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La empresa en el nuevo Derecho Comercial: Importancia, delimitaciones e implicancias legales y fiscales

Introducción:

El nuevo Código Civil y Comercial da una oportunidad para volver a examinar el concepto de «empresa» y sus efectos legales y tributarios en la medida en que sus normas resultan: la anulación de la figura del «comerciante» del «acto de comercio» y el «propósito de lucro» la exigencia de «actividad empresarial» para todas las sociedades, la exigencia  de «actividad empresarial» para todas las sociedades, la exigencia de no realizar «actividad empresarial» para configurar «contratos asociativos» y la diferenciación legal, a los fines contables, entre la
«actividad económica organizada», la «empresa» y el «establecimiento».

El nuevo derecho comercial

El Código de comercio fue anulado y el nuevo código civil y comercial dice:

  1. En los contratos unificados, la regla es aplicar la solución comercial y civil, invirtiendo el sistema anterior, con lo cual se «comercializa» al derecho civil aplicando soluciones mercantiles especificas.
  2. Se expanden las posibilidades del «arbitraje», la obligación de rendir cuentas y la presentación negocial, que son instituciones mercantiles típicas.
  3. La exigencia de contabilidad obligatoria, propia del derecho mercantil, se extiende a otros sujetos sin fin de lucro y donde no existe recurrencia habitual al crédito.
  4. La exigencia de registración mercantil, se extiende a las asociaciones civiles.

Del «acto de comercio» a la «actividad económica organizada»

El derecho comercial es una «categoría histórica», que apareció en Occidente a fines de la Edad Media, fue un proceso constante que llevo a la aplicación de una ley especial, diferente a la ley ordinaria o civil, a ciertas personas y/o bajo ciertas situaciones

No solo los empresarios integran esta categoría especial de personas humanas obligadas a llevar contabilidad y registro, si no también quienes sin serlo realizan una actividad económica organizada que no llega a ser una empresa, o que son titulares de un establecimiento. Quiere decir que pase de una mercantilidad por «interposición de los cambios», con fin de lucro, a una mercantilidad donde lo que interesa es la «actividad económica organizada» en si, o bajo forma de «empresa» o «establecimiento»

La empresa en el nuevo derecho comercial

De la nueva regulación del Código Civil y Comercial y de la Ley General de Sociedades, surgen importantes roles para la «empresa»

En el nuevo Código la empresa recibe una mayor y especial protección en cuanto a su continuación. Se establecen algunas normas de tutela de la empresa entre las que se destaca:

La protección esta muy clara en la Ley General de Sociedades, ya que por varios mecanismos la ley busca impedir que la sociedad se liquide y se destruya el valor de la «empresa en marcha». Ellos son:

Cabe destacar que todo el sistema concursal se vincula a dar oportunidad de reorganizar y continuar a la empresa en suspensión de pagos. A nivel de derecho penal se manifiesta la protección de la continuación de la empresa impidiéndose la sanción de liquidación cuando se trate de empresas útiles.

La empresa como limite al fraccionamiento patrimonial

Otra importante función de la empresa en el Derecho Argentino es marcar el limite del fraccionamiento patrimonial licito. Es decir, la posibilidad de que una persona fraccione parte de su patrimonio y lo sustraiga a la acción de sus acreedores, salvo supuestos con fines específicos, se encuentra condicionada a que cada parte este destinada a una explotación empresaria.

 

Conclusiones: