25 diciembre, 2024

La resolución 415/02 de la Superintendencia de riegos del trabajo dispone, que los empleadores que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito las sustancias o agentes cancerígenos deberán estar inscriptos. La misma se efectuará por medio de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, excepto en el caso de los Empleadores Autoasegurados, quienes deberán inscribirse en forma directa. Además dispone en el Anexo I el listado de sustancias y agentes cancerígenos y como Anexo II dicho formulario de inscripción. En el listado se encuentran el Arsénico, Amianto y el Benceno entre otros.

Además el estado argentino cuenta con la resolución 801/15, Sistema Globalmente Armonizado (SGA). Determinado el nuevo sistema de etiquetado de las sustancias químicas, pictogramas y capacitaciones en materia higiene y seguridad. A fin de concientizar este artículo es de integración, con el objetivo de determinar las pautas básicas que se deberán emplear para identificar las sustancias químicas y sus medidas  preventivas.

Integración

Existen diversos productos químicos con diferentes efectos sobre el cuerpo humano, considerando el más crítico los cancerígenos o carcinógenos. Son aquellos que por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puede ocasionar cáncer o incrementar su frecuencia. El cáncer es una enfermedad que se caracteriza por una división y crecimiento descontrolado de las células. Dichas células poseen la capacidad de invadir el órgano donde se originaron, de viajar por la sangre y el líquido linfático hasta otros órganos más alejados y crecer en ellos. También se encuentra los Mutágenos, siendo sustancias y preparados que, por las mismas vías de contaminación, puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia.

Procedo de Identificación

Este proceso comienza por la identificación de los lugares y puestos de trabajo con riesgo de exposición accidental o habitual a sustancias tóxicas y peligrosas, vertidos o emisiones al medio ambiente.

  • Identifica los procesos y las tareas donde se usan o hay presencia de sustancias químicas potencialmente peligrosas.
  • Identifica los procesos o tareas en los que se generan emisiones, vertidos o residuos de sustancias químicas.
  • Confeccionar un listado de los productos o contaminantes químicos presentes.

Además se deberá inspeccionar las etiquetas y las fichas de seguridad de cada uno de los productos y sustancias que se utilizan o están presentes en el puesto de trabajo.

También se puede obtener de las FDS otras informaciones útiles como:

Primeros auxilios
Medidas de lucha contra incendios
Medidas en caso de vertido accidental
Manipulación y almacenamiento
Controles de exposición/ protección personal
Propiedades físicas y químicas
Estabilidad y reactividad
Información toxicológica
Información ecológica

Medidas de Prevención

El objetivo de prevención es suprimir la exposición, a fin de proteger la salud de los trabajadores; de lo contrario, el objetivo intermedio es reducir la contaminación al mínimo, al nivel más bajo posible y en todo caso al límite de exposición establecido por la autoridad competente.

  • Sustituir las sustancias nocivas
  • Modificar  el proceso de trabajo
  • Aplicar procedimientos y métodos de trabajo apropiados
  • Establecer medidas de Protección Colectiva
  • Establecer medidas de Protección Personal
  • Higiene Personal
  • Señalizar y delimitar
  • Información y Formación de los trabajadores

La ley 19.587 “Todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores”

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