1 mayo, 2024

La Aduana Argentina es una de las instituciones más antiguas de nuestro país, su comienzo se remonta a los tiempos de la conquista y colonización por parte de España.

Dirección General de Aduanas
Dirección General de Aduanas
Por ser una entidad recaudadora y proveedora de recursos económicos ha tenido influencia y participación activa en el acontecer histórico de nuestra «Patria». Los historiadores consideran como el antecedente más antiguo de la actividad aduanera en tierras del Plata a las disposiciones contenidas en la Cédula Real firmada por el Emperador Carlos V el 19 de julio de 1534, en favor de Don Pedro de Mendoza, autorizándolo a emprender la conquista y «poblar las tierras y provincias que hay en el río de Solís que llaman de La Plata».

Dicha Cédula Real establecía la exención del pago de derechos del 7 ½ % (almojarifazgo) de todos aquellos bienes que llevaran consigo los colonos, para su uso o consumo personal y no con fines comerciales, en cuyo caso, era obligación del Tesorero Don Rodrigo de Villalobos, que integraba la expedición de Mendoza, formular los cargos correspondientes. El primer registro oficial que se conserva de una operación data del 1 de junio de 1586 y corresponde al ingreso de mercaderías introducidas por la nave » Nuestra Señora del Rosario», procedente de Santos (Brasil), propiedad de Don Alfonso Vera. La fecha señalada anteriormente, fue instaurada como «Día de la Aduana» mediante Resolución Nro. 792/62. En 1997, se conmemoró 411 años de existencia de la Aduana Argentina.

Durante muchos años el desarrollo de la actividad aduanera estuvo ligada al lento crecimiento poblacional de la región del Plata que registraba una escasa actividad comercial y reducida recaudación. El monopolio comercial impuesto por la Metrópoli durante el siglo XVI afectó seriamente al Río de la Plata porque se priorizó las rutas de las colonias proveedoras de metales preciosos. Recién en 1776 España creó el Virreynato y permitió que Buenos Aires comercializara libremente sus productos con los Virreynatos del Perú, Nueva España, Nueva Granada y Guatemala. En 1777 el primer Virrey, Don Pedro de Zeballos, autorizó el libre comercio entre el Río de la Plata y los puertos españoles, comenzando la reactivación comercial de Buenos Aires. En 1778 se crea la Real Aduana en esta ciudad.

REVOLUCION DE MAYO DE 1810

La Revolución de Mayo impulsó medidas que aseguraran la libertad de comercio sin restricciones, lo que implicó reorganizar las instituciones administrativas y transformar a la Aduana en concordancia con el espíritu revolucionario de la época que estaba imbuido del liberalismo filosófico y político vigentes a comienzo del siglo XIX . Los primeros gobiernos patrios se fijaron como objetivos mejorar los servicios aduaneros, combatir el contrabando y el aumento de la recaudación tanto nacional como provincial, dado que existían aduanas interiores.

Desde l826 fracasaron diversos intentos para unificar las aduanas. Recién en 1852, después de la caída de Rosas, en el Acuerdo de San Nicolás, se determina que los impuestos de aduana en las importaciones y exportaciones tendrán carácter nacional y que las mercaderías de origen extranjero, una vez nacionalizadas, podrán transitar libremente de una provincia a otra.

DISTINTAS DENOMINACIONES DEL ORGANISMO

1877: Dirección General de Rentas

1931: Dirección General de Aduanas

1947: Administración General de Aduanas y Puertos (Ley Nro. 12964)

1949: Dirección Nacional de Aduanas (Decreto Nro. 8803)

1963: Aduana de la Nación (Ley Nro. 6087)

1969: Administración Nacional de Aduanas (Decreto Nro. 6979)

1997: Dirección General de Aduanas (Decreto Nro. 418/97)

En la actualidad la Dirección General de Aduanas depende de la AFIP que se denomina una entidad autárquica en cuanto a su organización y funcionamiento.

La DGA por sus siglas, es la autoridad competente en la aplicación de la legislación que regula el despacho aduanero, así como los sistemas, métodos y procedimientos que deben sujetarse las aduanas.

La aduana debe intervenir en el estudio y formulación de los proyectos de aranceles, cuotas compensatorias y demás medidas de regulación y restricción del comercio exterior; dar cumplimiento a los acuerdos y convenios que se celebren en materia aduanera; realizar el seguimiento y control de la operatoria de comercio exterior de los distintos operadores que actúan en todo el país a través de las distintas Aduanas; controlar que el ingreso y egreso de mercaderías, pasajeros y medios de transporte se realice de acuerdo a lo establecido en el código Aduanero y el MERCOSUR; procurar el cumplimiento de los derechos aduaneros y ejercer los mecanismos de control que prevean y eviten la comisión de delitos como el contrabando, tráfico de armas y de narcóticos.

