Icono del sitio El Insignia

¿Qué es la contratacion de bienes y servicios por via electronica?

Se encuentra contenida adentro de la Ley 34/2002, como un servicio de contratación, de bienes y servicios mediante vía electrónica, y representa una actividad económica para el prestador siempre.

Definimos al comercio electrónico como la compra y venta de productos, y servicios a través de diferentes sistemas electrónicos. Esta actividad conlleva obligaciones legales, que se aplican a las empresas que crean una página web. Para operar online, se necesita obtener una previa, autorización, o licencia administrativa. También se deberá cumplir el resto de las obligaciones en cuenta a lo mercantil, fiscal, laboral,sanitaria, seguridad, varían de acuerdo al tipo de tienda online que se vaya a crear.

En un lugar permanentemente accesible de la página web, debe aparecer la información relativa al titular de la misma: nombre y apellido, denominación social, y la identificación fiscal correspondiente. Cuando se trate de una página web de una empresa o profesional que para realizar su actividad requiera de autorización administrativa o inscripción en cualquier registro, deberán constar los datos de dicha autorización o registro. También en el caso que la empresa se haya adherido a algún código tipo sello de calidad, así deberá constar en el aviso legal. Según el tipo de página web o servicio que se ofrezca también es necesario informar en las condiciones generales de contratación de los siguientes requisitos, como por ejemplo: las característica esenciales del bien o servicio.

Los gastos de entrega y transporte, el plazo de vigencia de la oferta y del precio, la duración mínima del contrato, si procede, cuando se trate de contratos de suministro de bienes o servicios destinados a su ejecución permanente o repetida.

Las circunstancias y condiciones en que el empresario puede suministrar un bien o servicio de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor y usuario, cuando se quiere prever esta posibilidad.

La forma de pago y modalidades de entrega o ejecución, indicación de si el empresario dispone o está adherido a algún procedimiento extrajudicial de solución de conflictos.

La dirección del establecimiento del empresario donde el consumidor y usuario pueda presentar sus reclamaciones.

La información relativa a los servicios de asistencia técnica u otros servicios postventa a las garantías existentes.

Las condiciones para la denuncia del contrato, en caso de celebración de un contrato de duración indeterminada o de duración superior a un año.

Cuando se utilicen técnicas de comunicación con sobre costes: el coste de la utilización de la técnica de comunicación a distancia cuando se calcule sobre una base distinta de la tarifa básica.

Todos los servicios de la sociedad de la información y de comunicación que representan una actividad económica, en Internet son sustentadas por servicios que están obligados legalmente a poner a disposición de los usuarios, de forma clara y visible, determinados textos legales adaptados a la actividad que desarrolla su titular, su características y funcionalidades especificas. Las ventas del comercio online, se considera legalmente ventas a distancias y el usuario comprador dispone de varios derechos en la contratación a distancia que lo protegen, ya que realiza una venta sin mantener contacto, ni poder ver, ni hacerse una idea de lo que está comprando, hasta adquirirlo.

Aquellos que no son considerados servicios de la sociedad, que la información son:

Los servicios prestados por medio de telefonía vocal o fax, el intercambio de información por medios de correos electrónicos para fines que no son vinculados a la actividad económica, los servicios de radio fusión televisiva, los servicios de radio fusión sonora, el teletexto televisivo y otros servicios equivalentes.

Son servicios prestados por vía electrónica:

El suministro y alojamiento de sitios informáticos, manteniendo a distancia de programas y equipos, suministro de imágenes, texto, información y la puesta a disposición de bases de datos, suministro de música, películas, juegos, y manifestaciones políticas, culturales, artísticas, deportivas, científicas o de ocio y el suministro de enseñanza a distancia.

Ya que consisten en la transmisión enviada inicialmente y revisada en destino por medios de equipos de procesamientos, y enteramente transmitida, transportada y recibida por cable, radio, sistema óptico u otros medios electrónicos.

Finalmente, los pasos de la AFIP con lo que debe contar, este tipo de procedimientos son:

  1. Ingresar con clave bancaria o clave fiscal. Dentro del servicio «Prestación de declaraciones juradas y pagos», seleccionar la opción «Nuevo VEP» (volante electrónico de pagos).
  2. Ingresar los datos requeridos por el sistema que permiten identificar la obligación de cancelar, hasta que el sistema informe que el VEP esta listo para ser enviado a la entidad de pago.
  3. Si cancelará más de una obligación con el mismo VEP deberá repetir este paso seleccionado la opción «Nuevo VEP» o «Agregar otro VEP» para ingresar la información de las otras obligaciones.
  4. Luego de ingresados los datos de la/s obligación/es a cancelar deberá seleccionar la entidad de pago que utilizara para pagar y el sistema generará un «VEP» (si se trata de una única obligación) o un «VEP consolidado» que contendrá asociadas las obligaciones incluidas (denominadas Sub-VEP).
  5. Deberá ingresar a la pagina web de la entidad de pago elegida (www.linkpagos.com.ar, www.pagomiscuentas.com.ar, www.interbanking.com.ar o mediante las paginas web de los bancos habilitados), para efectuar el pago del «VEP» generado (VEP o VEP consolidado), ingresando su clave bancaria.
  6. Como resultado de la confirmación de pago, el sistema desplegará en pantalla el comprobante de pago. Este comprobante también podrá ser impreso utilizando la consulta disponible en el servicio «Prestación de declaraciones juradas y pagos».