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soto. ¿Qué es el Procedimiento Sumarial Abreviado?

¿Qué es el Procedimiento Sumarial Abreviado?

Se trata de una forma simplificada de tramitación de sumarios que se aplicará cuando se detecte alguna de las siguientes conductas por parte de los usuarios aduaneros:

CÓDIGO DE TRÁMITE DETALLE INFRACCIÓN
1 Anulación de permisos de embarque fuera del plazo reglamentado. 994 inc. c) del C.A.
2 Falta de digitalización en el plazo reglamentado de los legajos aduaneros y demás documentación recibida en carácter de Depositario Fiel. 994 inc. c) del C.A.
3 Falta de presentación o presentación fuera del plazo reglamentado del Certificado de Origen (Resolución N° 763/96 MEyOSP y 381/96 MEyOSP). 994 inc. b) del C.A.
4 Falta de presentación o presentación fuera del plazo reglamentado del Manifiesto de Importación (MANI) o de Exportación (MANE). 994 incs. b) y c) del C.A.
5 Falta de presentación o presentación fuera del plazo reglamentado del post-embarque (incluidos los ranchos). 994 inc. c) del C.A.
6 Incomparecencia a presentar la documentación requerida, vencido el plazo otorgado en la notificación. 994 inc. b) y c) del C.A.
7 Falta de presentación o presentación fuera del plazo otorgado del Pedido del Legajo Aduanero (PELE). 994 incs. b) y c) del C.A.
8 No realizar la destinación solicitada luego del pedido de desbloqueo en el Sistema Informático MALVINA (SIM). 994 inc. c) del C.A.
9 Falta de presentación o presentación fuera de término de los Inventarios de los Depósitos Francos (Especiales). 994 incs. b) y c) del C.A.
10 Rebloqueo en el SIM por vencimiento de plazo MARE. 994 inc. c) del C.A.
11 Transgresión a la Resolución General N° 1.800 y su modificatoria. 994 inc. c) del C.A.

 

La AFIP pone en marcha un nuevo procedimiento electrónico para infracciones aduaneras

Permitirá una liberación más rápida de las mercaderías retenidas, tras el pago de las multas correspondientes. La AFIP pone en marcha un nuevo procedimiento electrónico para infracciones aduaneras.

El nuevo “Procedimiento sumarial abreviado” aportará fluidez al circuito de aplicación de las multas establecidas por el Código Aduanero para quienes suministren informes inexactos o falsos, no aporten los documentos requeridos por el servicio aduanero, o cometan faltas que pudieran producir un perjuicio fiscal o afectar o afectar el control aduanero.

Permitirá una liberación más rápida de las mercaderías retenidas, tras el pago de las multas correspondientes. El procedimiento consta de tres pasos y establece la posibilidad de que el juez administrativo aduanero delegue sus facultades para agilizar el trámite.

El procedimiento

 Inicio del trámite:

El agente aduanero que detecte una presunta infracción tipificada en los Artículos 994 y/o 995 del Código Aduanero, deberá ingresar la novedad al Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA)

Intervención del Juez administrativo y notificación al imputado:

El juez administrativo o quién tuviere las facultades delegadas, aceptará o rechazará el trámite, en virtud de la constatación de datos. Habiendo aceptado el trámite, el sistema realizará en forma automática las siguientes operaciones:

Finalización del procedimiento

Una vez notificado, el imputado optará por: