27 abril, 2024

El contrato de franquicia se realiza cuando una empresa le otorga a otra el derecho de usar su nombre, marca, y su sistema comercial para explotación propia a cambio de una contra prestación. En el mundo comercial, las franquicias son muy rentables ya que su sistema comercial está probado y cuentan con clientes asegurados. Mcdonald´s es el ejemplo número uno ya que es la empresa mejor posicionada a nivel mundial teniendo sucursales en todos lados.

El nuevo código Civil y Comercial 2015 trata las franquicias en el artículo 1512. Existe franquicia comercial cuando una parte denominada franquiciante (este seria el caso de Mcdonalds) otorga a otro (una empresa o persona) llamada franquiciado, el derecho a utilizar un sistema probado destinado a comercializar determinados bienes y servicios bajo el nombre comercial, emblema  o la marca del franquiciante, quien provee un conjunto de conocimientos tecnicos y la prestacion continua de asistencia tecnica y comercial, contra una prestacion directa o indirecta del franquiciado.

El franquiciante ( Mcdonalds ) es el titular exclusivo de todos los derechos intelectuales, como pueden ser marcas, patentes, nombres, simbolos todo lo comprendido como derecho de autor. El franquiciante no puede tener participacion directa de control en el negocio del franquiciado.

Existen en la Practica distintos tipos de contratos de Franquicia:

Franquicia de Servicio: Simplemente se suministra un servicio, como técnica determinada, ej. Asesoramiento inmobiliario, enseñanza, hotelería, etc.-

Franquicia de Distribución: Se fija en este caso al franquiciado, los productos que tiene que vender con la aportación de la marca, ej. Productos alimenticios, textiles, etc.-

Dichas clases estan contenidas en dos grandes categorías clasificadas como:

DE PRODUCTO Y MARCA REGISTRADA (de venta): Cuando únicamente se limita a la distribución y venta de productos con marca registrada.-

NEGOCIO LLAVE EN MANO O PAQUETE: Cuando la franquicia consiste en la habilitación de una unidad completa de comercialización y explotación.-

CONTENIDO ESENCIAL DEL CONTRATO DE FRANQUICIA

El contenido esencial del contrato de franquicia viene determinado por tres elementos que caracterizan a la franquicia y sirven para diferenciarla de otras figuras afines:

  1. a) MARCA: El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales y/o medios de transporte objeto del contrato.
  2. b) KNOW-HOW: La transmisión al franquiciado de un Know-How (o conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su experiencia.
  3. c) APOYO CONTINUADO: La prestación continua por el franquiciador de asistencia comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo de franquicia.

ESTRUCTURA DEL CONTRATO DE FRANQUICIA.

El método más práctico para la estructuración de una franquicia se basa en las necesidades del propietario, el número de localidades y el número de empleados. No importa el impuesto o estructura legal (por ejemplo, corporaciones S, corporación C, sociedad de responsabilidad limitada, entre otros), los franquiciados serán responsables del pago de los salarios, el seguro de desempleo y los impuestos federales y estatales, y la recolección de las retenciones para el Seguro Social.

ELEMENTOS

Los elementos que hacen a la esencia del contrato de franquicia comercial, coinciden los autores, siempre presentes tanto en el ámbito nacional cuanto internacional, son los siguientes:

El franquiciante

Es la persona jurídica que cede una marca comercial ya acreditada, así como su técnica de trabajo, experiencia y conocimientos a cambio de determinadas compensaciones económicas.

El franquiciatario

La contraparte, persona física o jurídica que inicia la actividad comercial asociándose a la marca franquiciada y recibe el fondo de comercio del franquiciante en una zona de exclusividad, así como su asistencia permanente durante la vigencia del contrato.

El contrato

Es el medio. A través de este documento se determina la relación entre franquiciante y franquiciatario. Esta relación se plasma con dos visiones:

– La autorización del franquiciante al franquiciatario, que le permite ser representado bajo su razón social y vender sus productos o servicios con un sistema de trabajo concreto y previamente experimentado a cambio de una remuneración determinada.

– La obligación del franquiciatario de seguir las normas, sistemas y procedimientos del franquiciante.

Know-how

Entendido también como el “Saber Hacer”, es el conjunto de manuales y documentos que transmiten los conocimientos y experiencias de naturaleza técnica, financiera, comercial o administrativa, necesarios para reproducir el funcionamiento de la cadena.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Del Franquiciante:

Adjudicar el derecho de explotar una unidad negocial u operativa en franquicia.

Suministrarle al franquiciado el Know-how, las técnicas e instrucciones y el sistema para operar.

Otorgarle al franquiciado exclusividad territorial o zonal.

Otorgarle al franquiciado licencia para la utilización de nombres, marcas, emblemas, etc.

Proporcionarle los manuales que contengan un detalle de los sistemas y procedimientos de operaciones de la franquicia de que se trate.

Proporcionarle especificaciones de relaciones con terceros, clientes, publicidad, promoción, diseño y equipamiento del local o locales, pautas contables, cursos de capacitación del personal, seguro de los bienes, atención al público.

Suministrarle productos y servicios.

Actos de fiscalización o control del cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de franquicia.

Establecer condiciones para la revocación o extinción del contrato y sus causales.

Del Franquiciado:

Pagarle al franquiciante una tasa inicial por entrar a la cadena, adquiriendo el derecho de utilización de la franquicia.

Pagarle al franquiciante una regalía periódica, calculada en función de la venta bruta del negocio franquiciado.

Ajustarse a todas las instrucciones de comercialización y técnicas del franquiciante.-

Adquirir la licencia de utilización de nombre, marca, etc.

Dar cumplimiento al programa de entrenamiento dictado por el franquiciante.

Guardar la debida reserva, secreto, de toda la información suministrada por el franquiciante.

Dar intervención al franquiciante en la elección de local o locales en donde se va ha establecer la franquicia.

Aportes para la elección y puesta en marcha del local.

Ajustar el sistema informático y contable al los requerimientos del franquiciante.

Dar cumplimiento a la normativa vigente que regule los distintos aspectos que hacen a la operatividad de la franquicia.

Mantener el esquema de atención al publico.

Abstenerse de seguir utilizando el nombre y /o la marca una vez concluida la relación contractual.

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