Con la intención de cortar con lo que se conoce como una industria del juicio, el gobierno impulso por decreto darle luz verde a la ley.
Con la aprobación del senado y el voto de los diputados se decretó una serie de modificaciones en la ley de ART.
Las principales claves de dicha modificación son:
Comisiones medicas jurisdiccionales: Tendrán la responsabilidad de determinar si existe o no una enfermedad laboral, los grados de discapacidad y el monto de indemnizaciones. Estas comisiones pertenecerán a la ART. Por otro lado, el trabajador deberá asistir obligatoriamente a estas juntas, previo a iniciar un juicio, aunque podrá prorrogarse.
Comisión medica central: El trabajador puede encontrarse en disconformidad con la (cmj) y podrá apelar a la comisión médica central, recién después de apelar en la (cmc) se podrá dar inicio a un juicio. Es decir agrego 2 instancias.
Ubicación de comisiones medicas: Solo hay 35 en todo el país, es decir que un trabajador que padece una enfermedad o está incapacitado deberá trasladarse.
Indemnizaciones: en el proyecto oficial original no se establecía un criterio. Luego se introdujo, que la indemnización se estime con el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), para que no se desactualice por la inflación.
Autoseguro Público Provincial: se creará el «Autoseguro Público Provincial» para que las provincias y sus municipios y la Ciudad de Buenos Aires puedan «autoasegurar los riesgos del trabajo, respecto de los respectivos regímenes de empleo público local, de acuerdo a lo que establezca la Superintendencia de Riesgos del Trabajo».
Ley de Protección y Prevención Laboral: la Superintendencia de Riesgos de Trabajo enviará dentro de tres meses al Consejo Tripartito Consultivo (integrado por representantes del Gobierno, los trabajadores y las aseguradoras), un anteproyecto de Ley de Protección y Prevención Laboral. Es decir en tres meses, recién se creará un proyecto de prevención laboral, pero ya aprueban extender los pasos para ir a juicio. No hay cambios concretos en lo que respecta a las jornadas laborales, ni establece comisiones de seguridad e higiene para que sean los mismos trabajadores los que controlen la producción, con el fin de mejorar la calidad de salud y seguridad.
La ley también crea el Autoseguro Público Provincial destinado a que las provincias y sus municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puedan autoasegurar los riesgos del trabajo definidos en la ley 24.557, respecto de los regímenes de empleo público provincial y municipal, de acuerdo con lo que establezca la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Ampliación de la cobertura del trabajador siniestrado en caso de extinción del contrato por falta de pago del empleador, por las contingencias ocurridas dentro de los tres meses posteriores a la extinción y sólo por prestaciones en especie.
Se modifica la forma de calcular el Ingreso base. Los mismos se actualizarán con RIPTE y con un interés a tasa activa a 30 días del Banco Nación. Se aplicará a las contingencias cuya primera manifestación invalidante resulte posterior a la entrada en vigencia de la presente ley (05/03/2017).
Se entiende que con estas modificaciones se dificulta la resolución inmediata de accidentes laborales y beneficia solo algunos pocos sectores.