El articulo 14 bis ofrece protección a los trabajadores a través de diferentes leyes que garantizan la seguridad hasta en los diferentes tipos de trabajos como los domésticos, rural, construcción, además de las condiciones dignas de trabajo, garantizando la igualdad de condiciones y la seguridad e higiene que todo trabajador debe contar en cualquier trabajo; en cuanto a tareas insalubres o riesgosas.
En cuanto a la jornada limitada, descanso semanal, vacaciones pagas, debe haber una adecuada proporción entre el tiempo trabajado y el tiempo que posee el trabajador para descanso, esparcimiento, capacitación y vacaciones que aunque no asista a trabajar percibe remuneración, como así también una retribución justa y salario mínimo vital y móvil, que significa que el mismo no debe ser menor que lo que le permita al trabajador satisfacer sus necesidades básicas y móvil que se refiere a que se ajusta para no perder su poder adquisitivo.
La participación de las ganancias de las empresas, no solo deben interesar al empleador, sino al empleado que también forma parte de la misma.
Protección contra el despido arbitrario por eso se cuenta con una indemnización en caso de cesantía, cuando solo parte del empleador y la estabilidad el empleado público.
Debe existir una organización sindical libre y democrática, es decir la libertad de todo empleado de afiliarse o no a un gremio y las autoridades del mismo que se eligen a través de votación secreta y libre por eso es democrática.
El seguro social es obligatorio y responde al seguro y la previsión. La jubilación se otorga a una persona por haber cumplido con un tiempo trabajado por ella misma y cumpliendo determinados requisitos como el mínimo de edad. La pensión que es el beneficio que deriva de la jubilación a favor de los familiares de la persona jubilada o con derecho a la jubilación, la cual es proporcional a la remuneración que percibía la persona y además móvil.
La compensación económica familiar que se refiere a diversas prestaciones además del salario que se destina a la subsistencia de la familia del trabajador que están a su cargo para las que tienen obligaciones alimenticias, a través del salario familiar y la asignación familiar .
El acceso a una vivienda digna que por medio del estado garantice condiciones económicas y créditos para que puedan ejercer ese derecho.
Siguiendo el análisis del artículo 14 bis podemos decir que se cumplen las leyes que aseguran la protección del trabajador, como vacaciones, aguinaldo, indemnizaciones, despido arbitrario, asignaciones, además del respeto a los sindicatos y al derecho a huelga. Según el contrato de trabajo la norma más favorable siempre será para el trabajador.
Pero lo que no se contempla, es la seguridad social del empleado ya que existe discriminación de los trabajadores de provincia y capital, como así también de sexo, por los sueldos que perciben, falta de seguridad para los trabajos insalubres y las horas excesivas de trabajo. Son algunos de los artículos que son violados en el Contrato de Trabajo.
La existencia aún en día, de trabajo en negro, despidos arbitrarios y la falta de la actualización del salario, no cumpliéndose con el salario vital y móvil llegando a la conclusión que responden a la ausencia de un estado característico de políticas neoliberales, que como consecuencia provocan un incremento en la canasta familiar y los impuestos. Sumando menos ofertas de trabajo, despidos y la aparición de los nuevos pobres o sea la clase media que queda sin trabajo.
Así una gran porción de la población queda privada de sus derechos, debiendo acceder a trabajos en negro, con exceso de horas de trabajo, falta de normas de seguridad e higiene que debe aceptar para no perder el empleo.
Además de no poder, de esta forma, garantizar su seguridad para cubrir sus necesidades básicas (alimentación, vestimenta, salud, educación) y el acceso a una vivienda digna.