Todo ello necesario para la disminución de la comisión de delitos y el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras por parte de los operadores y usuarios; modernizar el sistema aduanero; combatir el contrabando; transparentar la imagen del servicio aduanero, como lo expresa el mismo organismo.

Hoy por hoy estas metas son posibles mediante un proceso de información a través del cual busca incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras con el fin de facilitar a sus usuarios los distintos trámites que se realizan en todo el país. La información permite maximizar el seguimiento y control de las diferentes operatorias, tanto se trate de lo físico como de lo documental.

El Director General de la DGA tiene facultades de Dirección y de Juez Administrativo (dec. 618/97 art 9) como ejercer las funciones, poderes y facultades que la legislación le encomiende a los fines de determinar, ejercer y devolver o reintegrar los tributos que gravan la importación y la exportación de mercaderías, ejercer el control sobre el tráfico internacional de mercaderías; aplicar y fiscalizar las prohibiciones a la importación y a la exportación que le fueren encomendadas; revisión de las actuaciones y documentos aduaneros una vez concluida la tramitación ante las aduanas así como disponer las devoluciones o reintegros cuando correspondieren.

Instruir cuando corresponda los sumarios de prevención en las causas por delitos o infracciones aduaneras, llevar los registros y ejercer el gobierno de las matrículas de los despachantes de aduana, agentes de transporte aduaneros, apoderados generales y dependientes de unos y otros y de los importadores y exportadores.

Llevar los registros de: mercadería librada a consumo con liquidación provisoria y con facilidades para el pago de tributos, mercadería sometida a destinaciones suspensivas; infracciones a las disposiciones aduaneras y los que resultaran convenientes para prevenir y reprimir los delitos y las infracciones sancionadas por el Código Aduanero.

Habilitar con carácter precario o transitorio lugares para la realización de operaciones aduaneras; ejercer el poder de policía aduanera a fin de prevenir o reprimir delitos.; requerir el auxilio inmediato de las fuerzas de seguridad y policiales para el cumplimiento de sus funciones

Sus resoluciones generales son en actos extremos de carácter resolutivo y son dictados por el Administrador Federal, es decir, imparten normas generales (reglamentarias o interpretativas) obligatorias para los administrados; interpretan con carácter general las disposiciones legales y reglamentarias en materia impositiva aduanera y de los recursos de la seguridad social; y son publicadas en el Boletín Oficial por lo cual, no son notificadas.

Las resoluciones y providencias son actos externos de carácter resolutivo.

Resoluciones son actos de alcance particular dirigido a los administrados; obligatorios para los mismos, se sustentan en los (Art 4 y 9 del dec. 618/97), que serán notificadas cuando no se publiquen en el Boletín Oficial.

Providencias son actos de carácter particular distados por cuestiones de trámite o en el curso de un procedimiento, se sustentan en el art 10 dec.618/97, se notifican, no se publican en el Boletín oficial.

CONCLUSIÓN

En este artículo se profundizo lo que la DGA aporta a la aduana y que relación tiene con la AFIP, hay muchas cosas que debe corregir y otras que al parecer están muy bien cimentadas, pero en conclusión es una autoridad se encuentra realizando un proceso de informatización a través del cual busca incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras, con el fin de facilitar a sus usuarios los distintos trámites que se realizan en todo el país. La informatización permite maximizar el seguimiento y control de las diferentes operatorias, tanto se trate de lo físico como de lo documental.

Las metas que se ha propuesto la Dirección General de Aduanas son modernizar el sistema aduanero con tecnología de punta para fortalecer el servicio como escáneres y camiones nuevos para identificar los bultos de distintos tamaños, volúmenes y material, esto es una excelente ayuda para la prevención y control del tráfico ilícito, la protección de la Industria Nacional por lo cual estos sistemas permiten optimizar las tareas de: Incremento de los ingresos fiscales, reducción de los costos, reducción de tiempos en el proceso de control y combatir el contrabando mediante la detección oportuna, la solución de irregularidades y aplicación de controles más estrictos, además de transparentar y mejorar la imagen del servicio aduanero a través de la continua profesionalización del personal, difusión de los procesos para ofrecer al usuario un servicio íntegro, que también a corto y largo plazo hace que la Dirección General de Aduanas vayan progresando.

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