27 diciembre, 2024

Introducción: El ingreso de mercancías de los países aplicando el proceso del despacho aduanero, trae como beneficio a los gobiernos el tener un control sobre las mercancías obteniendo mayores ingresos, por concepto de aranceles y tributos los cuales se dan únicamente en el país consumidor de las mercancías.

Sin embargo, todos los beneficios que pueden obtenerse a nivel mundial por concepto del comercio exterior se ven hasta cierto punto frustrados por el flagelo que afecta al mundo denominado actualmente como contrabando, la internación ilegal de mercancías al territorio aduanero de determinado país, y que a su vez trae como consecuencia la omisión del pago de tributos, denominados defraudación aduanera.

Es aquí donde radica la importancia de la legislación, aplicable por la autoridad aduanera, para cuando se presenten casos de contrabando y defraudación, ya que es el ente fiscalizador de las mercancías objeto de intercambio comercial a nivel local e internacional y es de suma importancia basar sus actuaciones antes estos delitos legales actuales.

Descripción : El contrabando Aduanero y la Defraudación Aduanera son delitos que tienen relación, y muchas veces van de la mano, ya que por lo general no se da uno sin darse el otro, pero se dan excepciones ya que hay casos en los que únicamente se comete el delito de defraudación aduanera.

Es por ello que ambos delitos, se presentan a los largo del presente informe, en forma combinado con el objetivo de conocer la forma en que se cometen, por las importaciones, pero principalmente la legislación que se encuentran disponible a nivel local e internacional para erradicarlos y lograr después de tanto esfuerzo combatir ambos delitos a nivel mundial.

Actualmente existen legislaciones diversas aplicables a las aduaneras a nivel mundial, que contribuyen a la uniformidad legal internacional, las cuales son aplicables también a nivel local, dependiendo la omisión que se presentan al ingreso de mercancías a los distintos países, tal es el caso de discrepancias en cantidad, o declaraciones inexacta de datos, cuando ambos delitos se dan por la vía legal, o bien ocultamiento de mercancías , cuando se presentan por la vía ilegal; dichas legislaciones se presentan a detalle en el desarrollo de este informe para conocer, no solamente las legislaciones, si no cuando y como deben aplicarse para lograr erradicar este flagelo a nivel mundial, iniciando por nuestro país a nivel local , para luego expandir su erradicación a nivel internacional.

Análisis General: El contrabando aduanero es un delito que consiste en la internación  de mercancías al país de importación en forma clandestina, valiéndose de medios contrarios a la ley , buscando a las autoridades aduaneras, con el objetivo de obviar el pago respectivos a por concepto de aranceles de importación, cayendo y también en el delito de defraudación aduanera.

El contrabando puede presentarse por dos vías, la vía legal y la vía ilegal. L a vía legal consiste el que se presenten las mercancías objeto de delito aduanero, se internan a determinado país , buscando los controles aplicables al ingresar las mercancías por vías no autorizadas para transitar hacia al interior de dicho país.

Durante el despacho aduanero, si es que se presentan las mercancías objeto de delito aduanero por vía legal, se debe haber un análisis completo de las declaraciones aduaneras presentadas , tanto documentalmente como físicamente , observando el cumplimiento de obligaciones arancelarias y no arancelarias (restricciones y regulaciones cuyo cumplimiento sea legalmente exigible), y en caso de encontrar incidencias, sobretodo de clasificación arancelarias o valoración proceder a realizar las correcciones pertinentes y aplicar las multas correspondiente inscritas en la legislación aduanera aplicable para cada país.

Siempre existirán intenciones de evadir el pago de tributos, sin pensar en el daño que se le causa a cada país, sin embargo los entes encargados de aplicar los controles aduaneros, deberían mejorar sus métodos para instalar e implementar una Cultura Tributaria que se transforma en una filosofía de vida en la población.

Todas las personas a nivel mundial deben tener conciencia que el paso de impuestos resultantes de la importación y/o exportación de mercancías, es una situación vital para el desarrollo de la economía de un país, pero también es labor del gobierno mejorar las oportunidades de empleo e inversión en los países latinoamericanos , dentro de un marco de confianza y seguridad , de lo contrario la defraudación y contrabando seguirán siendo alternativas que proporcionan bienestar a ciertos sectores de la población.

Contrabando : Art 863 será reprimido con prisión de 2 a 8 años el que, por cualquier acto u omisión, impidiere o dificultará, mediante ardid u engaño, el adecuado ejercicio a las funciones que las leyes acuerdan al servicio aduanero para el control  sobre las importaciones y las exportaciones.

Se considera contrabando a la entrada, la salida y la venta clandestina de mercaderías prohibidas o sometidas a derechos en el que se defrauden a las autoridades locales. También se puede entender como la compra o venta de mercaderías evadiendo , es decir evadiendo los impuestos.

En el marco del derecho penal económico, se considera que comete contrabando aquel que ejerce acciones u omisiones , mediante una conducta ardiosa o engañosa , con el objetivo de lograr que determinada mercadería eluda control del servicio aduanero.

Conclusión : Las personas que infringe normas y principios morales son las causantes de que estos actos de defraudación y contrabando subsistan y no solo se puede señalar al que premeditadamente las causas sino también a las personas individuales o empresa que consumen o comercializan productos y se benefician de bajos precios.

Es importantes concientizar en la población que infringir la ley con el delito del contrabando a defraudación aduanera lejos de traer beneficio afecta a la misma población, ya que en primer lugar desleal deja de percibir recursos para dar servicios de calidad, se da competencia desleal entre productos extranjeros, desincentiva la industria y comercial nacional, afectando el desarrollo y generando el clima de violencia en el que actualmente nos encontramos.

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