3 mayo, 2024

ACCIDENTE DE TRABAJO

Vamos a definir al accidente como un acontecimiento repentino, no deseado, que va a llevar a la interrupción de un proceso planificado, pudiendo o no causar daños a las personas o a las cosas.

Mediante capacitaciones periódicas del personal se va ir consiguiendo una reducción en los accidentes de trabajo, sabemos que no podemos evitar los accidente al cien porciento pero si ir disminuyendo los accidentes.

La suma de actos de riesgos a la condiciones inseguras en el trabajo, pueden producir accidentes. Los cuales podemos disminuir la ocurrencia de estos dos factores de la siguiente manera

 

CAPACITACIÓN:

Es imprescindible que el personal que realice una tarea tenga en conocimiento necesario para su correcta realización.

Conozca en profundidad a los riesgos que se encuentra expuesto.

 

Decreto 170/96, Reglamento de la Ley 24.557

Dice que en uno de los objetivos principales de la citada Ley de prevención de trabajo. Que el articulo 4, punto 2, establece que el poder ejecutivo regula las pautas y contenidos del Plan de Mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo.

  • Art 1- Estructura del plan de mejoramiento- Los planes de mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo deberán confeccionarse siguiendo las siguientes pautas y contenidos
  1. El plan se desarrollara en diferentes niveles. Cada uno comprenderá un conjunto de etapas a cumplir.
  2. Cada etapa contendrá, a su vez, un conjunto de elementos que el empleador debe desarrollar, con el objetivo de mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo.
  • Art 2- Niveles de cumplimiento de normas de prevención:
  1. Primer nivel: implica el no cumplimiento de las obligaciones que conforme la SRT.
  2. Segundo nivel: implica el cumplimiento de las organizaciones que se consideran básicas en materia de seguridad e higiene
  3. Tercer nivel: implica el cumplimiento de todas las obligaciones legales en la materia de higiene y seguridad.
  4. Cuarto nivel: implica alcanzar niveles de prevención y de condiciones y medio ambiente de trabajo superiores a las obligaciones legales en materia de seguridad e higiene.

 

ORDEN Y LIMPIEZA:

Antes de empezar a trabajar y/o al finalizar el mismo, debemos mantener el orden y la limpieza adecuada de:

  • Las maquinas y/o herramientas
  • El puesto de trabajo y los espacios cercanos
  • Los pasillos de circulación y las vías de escape
  • Los residuos de los procesos productivos

 

PROTECCIÓN PERSONAL:

Cada tarea trae aparejado un riesgo, con el objetivo de disminuir estos riesgos el personal debe:

  • Poseer elementos de protección personal de acuerdo al riesgo
  • Estar informado de su correcta utilización
  • Mantener en buenas condiciones de uso de los mismos.
  • Informar a su empleados cualquier desperfecto y/o perdida del mismo

 

SEÑALIZACIÓN:

La señalización contribuye a la disminución de los riesgos del accidente para ello deben estar señalizados.

  • Condiciones riesgosas de lugares, maquinaria y/o equipos
  • Vías de circulación y de escape
  • Extintores y mangueras contra incendios
  • Obligación de utilizar elementos de protección personal.

 

ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Empleador: es obligación del empleador suministrar y/o reparar los epp de acuerdo al riesgo y capacitación del empleado en cuanto a su correcta utilización.

Empleado: es obligación del empleado utilizar y/o mantener e condiciones de uso de los epp suministrados y denunciar su rotura y/o perdida.

 

Algunos de los elementos de protección personal:

Casco, Anteojos de seguridad, Protector facial, Antiparras o mascara para soldar,

Protector auditivo, Protector respiratorio, Traje impermeable y botas de goma, guantes de protección. Todo dependiendo el trabajo a realizar.

 

Resolución 299/2011

Adóptense las reglamentaciones que procuren la provisión de elemento de protección personal confiables a los trabajadores

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