Codigo Aduanero actual:
Requisitos para estar inscripto como despachante:
- Ser mayor de edad.
- Tener capacidad para ejercer el comercio por sí mismo.
- Estar inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.
- Tener aprobado el secundario completo.
- Idoneidad y conocimiento.
- Acreditar domicilio real y especial en el radio de la aduana en la cual de jurisdicción, o en tantas aduanas actue.
- CONFIANZA.
- Acreditar conocimiento en materia aduanera.
- Solvencia y libre disponibilidad de sus bienes.NO PUEDEN INSCRIBIRSE:
- Concursados o fallida (personas en quiebra).
- Inhibición general de sus bienes.
- Condenado y procesado, ej:
-Delitos aduaneros o por infracción de contrabando (P. Juríduco).
-Delitos con pena de prisión (una de sus excepciones es la «Ejecución condicional de la pena(pena en suspenso que no supere los 3 años)».SUSPENSIONES: - Por ser procesado por algun delito aduanero o pena preventiva de libertad.
- por algun sumario administrativo (por 45 dias, prorrogables por otros 45 dias).
- Por inhibición de sus bienes.
- Deudor de tributos o multas aduaneras.
- si está ConcursadoELIMINACIÓN (como suspensión):
- Si fue Procesado.
- si fue condenado por delitos aduaneros y contrabando menor (infracción aduanera).
-Socios limitados.
– Director.
-Administrador. - por delitos con pena de carcel.
- con pena accesoria de inhibición para ejercer cargos publicos.
- También seran eliminados (como sanción) de los demas registros (ATA, importadores y exportadores, apoderados generales).
- Si se encuentra fallido.
- por Fallecimiento.REGIMEN SANCIONATORIO:
- Apercibimiento: es un llamado de atención, lo hace la aduana en la que actúe y apelar en la DGA.
- Suspención (como sanción): con un máximo de 2 años, por conductas reiteradas o faltas graves.
- Eliminación (como sanción): por conductas reiteradas (luego de ser sancionado previamente) o faltas graves. Ej
– No haber realizado operaciones aduaneras durante 2 años.
– Facilitación del nombre a algún despachante suspendido o eliminado, o un tercero.
-No comunicación a la aduana de inhibiciones.MAXIMILIANO MENDEZ