Un Territorio aduanero es la parte del ámbito territorial argentino, en la que se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones. Dentro del territorio argentino existe un territorio aduanero especial, que según el código aduanero es: “aquel en el cual es aplicable un sistema especial arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exp ortaciones. Es un ámbito en el cual los tributos que gravaren la Importación para consumo y la Exportación para consumo no exceden del 75 % de los que rigieren en el territorio aduanero general; no son aplicables las prohibiciones de carácter
económico, salvo expresa disposición, en contrario de la norma que la establece”. Establecido en el articulo 600.
El territorio aduanero especial en Argentina está ubicada en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud, establecido por la Ley N° 19.640 (sancionada en el año 1972 por la junta militar). Cabe destacar que también, “el área aduanera especial debe ser establecida por ley”, según el Código (Articulo 601) .
En este territorio, se atribuyen los siguientes beneficios:
- ARTICULO 602 -la importación para consumo al área aduanera especial de mercadería procedente del territorio aduanero general y que fuere de libre circulación en el mismo está exenta del pago de los tributos que la gravaren y de la aplicación de prohibiciones de carácter económico, salvo del pago de las tasas retributivas de servicios.
- ARTICULO 603.- Cuando las actividades productivas desarrolladas en el área aduanera especial lo justificaren, el Poder Ejecutivo podrá establecer un Régimen de estímulo a las ventas de mercadería originaria de dicha área que se destinare al extranjero o a un área franca.
- ARTICULO 604.- cuando la mercadería fuere originaria y procedente de un área aduanera especial, la Importación para consumo al territorio aduanero general está exenta del pago de los tributos que gravaren la Importación para consumo y de la aplicación de las prohibiciones de carácter económico, salvo disposición en contrario.
- ARTICULO 605.- Cuando la mercadería fuere procedente pero no originaria de un área aduanera especial, la Importación para consumo al territorio aduanero general, salvo disposición en contrario, está sujeta a la aplicación de las prohibiciones de carácter económico y al pago de los tributos que gravaren la Importación para consumo, con deducción del importe abonado en concepto de tributos con motivo de la previa Importación de dicha mercadería al área aduanera especial.
- ARTICULO 606.- La mercadería que se exportare del territorio aduanero especial y fuere originaria y procedente de este, no requerirá la constitución de la garantía prevista en el ARTICULO 453, inc. J, cuando fuere sometida en el territorio aduanero general a la destinación suspensiva de tránsito directo prevista en el ARTICULO 297, inc. A.
- ARTÍCULO 607.- En todo lo no previsto en este capítulo y en las disposiciones que la hubieren creado, son de aplicación al área aduanera especial las normas generales de la legislación aduanera relativas a la Importación y a la Exportación de mercadería, siempre que fueren compatibles con dicho Régimen.
En el pasado, Tierra del Fuego estaba basada en la ganadería (ovinos para producción de carne y lana) y la existencia de materia prima forestal -con interesantes perspectivas para el desarrollo de la región-, el inicio de la explotación del petróleo y el gas en el extremo norte de la Isla Grande (con importantes inversiones estatales), comenzó a transformar el panorama productivo de la región. Con la sanción del régimen de exenciones impositivas y franquicias arancelarias. En el año 1972, se favoreció la instalación de empresas dedicadas a la transformación de materias primas importadas. Fue así que se radicaron firmas productoras de aparatos electrónicos y electrodomésticos, empresas textiles, plásticas, etc., que
terminaron por modificar en forma sustancial el esquema económico de la zona. Se estableció un régimen especial fiscal y aduanero, con la exención «del pago de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realizaren».
Las especiales condiciones geopolíticas -grandes distancias de los centros de consumo, desventajosas condiciones naturales, escasa población, etc.- justificaron de algún modo la aplicación de importantes incentivos para la radicación de empresas industriales y comerciales en estas regiones. Entre estos mecanismos “compensadores” se destaca, lo antes mencionado, la reducción y/o exención de impuestos nacionales y provinciales, la importación de bienes con arancel cero, la posibilidad de vender al resto del territorio con el único requisito de cumplir origen, entre otros.
Esta estrategia funcionó: la población se multiplicó por 11 entre 1970 y el 2015 y llegó a los 150 mil. Se dio también un gran crecimiento cuando la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner bloqueó la llegada de productos electrónicos al aumentar los impuestos de venta e importación. Desde ese momento, las marcas internacionales debieron comenzar a utilizar fabricantes locales como Grupo Newsan para alcanzar al mercado argentino. Para atraer aún más gente, se les otorgo a las empresas y a los residentes mayores libertades impositivas.
Hasta ahora, el Gobierno no dio señales ni reveló planes para Tierra del Fuego, lo que es frustrante para las empresas locales: ellos quieren que las autoridades encuentren nuevas formas de hacerlas competitivas, por ejemplo expandiendo el puerto, ya que el actual no es funcional, lo que lleva a que el 90% de los insumos extranjeros deben enviarse primero a Buenos Aires y luego ser cargados a camiones para un viaje de cuatro días hacia el sur. Una vez que los productos están ensamblados, se mandan de vuelta para Buenos Aires, lo que los hace demasiado costosos. Otros quisieran que la provincia imite a Manaos y amplíe su espectro de producción, quizás hacia artículos electrónicos para la industria automotriz. Pero la esperanza podría radicar en cambios más osados, hacia el turismo, por ejemplo.
En mi opinión, el sub régimen industrial está más vigente que nunca en este momento del mundo, lo que debemos generar son las acciones y decisiones políticas necesarias para que funcione y sea no solo parte de la producción de productos electrónicos sino también de otros tipos de productos, generando también PYMEs que rodeen las actividades principales, y esto será un generador de empleo directo e indirecto.