24 diciembre, 2024

CUSTODIAN UN COLEGIO EN LA PLATA TRAS LA ADVERTENCIA DEL PSICÓLOGO DE UN ALUMNO

El profesional le reveló a las autoridades que el chico «tenía ganas» de conseguir un arma y llevarla a la escuela.

Según la nota con fecha del 13/10/2017 esa mañana  el colegio Virgen del Pilar, en la zona norte de La Plata se encontraba custodiado por patrulleros policiales, padres y alumnos con muchos interrogantes e incertidumbres que se disiparon a pocas horas.

Según trascendió un alumno de 16 años de ese instituto le confió a su terapeuta que tenía ganas de conseguir un arma y llevarlo a la escuela.

El psicólogo considero que el dato era lo suficientemente grave como para no preservarlo en el secreto profesional, la comisaria cuarta de La Plata decidió imponer una vigilancia en la franja horaria en que hay actividad académica, se ordeno un allanamiento en la casa donde vive el alumno donde no hallaron armas. Los directivos y asesores mantuvieron un cerrado hermetismo sobre los datos del menor que habría amenazado con armarse para ir al aula, y tampoco trascendió el nombre del psicólogo.

ANÁLISIS DEL CASO DESDE LA ÉTICA

Distintas agrupaciones de psicólogos presentan sus propios códigos profesionales o códigos de principios y valores éticos que recogen la ética de estos profesionales.

Se trata de ofrecer parámetros consensuados para que el desarrollo de su labor no salga del ámbito de lo que se considera ético. Se pueden destacar algunos aspectos propios del trabajo en Psicología como el respeto a la persona, la confidencialidad, la honestidad y la responsabilidad.

El psicólogo deberá guardar secreto profesional, El secreto profesional es la obligación y derecho permanente de silencio que contrae el psicólogo en el transcurso del ejercicio de su profesión, cualquiera sea la relación profesional, ámbito de actividad y tipo de prestación, respecto de todo lo sabido, intuido, percibido o presentido con relación a las personas que lo consulten o las que traten como pacientes, procurando ser tan discreto que ni directa o indirectamente nada pueda ser descubierto, preservando así la intimidad de los mismos.

El deber de guardar secreto profesional subsiste aún después de concluida la relación profesional o producida la muerte del paciente.

La revelación del secreto profesional por justa causa deberá serlo con discreción, cuando la persona que consulte o se trate con el psicólogo a raíz de su estado pueda presumiblemente causarse un daño asimismo o a terceros.

La autorización del paciente a revelar un secreto, no obliga al psicólogo a tener que hacerlo, en todo caso siempre debe cuidar de mantener la confianza social hacia la confidencialidad de la profesión.

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