Se denomina exportar a la extracción de cualquier mercadería a un territorio aduanero.
Es considerada mercadería todo objeto que fuere susceptible de ser importado o exportado y también se consideran como mercadería a las locaciones y prestaciones de servicios, realizadas en el exterior, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país, excluido todo servicio que no se suministre en condiciones comerciales ni en competencia con uno o varios proveedores de servicios, junto con los derechos de autor y derechos de propiedad intelectual.
Territorio aduanero según el Código Aduanero es la parte del ámbito «terrestre, acuático y aéreo sometido a la soberanía de la Nación Argentina, en la que se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones». Este territorio aduanero se divide en territorio aduanero general, aquel en el cual se aplica el sistema general arancelario y de prohibiciones de carácter económico a la importación y a la exportación y se divide en Zona primaria, Zona Secundaria y Zona de vigilancia especial; y el de territorio aduanero especial o área aduanera especial, este caso es aplicable un sistema especial arancelario y de prohibiciones de carácter económico a la importación y a la exportación, por ejemplo en la Isla Grande de la Tierra del Fuego se aplica un régimen arancelario que contempla aranceles inferiores a los que se aplican en el territorio aduanero general.
En una operación de exportacion intervienen generalmente los siguientes sujetos:
? La Dirección General de Aduanas: es el órgano encargado de la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de mercaderías que ingresan o egresan del territorio aduanero.
? Los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, que puede ser:
1. Despachante de Aduana, que realiza trámites y diligencias ante el Servicio Aduanero en nombre de los importadores y/o exportadores. Deben ser personas de existencia visible y estar inscriptos en el Registro de Despachantes de Aduana.
2. Agente de Transporte Aduanero o ATA: Pueden ser personas de existencia visible o ideal que representan a los transportistas y tienen a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante el servicio aduanero. Para desempeñarse como ATA es necesario estar inscripto en el Registro de Agentes de Transporte Aduanero y para ello, deberá acreditar, entre otros requisitos, la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones.
Ademas de los sujetos mencionados anteriormente, durante el desarrolo de la exportacion pueden intervenir otras instituciones, segun la mercaderia a exportar, algunas de ellas son:
? Anmat: (medicamentos)
? Anmar Inal: (alimentos)
? Renar: (armas)
? Senasa: (carnes y verduras)
? Direccion nacional de artes visuales: (obras de arte)
Pasos para exportar
El despachante de aduana es el profesional necesario para poder realizar la exportacion, ya que de conformidad con el artículo 33 de la Ley General de Aduanas, el agente aduanero es el único autorizado por el Ministerio de Hacienda para prestar los servicios a terceros en los trámites y operaciones aduaneras; este es quien asesorará con respecto a los derechos de exportacion que corresponderá abonar según el tipo de mercadería que desea importar para poder analizar la viabilidad de la operación. Además es quien confeccionará la documentación aduanera correspondiente al ingreso y egreso de mercaderías del territorio. Esta documentación, se realiza al momento de arribo de la carga al país (puerto destino), y es controlada y visada por el personal aduanero.
La Agencia o el agente de aduanas hace la clasificación arancelaria del producto o productos que serán importados y determinan si estos requieren permisos para importación. Puede solicitar los permisos a nombre del importador, para lo cual el importador debe haber registrado el producto en el Ministerio de Salud o Ministerio de Agricultura y Ganadería, dependiendo del producto. Para lo cual la Agencia de aduanas le puede brindar la información de registro de productos en la Ventanilla Única de Importación, con los encargados destacados en esta ventanilla de los Ministerio de Salud y de Agricultura y Ganadería.
Una vez tramitados los permisos si fueran necesarios la Agencia o Agente de aduanas confecciona la Declaración Aduanera de Importación y la presenta ante la Aduana de Jurisdicción donde se encuentre la mercancía.
En el proceso normal de aceptación de las Declaraciones Aduaneras de exportación, la aduana por medio de un método selectivo revisa la mercancía físicamente, proceso que consiste en ir al almacén fiscal donde se encuentre la mercancía y con un aforador (funcionario de Aduanas) se procede a revisar toda la mercancía. El propietario puede ir en compañía del funcionario de la Agencia a la revisión física. Otra posibilidad es la revisión documental en este proceso se revisa únicamente en forma documental la información consignada en la Declaración Aduanera de exportación con la información de la factura comercial y el documento de traslado de la mercancía, y por último la tercera posibilidad es la de Liquidación en la cual lo única que verifica el aceptador es la liquidación de impuestos a pagar por el importador. El método de verificación será seleccionado aleatoriamente por el software de la aduana.
Para lograr efectuar la exportación es condición indispensable solicitar la inscripción como importador / exportador ante la Dirección General de Aduanas. Este no tiene costo y demora aproximadamente 15 días a partir del momento de presentación de la solicitud correspondiente. Esto se realiza por única vez.