6 mayo, 2024

Es un contrato en el cual una parte llamada contratista o prestador, se obliga a efectuar un trabajo que requiere para su realización, preparación técnica, artística y en ocasiones titulo profesional a favor de otra persona llamada ciente, a cambio de una remuneración.

Contempla las siguientes características: es bilateral (genera obligaciones reciprocas para ambas partes contratantes), oneroso (por el pago del precio), conmutativo, consensual (se perfecciona con el mero consentimiento de las partes), formal, nominado, intuitu personae. Dicho contrato es de carácter mercantil.

Los tipos de actividades que puede comprender un contrato de prestación de servicio son:

  • Prestaciones materiales, es decir respecto a un bien material, como los trabajos de reparación.
  • Prestaciones no materiales o intelectuales como la educación.
  • Servicio a la persona, como ayuda a domicilio.

El prestador no puede garantizar al cliente la obtención del resultado deseado o esperado. Solo puede comprometerse a realizar las actividades de prestación con la correcta diligencia.

La utilización de este documento consiste en un prestador que realiza la prestación de servicios manteniendo si independencia del cliente, lo cual significa que trabaja por cuenta propia, incluyendo los riesgos que conlleve dicha prestación.

El objeto del contrato de prestación de servicio es fundamental y debe ser indicado con total precisión, es decir que se debe especificar lo mas detalladamente posible en que va a consistir la prestación de servicio.

Hay veces en las que se requiere y es recomendable la creación de un anexo al contrato para ampliar y desglosar el objeto.

La gestión del contrato se lleva a cabo cuando se cumpla con los siguientes requisitos:

  • Debe figurar los datos del trabajador, como su fecha de nacimiento, nacionalidad y su domicilio, entre otros.
  • Debe estar especificadas las clausulas, con respecto al tiempo y duración del trabajo, el papel que cumplirá ese trabajador, la retribución que recibirá a modo de concepto de salario, la duración determinada del contrato, la indemnización que recibirá el trabajador, las causas que pueden llevar a la sustitución del trabajador.

Obligaciones del prestador/contratista:

  • Cumplir con el servicio.
  • Deber de informar.
  • Proveer materiales.
  • Uso debido.
  • Cumplir con el plazo establecido.

Obligaciones del comitente:

  • Pagar.
  • Colaboración.
  • Recibir.

Si se cancela el contrato, en los dos:

  • Pagar los gastos.
  • Utilidad que dejo de percibir.

A continuación se mostrara un ejemplo de un contrato de prestación de servicio profesional:

Entre los suscritos, Jose Lopez, DNI 75927486, actuando por su propio derecho, quien en adelante se denominara «El Comitente», por una parte y por la otra Alberto Ruiz, con el DNI 76384656, quien interviene por su propio derecho en, calidad de gestor, se denominara «El Contratista», acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicio, de transferencia del automotor. En el DNRPA (dirección nacional de los registros nacionales de la propiedad del automotor) y de créditos prendarios, del siguiente automotor de procedencia nacional: marca: Peugeot, dominio: MJT 375, fecha de inscripción 10/08/2012, código automotor: 140-32-TK, fabrica: 093-Peugeot Citroen Argentina S.A, modelo: Partner Patagonica 1.6N VTC PLUS, tipo: sedan 5 puertas, marca del motor: Peugeot, marca chasis: Peugeot, fabricación año 2012, cantidad de placas: original, numero de titulo: 00078005, oblea: 1744201- 10/08/2014, peso 1.317 kg. El cual se regirá por las siguientes clausulas:

  • Primera clausula- Objeto: El contratista en su calidad de gestor, se obliga para el comitente a realizar todas las tareas propias de la naturaleza de la transferencia del automotor.
  • Segunda clausula- Valor: El valor del siguiente contrato sera de $10.000 diez mil pesos, que se pagara a finalizar la transferencia.
  • Tercera clausula- Lugar de trabajo: Se obliga para el comitente a realizar las labores propias del presente contrato, en su estudio particular y en mencionado registro automotor.
  • Cuarta clausula- Horarios de trabajo: El horario sera el que las necesidades resultantes de la transferencia del automotor y de este contrato exijan.
  • Quinta clausula- Duración: Este contrato tiene vigencia por el tiempo de 2 semanas, y regirán a partir de la fecha que se firme.

De conformidad con lo anterior, las partes suscritas en el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.

Buenos Aires, 05 del mes de noviembre del 2017

Firma: Contratista

Firma: Comitente

 

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