IMPORTANCIA: Permite establecer la base imponible para el pago de tributos y demás medidas impositivas aplicables a la importación de las mercancías. Permite determinar adecuadamente el precio de comercialización en el mercado local. Una incorrecta determinación de la valoración de la mercancía acarreará un ajuste de valor de la mercancía con el consecuente cobro de tributos.
VALORACIÓN ADUANERA: Por Valoración Aduanera debemos entender al conjunto de disposiciones normativas de carácter internacional y nacional que permiten efectuar una correcta determinación del valor de las mercancías para efectos de establecer la BASE IMPONIBLE sobre la cual deberán pagarse los tributos. Base Imponible es el monto a partir del cual se calcula un Impuesto determinado.
El valor de las mercancías para fines tributarios aduaneros, es un tema esencial en las políticas comerciales internacionales, ya que es el punto de partida para la determinación y liquidación de los impuestos al comercio exterior.
El valor de las mercancías, a nivel aduanero, se denomina valor en aduana; este concepto adquiere gran importancia toda vez que incluye el valor de los bienes más conceptos como seguros, fletes y demás gastos generados antes de la llegada al territorio nacional.
Éste es el precio pagado por las mercancías, siempre y cuando se vendan para ser exportadas, por compra efectuada por el importador, entendiendo que el precio pagado, es el pago total que por las mercancías importadas haya efectuado o vaya a efectuar el importador de manera directa o indirecta al vendedor o en beneficio de éste.
Asímismo, para determinar el valor de transacción, se ajustará a la base CIF (Costo, Seguro y Flete), excepto cuando se solicite trato arancelario preferencial bajo las disposiciones de algún tratado de libre comercio de los países que sea parte contratante.
Con la finalidad de combatir el fraude aduanero, la autoridad, ha implementado para la facilitación del reconocimiento aduanero de mercancías, el “Programa de Valoración de Mercancías”, el cual tiene como objeto llevar a cabo la verificación de:
- Las operaciones de comercio exterior respecto del precio y origen.
- La existencia física del proveedor, productor/comprador, consignados en la factura y otros documentos.
- La información relacionada con los pedimentos de importación o de exportación.
- La emisión de las facturas, certificados de origen o de país de origen.
- La existencia de relaciones comerciales con el importador o exportador.
Por ello, este valor en aduana, constituye uno de los elementos esenciales de los sistemas arancelarios modernos y por medio de éste se pueden detectar infinidad de fraudes a las disposiciones que rigen el comercio internacional.
El Código de Valoración Aduanera y la Ley Aduanera en su Capítulo referente a la Base Gravable, determinan que el valor en aduana, debe basarse en la medida de lo posible, en el precio efectivamente pagado o por pagar, generalmente indicado en la factura comercial.
Es por ello importante hacer notar que en caso de una visita por parte de la autoridad hacendaria, será necesario comprobar documentalmente el pago a proveedor, los costos adicionales en que se incurrió y demás que nos ayuden a darle certeza jurídica a nuestras operaciones.