5 mayo, 2024

A esta altura de los acontecimientos, nadie puede negar que vivimos en un mundo globalizado afectado de un modo u otro en casi todos los ámbitos de nuestras vidas por este fenómeno. Los  efectos que las relaciones comerciales internacionales ejercen en innumerables hechos cotidianos hacen cada vez más necesario interiorizarse en nuevas herramientas y conceptos.  Ampliar visiones y concepciones para mantenerse competitivos desde el rol que desempeñemos, sea como profesionales, empresarios o como país,  es fundamental. En el transcurrir del día a día, nos informamos, nos capacitamos y actualizamos, oyendo  con frecuencia términos o conceptos que creemos conocer, pero que indudablemente es necesario que como agentes de comercio internacional revisemos y nos replanteemos los  beneficios de utilizarlos o no. A la hora del análisis de un emprendimiento, entiendo que deberíamos tener en cuenta las ventajas inherentes a las zonas francas, concepto que más de una vez escuchamos o utilizamos superficialmente sin tenerlo demasiado en cuenta. Los regímenes especiales que proporciona  la ley para estos espacios son muy interesantes de analizar. Sabiendo que muchos pueden desconocer su significado es interesante ponernos en contexto respecto al tema que nos ocupa. En la República Argentina, las leyes Nro. 5142 y 8092 consideran a las zonas francas como instrumentos aptos para facilitar el comercio y la industria exportadora. Constituyen un ámbito en el cual las mercaderías no están sometidas al control habitual del servicio de aduanas y su introducción y extracción no están gravadas con el pago de impuestos o tributo alguno, salvo las tasas retributivas de servicios que pudieran corresponder, ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico, pues no son un Territorio Aduanero. Si ensayamos una definición, diríamos que son espacios del territorio nacional de un Estado, donde la legislación aduanera no es plenamente aplicable o se establece un tratamiento aduanero diferencial, es decir, donde las mercaderías de origen extranjero pueden ingresar y permanecer, transformándose o no en otros bienes, sin estar sujetas al régimen tributario normal de ese Estado. La introducción y la salida de mercadería de la Zona Franca, se consideran como importación y exportación respectivamente. Las mismas pueden permanecer de manera indefinida ya que no existe plazo para su extracción o retiro. En otras palabras, una zona franca, es una región delimitada geográficamente, que tiene un régimen normativo especial, diferente al resto del país. Con estas concesiones, se pretende atraer inversión extranjera, ofrecer condiciones de competitividad internacional a los productores nacionales que deseen exportar, generar empleos, transferir tecnología y atraer divisas, entre otras cosas. Argentina está en un momento en el cual el gobierno anuncia y espera llegada de inversiones extranjeras. Este canal, es una puerta que aún está entreabierta y que si se trabaja en esta dirección profundizando de manera integral en tareas que tenemos pendientes, tales como mejorar, ampliar puertos, revisar la normativa para tener en cuenta adaptaciones acordes a nuevas necesidades, podremos abrir nuevas oportunidades a la llegada de capitales y a la generación de empleo. En relación a estas áreas estamos viendo ampliaciones y reformas en el Puerto de Buenos Aires, así como en el Puerto La Plata donde se firmó un convenio en el marco del Programa de Mejora en la Competitividad de los Puertos Fluviales de la Provincia de Buenos Aires dando continuidad al proyecto de obras integrales que se llevan a cabo en todos los puertos de la Provincia, con el objetivo de generar mayor competitividad y de bajar los costos logísticos de las empresas para transportar sus productos. Para seguir pasos de avance dados por otros países podemos tomar como ejemplo a Colombia que tiene características similares a nosotros en algunos aspectos como por tratarse de un país en vías de desarrollo, en población, ingresos per cápita  y hasta en que tenían (hasta 2005) una ley muy restrictiva en cuanto a zonas francas que lograron flexibilizar. Para esto, establecieron exenciones de impuestos, cargas sociales y también asumieron compromisos de contratar más mano de obra consiguiendo aumentar a 111 sus zonas francas y el PBI del país. Previo a esta reforma, ellos tenían 11 zonas francas, más o menos las mismas que Argentina, que posee 12. Creo que es en este punto, es donde nos hace falta avanzar, contemplando que nuestra ley de zonas francas fue una de las primeras sancionadas en los años 90 cuando comenzó aquel proceso de desregulación. Hoy día, la ley está desactualizada respecto al nuevo paradigma de las zonas francas definido por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Ya no se habla más de exportaciones, sino de generar empleo, promover inversiones y desarrollar regiones. El día 2/11/17 en una visita realizada a la empresa Buenos Aires Zona Franca La Plata, uno de sus directivos Juan Pablo Justo, en la charla presentación mostraba la pujanza y la creencia de una nueva generación de operadores que pretenden revitalizar esta herramienta vital para el desarrollo del comercio exterior. Según la opinión del directivo, una actualización de la legislación debería contemplar la posibilidad de producir en la zona franca y poder ingresar al territorio aduanero pagando sobre el componente importado. De este modo, se suma componente nacional y empleo en blanco a la economía. Argentina debe dar pasos firmes para conseguir los objetivos de desarrollo que se propone, debe legislar acorde a lo que quiere conseguir y acompañar con hechos las promesas realizadas. Para esto, no hay otro modo de hacer, que haciendo, cambiar, cambiando y crecer, invirtiendo.

http://www.dinero.com/economia/articulo/congreso-mundial-de-zonas-francas-en-colombia-2017/244470

https://www.cronista.com/transportycargo/Puerto-La-Plata-busca-mayor-competitividad-20170830-0002.html

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