23 diciembre, 2024

La Ley 19587/72 establece que todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas de Higiene y Seguridad para proteger la vida e integridad de los trabajadores.
La resolución 299/11 expresa que el empleador deberá suministrarle al trabajador los elementos de protección personal certificados por organismos reconocidos y que correspondan a su labor; llevando un registro individual donde conste la entrega de éstos, y será obligación del trabajador usarlos.
PROTECCIÓN DE CABEZA
El casco de seguridad tiene la función de amortiguar el impacto producido por objetos que caen sobre el mismo. Es obligatorio utilizar casco de seguridad durante toda la jornada laboral, en las áreas donde haya señalización (letreros preventivos) o donde exista la posibilidad de caída de objetos que se encuentren por encima del nivel de la cabeza.
Deben estar homologados por el IRAM ( Instituto Argentino de Normalización y Certificación), como también debe contar con la etiqueta que contenga el número de CHAS ( Certificado de Homologación de Autopartes y/o elementos de seguridad).
Los cascos que se hallen deteriorados deben ser reemplazados, aunque el daño no sea evidente al inspeccionarlos.
Los cascos de seguridad deben ser no conductores. No se permite el uso de cascos metálicos por el riesgo eléctrico existente (peligro de descargas y quemaduras eléctricas), debe adaptarse al tamaño de la cabeza para que brinde la protección adecuada. El casco no debe inclinarse hacia el frente, hacia atrás o hacia los lados. Tampoco debe usarse con la visera hacia atrás y debe ser abrochado correctamente.
Deben cumplir con la norma IRAM 3620 “Cascos de seguridad para uso industrial”. Se deben usar de los tipo 1 clase B. En la parte interior de la visera deben figurar la fecha de fabricación, la protección dieléctrica y el sello de cumplimiento con la norma correspondiente. En el caso de los importados, los mismos deben cumplir con la norma ANSI Z89.1-1989, o equivalente.
Serán reemplazados inmediatamente si están rotos, agujereados, pintados, golpeados, rayados, o si existe cambio de color respecto al original. Estas causas producen alteraciones en la resistencia de los mismos.
El arnés debe ser reemplazado si está dañado pero no debe ser modificado ni alterado. Para higienizarlos usar agua tibia y jabón.
El largo del cabello y de la barba debe permitir en todo momento el adecuado uso del casco, evitando que se transformen en un potencial riesgo de accidente.
Existen distintos tipos como abiertos que son los que menor protección brindan, los modulares o rebatibles y los integrales o cerrados que son los de mayor protección.

Los colores de los cascos de seguridad en equipos de torre, de acuerdo a la función, deben ser:

Blanco: Supervisión general y visitas
Amarillo: Personal operativo (no supervisión)
Anaranjado: Personal de mantenimiento, transporte y depósito (no supervisión)

El personal nuevo debe tener una identificación en el casco.
Cada lugar de trabajo debe contar con una provisión mínima de tres cascos para visitas.
La supervisión es la responsable del cumplimiento de estas disposiciones.
Entonces el casco de seguridad debe brindarlo el empleador, es de uso obligatorio, ya que es el que protege la cabeza de impactos, debe estar homologado y certificado, no tienen fecha de vencimiento pero si se nota deterioro debe ser reemplazado.
Ya que las estadísticas revelan que el casco previene el 67% de lesiones cerebrales y un 36% de probabilidad de muerte, hay que concientizarse , usarlo correctamente y siempre porque puede salvar tu vida!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *