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Análisis del Art.14 BIS de la Constitución.

derechos que se cumplen

1ºpárrafo:

-Condiciones dignas y equitativas de labor: Se refiere a las condiciones del lugar donde se realiza el trabajo: comodidad, higiene, salubridad, seguridad y que todos los trabajadores disfruten de las mismas  condiciones. Tampoco se cumple ciertamente, todavía hay gente trabajando con recursos escasos.

Jornadas limitadas: Una jornada normal conlleva de 8 horas diarias o de 48 horas semanales según ley 11.544 art 1, sin embargo en muchos casos no son cumplidas se extiende a varias horas más sin elección del empleado.

–  Descanso y vacaciones pagados: Todo trabajador gozará de un periodo mínimo y continuo de descanso anual remunerado (art150), El cual es obligatorio y varía dependiendo del periodo laboral realizado.

– Retribución justa: La retribución dependerá del trabajo realizado, igual remuneración por igual tarea, sin diferenciar por razones de sexo o nacionalidad, en muchos casos todavía existe diferencia de remuneración entre hombre-mujer en el mismo puesto. (art.81)

 Salario mínimo vital y móvil: Significa que la remuneración no puede ser menor a lo que el empleado necesita para vivir y cubrir sus necesidades básicas y las de su familia. Móvil significa que debe actualizarse periódicamente para no perder su poder adquisitivo, los gremios son los que interceden para que esto se cumpla.

–  Igual remuneración por igual tarea: La remuneración varía según los puestos laborales a mayor categoría mayor sueldo,  como también si el empleado tiene  personas a cargo (familia).Los sueldos no siempre están regulados equitativamente. Estas condiciones no siempre se cumplen.

– Protección contra el despido arbitrario: Es la ruptura de la relación laboral sin causa justificada, y resulta agraviante e injurioso. No significa que está prohibido despedirlo, pero debe ser indemnizado, teniendo en cuenta su antigüedad, trabajo, esto sucede y es en favor del empleado. En estos casos se cumple, el empleado está protegido por ley.

– Estabilidad del empleado público: El Estado (Nacional. Provincial o Municipal), no puede despedir a sus trabajadores sin justa causa. Esto es para evitar que ante el cambio de gobierno, se intente producir un cambio de personal. Esto se cumple, en caso de no ser así es muy complejo y lleva mucho papeleo de por medio.

 Organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial: Los trabajadores tiene derecho a organizarse en sindicatos. La CN le impone dos condiciones: que los trabajadores tengan la libertad de decidir si se afilian o no, y la elección se sus autoridades debe hacerse por el voto libre y secreto.  Esto si se cumple, con sus condiciones descriptas.

 

2º párrafo:

 Queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo: Se tratan de contratos que se celebra en forma colectiva, entre el gremio y la asociación patronal.  Esto se cumple y es para el beneficio del trabajador, resguardando sus derechos.

 Recurrir a la conciliación y al arbitraje: Son medios pacíficos para resolver conflictos laborales, Se llevan a cabo ante el Ministerio de Trabajo. En la conciliación se trata de acercar las partes. El arbitraje en este caso el Ministerio actúa como mediador tratando  de solucionar el pleito. Esto se cumple y es necesario para no llegar a la huelga como método próximo.

 El derecho de huelga: Es la paralización del trabajo que los empleados usan como medio de presión para lograr mejoras o para que se reconozcan derechos y pretensiones. Para evitar abusos está reglamentada por las leyes laborales. Esto se cumple y es uno de los métodos más utilizados por los empleados, con limitaciones, a los empleadores no les conviene económicamente.

 Los representantes gremiales gozaran de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo: Se asegura a los delegados el libre cumplimento de su gestión y la estabilidad en sus empleos. Esto generalmente se cumple para evitar futuros conflictos.

3º párrafo:

El seguro social obligatorio: Estas deben ser administradas por los interesados con la participación del Estado. No puede existir superposición de aportes; esto significa que no se puede aportar más de una vez por el mismo riesgo Ej: si tiene varios empleos, no se le podría retener sino en uno de ellos el aporte para el seguro social. Esto se cumple.

– Jubilaciones y pensiones  móviles: Se llama jubilación al haber que percibe un individuo después de haber cumplido con los años de trabajo. Pensión es el haber que perciben ciertos familiares del jubilado fallecido. Ambos deben ser móviles. Esto se cumple, aunque la parte de móvil este más atrasada.

 La compensación económica familiar: Al aumentar los gastos de las personas, la ley trata de compensarlo económicamente, estableciendo las asignaciones familiares por esposa, hijos, nacimiento, escolaridad. Esto si se cumple, las asignaciones son muchas y variadas.