19 diciembre, 2024

Las fuentes legales que regulan el trabajo de los menores en nuestro país son : la convención sobre el derecho de los niños , la Constitución Nacional, el convenio de las organizaciones internacionales del trabajo (DIT) N°138, el convenio sobre la edad mínima de admicion al empleo y la ley de contrato de trabajo N°20.744
El articulo 32 reconoce los derechos del niño a ser explotado económicamente o también con cualquier trabajo que sea peligros, interrumpa su educación ,sea nocivo para para la salud su desarrollo físico , espiritual,mental, social o moral .Los estados partes tomaran medidas legislativas,sociales,administrativas, educacionales, para que se garantice la aplicaccion de este articulo .
El convenio (OIT) en sus artículos 2 y 3 establece que la admisión laboral no podrá ser realizada hasta que la persona no termina sus estudios en el nivel secundario o como caso extremo poder trabajar después de los 15 años. Sin embargo en el articulo 3 establece que los trabajos con condiciones peligrosas para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores la edad mínima no podrá ser inferior a los 18 años.Esta prohibición esta contemplada por la ley de contrato de trabajo, esta misma regula el trabajo de los menores desde los 14 a los 18 años .Un trabajador tiene plena libertad de celebrar un contrato de trabajo a los 18 años de edad, sin embargo los menores de 14 hasta los 18 que viven con sus padres necesitaran una autorización expresa.El articulo 13 de la ley n°23.551 dice que las personas menores de 14 años sin necesidad de autorización podrán afiliarse pero no podrán integrarse en los sindicatos hasta cumplir la mayoría de edad.

Algunas condiciones de trabajo para los menores de 14 a 18 años
? Remuneración : La retribución por el servicio prestado al igual forma que lo recibe un trabajador mayor por dispocicion  del articulo 119 este sera según el monto mínimo vital y móvil aunque si se podrá realizar reducciones para aprendices o menores .
? Jornada de trabajo : La jornada máxima legal para los trabajadores de 14 a 18 años es de 6 horas diarias 0 36 hora semanales,para los trabajadores de 16 años con una previa autorización de la autoridad administrativa del trabajo , su jornada se podrá extender hasta 8 horas  diarias o 48 horas semanales . La ley de contrato de trabajo prohibe el trabajo nocturno a los menores de las 20:00 a las 6:00 del día siguiente .
? Descanso al mediodía: Los menores de 18 años que trabajen a la mañana y a la tarde tienen un descanso al mediodía de 2 horas
? Descanso entre jornadas :Rige para los menores de los 18 años un descanso de 12 hs entre una jornada de trabajo y la siguientes .
? Descanso semanal : Existe la prhobicion de ocupar los días sábados después de las 13:00 y durante el domingo a los menores de 18 años .
? Vacaciones :Los menores de 14 a 18 años tienen el derecho de disfrutar de 15 días corridos de vacaciones
? Protección de la salud :Se establece una presunción legal que responsabiliza al empleador mientras el accidente o enfermedad halla sido en el desarrollo de una tarea prohibida en el horario laboral.
Así como hay leyes que los menores tienen que cumplir los empleadores también tienen que cumplir leyes tales como otorgar la apertura de una caja de ahorro y también brindarle al trabajador una obra social .
Ocupar menores de 14 años en alguna actividad económica esta totalmente prohibido persiga o no fines de lucro. (Ley 26.390 articulo 7.)

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