Introducción
En este trabajo se tiene como objetivo realizar un análisis sobre el tráfico ilícito de bienes culturales, que es el ataque más grave que puede sufrir un bien cultural. Se comienza describiendo que se entiende por tráfico ilícito de bienes culturales en lo que mencionamos las medidas que se tomó en la convención de 1970. Para tratar los casos que van más allá del alcance de la Convención de 1970 o de otros acuerdos internacionales, la UNESCO creó en 1978 el Comité Intergubernamental para fomentar el Retorno de los Bienes Culturales a sus Países de Origen o su Restitución en Caso de Apropiación Ilícita, un fórum de negociación, mediación y conciliación para facilitar la restitución de objetos culturales de importancia, como las esculturas del Partenón, y desarrollar herramientas de prevención y sensibilización a la lucha contra el tráfico ilícito. Hoy en día, y teniendo especialmente en cuenta el problema de las excavaciones ilegales y el comercio de objetos arqueológicos, la Convención de 1970 cobra una importancia sin precedentes, y un gran número de Estados Miembro de la UNESCO quiere aumentar su visibilidad, mejorar su implementación a nivel nacional y examinar su futuro.
Tráfico Ilícito de bienes culturales
¿Qué es el tráfico ilícito de bienes culturales?
Es la transferencia, apropiación, importación, y exportación ilegal de bienes culturales. Se trata de un delito tipificado por ley y penado que afecta directamente nuestro patrimonio. El amparo de los bienes culturales constituye un pilar fundamental en el reconocimiento de los derechos humanos esencial del hombre en la sociedad pero paradójicamente son estos bienes esenciales lo que más fácilmente pueden ser vulnerados por la desidia y la impunidad. Esa fragilidad puede resolverse con educación, regulación y control y es función del estado proveer las herramientas esenciales para ellos. Es decir, se puede evitar trasmitiendo conocimientos sobre los bienes culturales y de los delitos que lo amenazan, con la denuncia a tiempo y la concientización del significado que poseen en la sociedad. El tráfico ilícito de bienes culturales ocupa el tercer lugar en el ranking mundial de mercados ilegales: este genera casi seis mil millones de dólares al año, cifra de dinero sólo superada por el tráfico de drogas y el de armas según la Secretaría de Cultura de la Nación. La prevención y lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales es una tarea que requiere del trabajo y esfuerzo conjunto de organizaciones oficiales y privadas? que, por su naturaleza y competencia, aportan conocimientos y herramientas que inciden favorablemente en la preservación y resguardo del patrimonio cultural. Según un informe, Argentina, está atravesando una situación crítica en términos de exportación ilegal de bienes culturales, especialmente de objetos paleontológicos arqueológicos y de arte colonial, siendo Mendoza una de las provincias más afectadas ante este delito. Hace años se promulgó en la Argentina una ley de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico, que colocó como propietario al Estado aunque la tenencia puede recaer en particulares o instituciones registradas y desde entonces se agilizó la lucha contra el tráfico ilícito. En la Convención de 1970 de la UNESCO se estableció medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de los bienes culturales.
La Convención de 1970 solicito a sus Estados Partes actuar esencialmente en los siguientes aspectos:
- Medidas preventivas:
Inventarios, certificados de exportación, medidas de control y aprobación de los negociantes de bienes culturales, aplicación de sanciones penales o administrativas, campañas de información, etc. - Disposiciones en materia de restitución:
El acápite (b) (ii) del artículo 7 de la Convención dispone que los Estados Partes se comprometen a las tomar medidas apropiadas para decomisar y restituir, a petición del Estado de origen Parte en la Convención, todo bien cultural robado e importado después de la entrada en vigor de la Convención en los dos Estados interesados a condición de que el Estado requirente abone una indemnización equitativa a la persona que lo adquirió de buena fe o que sea poseedora legal de esos bienes. De manera más indirecta y bajo reserva del derecho nacional, el artículo 13 prevé de igual forma disposiciones en materia de restitución y cooperación. - Cooperación internacional:
La idea del fortalecimiento de la cooperación entre los Estados Partes está presente en toda la Convención. En caso de que se ponga en peligro el patrimonio cultural mediante actos de saqueo, el artículo 9 prevé incluso la posibilidad de acciones más específicas, tales como el control de las exportaciones e importaciones.
La comunidad internacional profesionales y el ICOM han establecido una Lista Roja de bienes culturales latinoamericanos en peligro para contribuir a frenar el comercio ilícito de bienes culturales. Todas las categorías de objetos de la Lista Roja están protegidas por la ley, su exportación está prohibida y no pueden, bajo ninguna circunstancia, ser importadas o puestas a la venta. La Lista Roja es un llamado a los museos, casas de subastas, comerciantes de arte y coleccionistas para que dejen de comprar estos objetos, esta lista también está hecha para ayudar a los agentes de aduanas, a la policía y a los negociantes de arte a identificar dichos objeto. Algunos bienes culturales de esa lista son:
Material: Piedra | Madera | Huesos | Caracoles marinos o carey
Tipo: Utensilios y vasijas | Objetos ceremoniales y religiosos
Países: Argentina | Chile | Perú
Período: Prehispánico
Esculturas policromadas de madera
Material: Madera
Tipo: Esculturas
Paises: Brasil | Argentina | Perú | Ecuador | Uruguay | Paraguay | Bolivia
Periodo: Colonial
Material: Cerámica
Tipo: Utensilios y vasijas
Paises: Brasil | Colombia | Ecuador | Venezuela
Periodo: Prehispánico
Material: Metal
Tipo: Objetos ceremoniales y religiosos
Paises: Bolivia | Colombia | Ecuador | Guatemala | México | Perú
Periodo: Colonial
Esta son algunos objetos de la lista de los tipos provenientes de América Latina que corren mayor peligro de ser robados. No es de ningún modo exhaustiva, tomando en cuenta la gran variedad de objetos, estilos y períodos, todas las antigüedades provenientes de América Latina deberían considerarse como bienes de origen sospechoso.