17 noviembre, 2024

Con la reforma constitucional de 1994, la Argentina entra en el mundo de la protección del medio ambiente. En efecto,  el art. 41 establece que todos los habitantes gozamos del derecho a un ambiente sano y apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas no comprometan las futuras generaciones. También tenemos  el  deber de preservarlo, y en el caso de general algún daño debemos recomponerlo. Las autoridades deben utilizar racionalmente los recursos naturales, preservar el patrimonio cultural y ofrecer educación ambiental. Este artículo también prohíbe el ingreso de residuos peligrosos o radiactivos al territorio nacional.

Argentina ha firmado distintos tratados internacionales para participar, junto a otros estados partes, del cuidado del medio ambiente.  Los distintos tratados se enfocan en diversos temas y objetivos, tales como reducir los gases de efecto invernadero, la protección de los patrimonios naturales, la reducción de sustancias que perjudiquen la capa de ozono, el desarrollo sustentable, mejorar la situación en los países afectados por la desertificación, proteger la salud humana contra los efectos de los desechos peligrosos, la conservación de la diversidad biológica, la protección de la Antártida y la conservación de los humedales.

En el ámbito nacional, a partir de lo establecido en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales mencionados, la Argentina cuenta con leyes que regulan diversos aspectos relacionados con este asunto, cuyos objetivos también son diversos, como la gestión de residuos industriales y domiciliarios, la eliminación de cierto tipo de plásticos, la preservación del agua como recurso natural, el libre acceso a la información pública ambiental, y la protección de bosques, actividades de quema y glaciares.

Todas las leyes mencionadas fueron aprobadas entre el 2001 y el 2010, por lo tanto se la consideran leyes “nuevas”. La sociedad posiblemente no tenga conocimiento de estas leyes, ya que en Argentina no existe una conciencia ambiental muy establecida. Actualmente el gobierno de  la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es uno de los pocos que tiene al medio ambiente como una prioridad en su agenda.

En mi opinión, para que la conciencia ambiental crezca y estas leyes lleguen al conocimiento y preocupación de todos, se deberían realizar jornadas medioambientales a nivel municipal (o comunal en el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), para que los vecinos puedan acercarse y aprendan sobre ciertos temas del ambiente tales como reciclaje, compost, etc.

También veo una falta de políticas en relación a reciclaje, solo se toma en cuenta la gestión de residuos domiciliarios en la Ley 25.916 que tiene como objetivo promover el reciclaje, pero no existen normas con procedimientos específicos sobre cómo llevarlo a cabo

 

Maria Sol Lema