Icono del sitio El Insignia

Las Sociedades por Acciones Simplificadas

Un grupo de 3 amigos egresados recientemente de diseño,  emprenden un proyecto de fabricación de ropa deportiva de alto rendimiento. Después de planear su estrategia de producción, desarrollo, inversión y marketing toman la decisión de  conformarse como sociedad. Para ello recurren a uno de los padres, abogado y con amplia experiencia  en el tema. Los jóvenes le plantean que están muy entusiasmados en desarrollar esta idea por lo que tanto han planeado, pero no cuentan con el capital suficiente ni el tiempo para completar con las gestiones burocráticas del caso. El Sr. Los tranquiliza y les comenta que el 27/07 del año corriente se publicó en el boletín oficial una resolución general que reglamenta el funcionamiento de SAS en CABA. Estas siglas significan Sociedad por Acciones Simplificadas que tiene por objetivo el apoyo del capital emprendedor, con los siguientes beneficios:

Cuadro comparativo:

Y los PASOS para constituir una SAS:

  1. Ingresar a la página de AFIP con CUIT y clave fiscal.
  2. Completar los datos de los socios y administradores (habrá que seleccionar quien será el administrador de relaciones de AFIP).
  3. Completar la cantidad la acciones dé cada socio.
  4. Completar los datos generales de los SAS.
  5. Adjuntar y completar los documentos obligatorios para poder avanzar con la creación de la SAS.
  6. Seleccionar medio de pago y confirmar el trámite.

El capital Social de las SAS se dividirá en partes denominadas acciones, Podrán pactarse prestaciones accesorias, como servicios. La SAS podrá ser constituida por instrumento público o privado. Deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:

  1. El nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, número de documento de identidad.
  2. La denominación social que deberá contener la expresión “Sociedad por Acciones Simplificada”, su abreviatura o la sigla SAS.
  3. El domicilio de la sociedad y su sede.
  4. El plazo de duración, que deberá ser determinado.
  5. El capital social y el aporte de cada socio, que deberán ser expresados en moneda nacional,
  6. La organización de la administración, de las reuniones de socios y de la fiscalización.
  7. Las reglas para distribuir las utilidades y soportar las pérdidas.
  8. Las cláusulas necesarias para establecer los derechos y obligaciones de los socios entre sí y respecto de terceros.
  9. La fecha de cierre del ejercicio.

 

Esta nueva información sobre la Ley de emprendedores nos indica que como estos 3 amigos, cualquier otra persona con un proyecto propio puede alcanzar las posibilidades de desarrollarse como su propio jefe. Entendemos que es una política activa con foco en las micro y pequeñas empresas para el acceso de estos beneficios que intenta lograr en parte, la activación en nuestra economía.