Se denomina importar a la introducción de cualquier mercadería a un territorio aduanero. Territorio aduanero según el Código Aduanero es la parte del ámbito «terrestre, acuático y aéreo sometido a la soberanía de la Nación Argentina, en la que se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones». Este territorio aduanero se divide en territorio aduanero general, aquel en el cual se aplica el sistema general arancelario y de prohibiciones de carácter económico a la importación y a la exportación y se divide en Zona primaria, Zona Secundaria y Zona de vigilancia especial; y el de territorio aduanero especial o área aduanera especial, este caso es aplicable un sistema especial arancelario y de prohibiciones de carácter económico a la importación y a la exportación, por ejemplo en la Isla Grande de la Tierra del Fuego se aplica un régimen arancelario que contempla aranceles inferiores a los que se aplican en el territorio aduanero general.
En una operación de importación intervienen generalmente los siguientes sujetos:
? La Dirección General de Aduanas: es el órgano encargado de la aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de mercaderías que ingresan o egresan del territorio aduanero.
? Los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, que puede ser:
1. Despachante de Aduana, que realiza trámites y diligencias ante el Servicio Aduanero en nombre de los importadores y/o exportadores. Deben ser personas de existencia visible y estar inscriptos en el Registro de Despachantes de Aduana.
2. Agente de Transporte Aduanero o ATA: Pueden ser personas de existencia visible o ideal que representan a los transportistas y tienen a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante el servicio aduanero. Para desempeñarse como ATA es necesario estar inscripto en el Registro de Agentes de Transporte Aduanero y para ello, deberá acreditar, entre otros requisitos, la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones.
PASOS PARA IMPORTAR
Terminado el análisis de mercado y tomada la decisión de importar un producto, se deberá establecer contacto con las empresas del exterior que puedan proveer el mismo. Esto se puede lograr utilizando herramientas como son internet y el correo electrónico.
Los precios en el comercio internacional pueden tomar distintas formas, como ExWorks, FOB y CIF. El uso de las distintas condiciones de precio, por lo general tienen que ver con la experiencia en comercio exterior que posean ambas partes, proveedor y comprador.
El despachante de aduana es el profesional necesario para poder realizar la importación, ya que de conformidad con el artículo 33 de la Ley General de Aduanas, el agente aduanero es el único autorizado por el Ministerio de Hacienda para prestar los servicios a terceros en los trámites y operaciones aduaneras; este es quien asesorará con respecto a los derechos de importación que corresponderá abonar según el tipo de mercadería que desea importar para poder analizar la viabilidad de la operación. Además es quien confeccionará la documentación aduanera correspondiente al ingreso y egreso de mercaderías del territorio. Esta documentación, se realiza al momento de arribo de la carga al país (puerto destino), y es controlada y visada por el personal aduanero.
La Agencia o el agente de aduanas hace la clasificación arancelaria del producto o productos que serán importados y determinan si estos requieren permisos para importación. Puede solicitar los permisos a nombre del importador, para lo cual el importador debe haber registrado el producto en el Ministerio de Salud o Ministerio de Agricultura y Ganadería, dependiendo del producto. Para lo cual la Agencia de aduanas le puede brindar la información de registro de productos en la Ventanilla Única de Importación, con los encargados destacados en esta ventanilla de los Ministerio de Salud y de Agricultura y Ganadería.
Una vez tramitados los permisos si fueran necesarios la Agencia o Agente de aduanas confecciona la Declaración Aduanera de Importación y la presenta ante la Aduana de Jurisdicción donde se encuentre la mercancía.
En el proceso normal de aceptación de las Declaraciones Aduaneras de Importación, la aduana por medio de un método selectivo revisa la mercancía físicamente, proceso que consiste en ir al almacén fiscal donde se encuentre la mercancía y con un aforador (funcionario de Aduanas) se procede a revisar toda la mercancía. El propietario puede ir en compañía del funcionario de la Agencia a la revisión física. Otra posibilidad es la revisión documental en este proceso se revisa únicamente en forma documental la información consignada en la Declaración Aduanera de importación con la información de la factura comercial y el documento de traslado de la mercancía, y por último la tercera posibilidad es la de Liquidación en la cual lo única que verifica el aceptador es la liquidación de impuestos a pagar por el importador. El método de verificación será seleccionado aleatoriamente por el software de la aduana.
Una vez revisado por la aduana se procede a la cancelación de impuestos a través de la agencia o agente de aduanas, la cual sella una de las copias de la Declaración Aduanera de Importación con la leyenda “Levante de Mercancía” que por medio de la cual el importador o su representante puede hacer retiro de la mercancía una vez cancelados los impuestos.
Para lograr efectuar la importación es condición indispensable solicitar la inscripción como importador / exportador ante la Dirección General de Aduanas. Este no tiene costo y demora aproximadamente 15 días a partir del momento de presentación de la solicitud correspondiente. Esto se realiza por única vez.