registrales.

¿COMO TRAMITAR EN LINEA EL FORMULARIO 08 PARA LA TRANSFERENCIA AUTOMOTOR ?

Lo primero que tienes que hacer es ingresar a la pagina de Argentina.gob.ar

INICIA LA TRANSFERENCIA 

El Formulario 08, requisito indispensable para hacer la transferencia por la compra de autos y motos, se puede tramitar por Internet.

Si inicias el trámite de manera digital, obtenés un 20% de descuento sobre los aranceles registrales.

La carga en línea se puede realizar de dos maneras:

  • El vendedor y el comprador la realizan al mismo tiempo.
  • El vendedor y el comprador la efectúan en momentos distintos.

REQUISITOS

CONDICIONES GENÉRALES:

Se puede hacer el trámite en forma digital en cualquiera de estos dos casos:

  • Las dos partes concurren al Registro Seccional y certifican su firma allí.
  • Tienen un 08 en formato papel con una de las firmas certificada con anterioridad.

REQUISITOS PARTICULARES:

Del vehículo

  • Patente / dominio.
  • Número de chasis (figura en la cédula titular o en el título).

Del vendedor

Personas físicas:

  • Datos personales.
  • Datos del cónyuge, si estaba casado en el momento de la compra.
  • Datos de la persona jurídica.
  • Datos de los representantes.
  • Datos de los representantes, si el trámite lo va a presentar otra persona.Personas jurídicas:
  • Datos de la persona jurídica.
  • Datos de los representantes.

Del comprador

Personas físicas:

  • Datos personales.
  • Datos del cónyuge, si está casado actualmente.
  • Datos de los representantes, si el trámite lo va a presentar otra persona.
  • Datos de la persona jurídica.
  • Datos de los representantes.

¿COMO SE HACE?

VENDEDOR Y COMPRADOR JUNTOS,AL MISMO TIEMPO

1.- Ingresen al enlace de la dirección nacional de registro de la propiedad y automotor y opten por Comenzar trámite.

2.- Seleccionen la opción Completar datos de ambas partes.
3.- Soliciten un turno en linea con el número de pre carga y el código que les otorgaron al finalizar la solicitud electrónica (paso 2).
4.- Concurran a certificar la firma en el Registro, en el día y la hora asignados.

VENDEDOR Y COMPRADOR HACEN LA CARGA EN DISTINTOS MOMENTOS 

VENDEDOR 

1.- Ingresa al enlace de la dirección nacional de registro de la propiedad y automotor y opta por Comenzar trámite.
2.- Seleccioná la opción Datos del Vendedor y cargá tus datos.
3.- La DNRPA le enviará al comprador un correo electrónico con el número de pre carga que te asignaron, para que él termine de efectuar la carga.

COMPRADOR

1.- Aguarda a que la DNRPA te envíe un correo electrónico con el número de pre carga asignado al vendedor en el momento en que hizo la carga.
2.- Con ese número a mano, ingresa al enlace de la dirección nacional de registro de la propiedad y automotor y opta por Continuar con la pre carga iniciada.
3.- Selecciona la opción Datos del Comprador y carga tus datos.

¿CUANDO SE HACE?

Hasta 30 días hábiles posteriores a la fecha de compraventa.

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *