La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es el organismo que tiene a su cargo la ejecución de la política tributaria, aduanera y de recaudación de los recursos de la seguridad social de la Nación. Fue creada en 1997(Decreto 618/1997) y está integrada por la Dirección General de Aduanas (DGA), la Dirección General Impositiva (DGI) y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS).
Antecedentes:
Se crea a partir de distintos decretos, cuyo objetivo es unificar en 1 organismo 2 órganos:
-Antigua Dirección General Impositiva (DGI)
-Administración Nacional de Aduanas (ANA)
Ambos recaudan y la unificación de estos organismos es la actual AFIP.
Características:
– Es un ente autárquico. ¿Qué quiere decir esto? Que tiene la posibilidad de administrarse a sí mismo y de tener personalidad jurídica propia (implica ser persona). Auto regularse individualmente.
-Posee patrimonio propio. El patrimonio es asignado por el Estado Nacional.
-La asignación legal de recursos (Decreto 1399/01) van a tomar parte de los recursos de la AFIP, un porcentaje de la recaudación neta.
Ese porcentaje era del 2,75%, luego 1,90%. Las provincias lo objetaron.
-La Constitución Nacional establece que los recursos que se obtengan son coparticipables, es decir, tiene 2 opciones:
- a) solventar el país
b) vuelve a las provincias
Una parte de los ingresos nacionales está decidiendo de forma unilateral que parte de los coparticipables vayan a la AFIP.
-Actúa también representando a la AFIP el administrador federal. Cuya función es administrar el presupuesto , designar las autoridades , adjudicar y contratar toda obra pública que sea necesaria.
Funciones:
1) Genéricas (órgano en general)
2) Específicas (máxima autoridad. Administración federal)
Genéricas
Art 3, decreto 618/97
Ejecutar la política tributaria y aduanera de la nación
Aplicación, percepción y fiscalización de tributos
Control del tráfico internacional de mercaderías
Clasificación arancelaria y valoración de mercaderías
Específicas
Organización interna (art 6)
Funciones de reglamentación (art 7)
Funciones de interpretación (art 8)
Funciones de dirección y de juez administrativo (art 9)
Controversias
Desde fin de diciembre de 2011 hasta abril de 2012 parte del personal de la Dirección General Impositiva y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social realizó una huelga y movilización contra la unificación del horario de atención. ?En los últimos 6 años, la AFIP extendió su jurisdicción de intercambio de datos impositivos o aduaneros a 133 naciones, incluyendo el Acuerdo entre Autoridades Competentes para la aplicación del
Estándar Globales de transparencia. En 2014 la Argentina adhirió a una iniciativa por la lucha por la transparencia tributaria internacional y la cooperación en materia fiscal en el ámbito del G20. Echegaray detalló que esta herramienta sirve para un mejor funcionamiento de las leyes tributarias nacionales. En diciembre de 2009 la AFIP tenía 23.269 empleados, y en noviembre de 2015 contaba con 22.732 trabajadores, lo que representaba una racionalización de 537 puestos. En 2016, comenzó la causa por la filtración de datos en AFIP con fines políticos, el fiscal Taiana imputó penalmente a Alberto Abad (jefe de la AFIP) y a la diputada de la Coalición Cívica Elisa Carrió, entre otros, por «filtrar» información confidencial sobre contribuyentes, con objetivos políticos. A su vez, se denunció que se están borrando pruebas en AFIP que involucran a políticos de la Alianza gobernante. ?El juez investiga si Alberto Abad y su mano derecha Mecicovsky ayudaron a la empresa IECSA, del primo del presidente Mauricio Macri, Ángelo Calcaterra, para «readecuarse» ante una posible «insolvencia fiscal fraudulenta».
Actualidad:
Este año (2017) La AFIP creó dos nuevos regímenes de información para multinacionales.
Estableció dos nuevos regímenes de información en materia de precios de transferencia, en línea con el plan de acción de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que se conoce como BEPS y que consiste en una serie de medidas que deben adoptar los países para evitar la doble no imposición.
La Resolución General 4130-E, que se publicó el 20 de septiembre en el Boletín Oficial, creó dos regímenes de información en lo que se conoce «country by country report» o reporte país por país para empresas multinacionales.
El primero de los regímenes se refiere a las transacciones internacionales realizadas por empresas multinacionales cuya última controlante es argentina, o no lo es, pero la controlante
delega en la integrante argentina del grupo la presentación del informe.
El segundo es de carácter general al que quedan obligadas todas las empresas argentinas que integren un Grupo de Entidades Multinacionales. O sea, una enorme cantidad de empresas de bienes y servicios, y bancos que operan en el país pero su casa matriz es extranjera.
Se considera Grupo de Entidades Multinacionales (controlada por una empresa argentina o por una extranjera) a un conjunto de entidades relacionadas a través de la propiedad o del control directo o indirecto, que está obligado a confeccionar estados contables consolidados, o que podría estarlo si se negociaran participaciones del capital de cualquiera de las entidades en un mercado público de valores que incluya a dos o más entidades que tengan residencia fiscal en diferentes jurisdicciones, o a una entidad que sea residente a los fines fiscales en una jurisdicción y esté sujeta a imposición en otra jurisdicción fiscal, con relación a las actividades económicas desarrolladas en esa jurisdicción a través de un establecimiento estable del que es titular, definió Tomás Smudt, del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt.
Ambos regímenes de información serán de aplicación para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1º de enero de 2017 y se deben presentar el 31 de diciembre de 2018.
Cuando lo presentó en el exterior la controlante extranjera, se informará esto a la AFIP en febrero de 2019, para cierres de ejercicio al 31 de diciembre.