25 diciembre, 2024

Clasificación arancelaria

La expresión Clasificación Arancelaria tiene fundamentalmente dos significados. El primero, como denominación de un sistema de clasificación de mercancías objeto de comercio internacional y el segundo, para designar al código utilizado en una operación de importación o de exportación mediante el que las autoridades asignan y los usuarios conocen los impuestos, derechos, regulaciones no arancelarias, etc, aplicables a cada producto.

Los sistemas de clasificación arancelaria nacieron junto con el comercio internacional, hace miles de años. Eran simples listas de las mercancías que cada país importaba, y a las que se tenía interés en gravar. Estas tarifas, a diferencia de la mayoría de las actuales, eran generalmente rentísticas. Durante el desarrollo del comercio internacional fueron creadas nomenclaturas mejor estructuradas que ya contaban con grupos de mercaderías ordenados lógicamente.

Pero los antecedentes más cercanos del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, se encuentran en la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA), una nomenclatura alfanumérica: cuatro dígitos para las partidas, antecediendo una letra que identificaba las subpartidas, publicada en el año 1974 a partir de la Nomenclatura Arancelaria de Bruselas, cuya estructura ya contaba con 21 secciones que agrupaban 99 capítulos. Existía la Clasificación Uniforme para el Comercio Internacional (CUCI), nomenclatura estadística nacida de la Lista Mínima de Mercancías para las Estadísticas del Comercio Internacional, publicada por la Sociedad de las Naciones en 1938, revisada y nombrada así por la ONU en 1950. En 1983 fue creado el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, bajo el auspicio de la Organización Mundial de Aduanas. El Anexo de este convenio es precisamente la nomenclatura aduanera más utilizada a nivel mundial, con aproximadamente 200 países y organizaciones económicas como usuarios.

El Sistema Armonizado ha sido reformado en seis ocasiones, entrando en vigor la más reciente corrección el 1 de enero de 2017.

El código de la clasificación arancelaria, basado en la nomenclatura del Sistema Armonizado, consta de seis dígitos. Cada país puede añadir más dígitos a esos seis, en función de sus necesidades tributarias y estadísticas.

Una vez que se conoce la clasificación es posible saber cuales son las regulaciones arancelarias (impuestos, derechos, etc.) y las regulaciones o barras no arancelarias a que está sujeta la mercadería, que deben ser cumplidas, según el caso, por el exportador o importador de la misma.

Determinar cuál es el código del Sistema Armonizado que corresponde a una mercancía requiere de estudios especializados. Para hacerlo es necesario contar con conocimientos tanto de metodología de clasificación, como de merceologia. Sistematizar la forma en que se hace la elección de cada posición arancelaria facilita el proceso, garantizando la certeza de que el código aplicable es el correcto.

El Sistema Armonizado cuenta con seis reglas generales interpretativas, que constituyen la herramienta fundamental para elegir con precisión el código que corresponde a cada mercancía. Estas Reglas son de aplicación obligatoria para los usuarios del Sistema, la uniformidad en la clasificación de las mercancías a nivel mundial.

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