La AFIP es un organismo autárquico del Estado argentino dependiente del Ministerio de Economía. Es el encargado de la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de las rentas e impuestos nacionales, tanto internos a través de la Dirección General Impositiva, como sobre la nómina salarial a través de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, como externos a través de la Dirección General de Aduanas.
Este organo está integrado por 3 organismos: la Dirección General de Aduanas (DGA), la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS).
Cualquier ciudadano o empresa que inicia una actividad económica debe inscribirse ante distintos organismos oficiales, entre ellos, la AFIP. De esta manera adquiere una identidad tributaria frente a la Nación, lo que le permite desarrollar su labor en el marco de la legalidad.
La Administración Federal de Ingresos Públicos es responsable de la recaudación y administración de impuestos nacionales. Es una de las dependencias principales del gobierno nacional y es responsable directo ante el Ministerio de Economía
La gestión de la Administración Federal de Ingresos Públicos está a cargo del Administrador Federal, de quién dependen tres Directores Generales: de la Dirección General Impositiva, de la Dirección General de Aduanas y de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.
Dirección General Impositiva:
su función principal es la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de impuestos nacionales. Se consideran Contribuyentes del Régimen General, aquellas personas fisicas o juridicas, sujetos de alguno de los siguientes tributos: el Impuesto a la Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a los Bienes Personales, el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, y a todo otro impuesto nacional que sea recaudado y fiscalizado por esta Administración Federal.
Los Empleadores y/o trabajadores autonomos, deberán cumplir con el Régimen General.
Algunos contribuyentes del Régimen General, en función de ciertos parámetros establecidos por Ley, podrán optar por el Monotributo.
El Monotributo o Sistema de Régimen Simplificado consiste en concentrar en un único tributo el ingreso de un importe fijo, el cual está formado por un componente previsionla (Seguridad Social) y otro impositivo.
Dirección General de Recursos de la Seguridad Social:
La recaudación y fiscalización de los recursos que financian las prestaciones de la Seguridad Social son la tarea principal de esta Dirección. Para cumplimentar este propósito cuenta con el apoyo de otros organismos e instituciones que comparten potestades complementarias (como por ejemplo, el Ministerio del Trabajo de la Nación).
La Dirección General de Aduanas:
Es un órgano que integra la Administracion Federal de Ingresos Publicos (AFIP) y tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importacion y exportacion de mercaderias, como así también el control del tráfico de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero.
Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Además, la Aduana colabora en el resguardo de intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales.
También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios.
Las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio, dentro del contexto de una nueva gestión pública.
Las funciones y facultades de la AFIP
Funciones Administrativas: Se trata de funciones de organización interna inherentes a la actividad de organismo autárquico.
Funciones de Dirección: Se refiere a la dirección de la actividad del organismo. Tienen que ver con el fin mismo del administrador (recaudar, devolver, retener de los contribuyentes).
Funciones Reglamentarias: El Administrador Federal estará facultado para impartir normas generales obligatorias para los responsables y terceros, en las materias en que las leyes autorizan a la administración federal de ingresos a reglamentar la situación de aquellos frente a la Administración. Estas entran en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletin Oficial o en fecha posterior que se determine. Estas resoluciones podran ser modificadas o suprimidas por el mismo Administrador Feederal o por el Ministerio de Economía.
La DGI recauda Impuesto al valor agregado, impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes personales y monotributo. Tiene como desafio evitar la evasión.
La DGA recauda derechos de importación y exportacion, tasas estadisticas y tasas aduaneras. Tiene como desafio luchar con el contrabando.
La DGRSS recauda los regimenes nacionales de los jubilados, asignaciones familiares y obra social. Tiene como desafio impedir el trabajo no registrado (trabajo en negro)
Objetivos
Controlar el cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social.
Brindar servicios de calidad que aporton soluciones concretas a los ciudadanos.
Potenciar la calidad y transparencia organizacional.
Influir en el contexto para favorecer el cumplimiento de la mision y contribuir al desarrollo economico y social.
La AFIP se posicionara como una institución de servicios de excelencia orientada a favorecer la economia formal, el empleo registrado y la seguridad en el comercio exterior, desplegando sus capacidades para interactuar proactivamente en el contexto economico y social. Tiene un modo de organización burocratico, ya que tiene una organización o estructura organizativa caracterizada por procedimientos explicitos y regularizados, division de responsabilidades y especialización del trabajo, jerarquia y relaciones impersonales.
El funcionario a cargo de la A.F.I.P. es el Administrador Federal de Ingresos Públicos. Es designado por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta del Ministerio de Economía. Tiene rango de Secretario de Estado. Será designado por el Poder Ejecutivo, al año de asumido el cargo del Presidente de la Nación a partir del siguiente período presidencial. Su mandato será de cuatro años, pudiendo ser designado por sucesivos períodos, siendo requisito ineludible el cumplimiento del Plan de Gestión del mandato vencido.