7 septiembre, 2024
La capacidad jurídica es la facultad o aptitud de una persona para ser titular de derechos y obligaciones, es decir, poder disfrutar de derechos y contraer obligaciones. Me refiero que puede contraer obligaciones porque tiene la capacidad para contratar, por ejemplo, que una persona pueda ejercer el comercio libremente. Pero las personas con discapacidad no pueden ejercer de esos derechos o de contraer obligaciones.Una persona puede vivir sin educación, pero no sin justicia y sin salud, por supuesto, en medio de la comunicación puede haber alguien sin educación, pero no se va a escapar a estos dos pilares sociales fundamentales. Y para el campo antropológico, la justicia es lo más similar al reconocimiento de la interacción entre los pueblos. Entonces la justicia tiene la misión de facilitar el acceso de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás, promover el proceso de construcción de las condiciones sociopolíticas necesarias, así como de las operaciones técnicas, jurídicas y metodológicas adecuadas a cada tipo de discapacidad.
En cuanto si una persona con discapacidad puede contraer obligaciones hay varios debates y reflexiones sobre el caso. Como es el caso de noviembre de 2012 que se realizo el seminario “La capacidad jurídica de las personas con discapacidad: debates y reflexiones”, organizado por la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación en forma conjunta con la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis) y la Fundación para las Américas de la Organización de Estados Americanos (OEA), en el marco de las “IV Jornadas de Difusión y Seguimiento de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad”, organizadas por Conadis.
El eje central del encuentro fue el artículo 12 de la Convención, que reafirma el derecho de las personas con discapacidad a que se les reconozca su capacidad jurídica, en igualdad de condiciones con las demás personas en todos los aspectos de la vida. En este sentido, la Secretaría de Derechos Humanos trabaja intensamente para que todas las personas tengan derechos en igualdad de condiciones.
Desde el año 2003, el Estado nacional impulsa diferentes políticas de inclusión y de ampliación de derechos que propició el enfoque transversal de los derechos humanos para todas las políticas públicas, especialmente para la mayoría de la población a la que se le había quitado sus derechos. Las personas con discapacidad estaban dentro de ese grupo. Donde había sectores en situación de vulnerabilidad, el Estado nacional se hizo presente.
Entre algunos de estos avances, cabe destacar la ley 26.378, sancionada el 21 de mayo de 2008 y promulgada el 6 de junio del mismo año, que aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Esta impone también un cambio de paradigma basado en el modelo social de la discapacidad con abandono del enfoque médico-rehabilitador.
También, la sanción en noviembre de 2010 de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 –y su Decreto Reglamentario N° 603 del 28 de mayo de 2013– que abre el camino para reformar las prácticas médicas y psiquiátricas de salud mental, para que las instituciones superen la lógica del encierro, las prácticas asilares que resultan inhumanas y que son violataorias para los derechos humanos. El objetivo es que implementen alternativas que ayuden a la autonomía de las personas, para que puedan ingresar en la sociedad, participar y hacer las cosas cotidianas que hacen a una vida sana, es decir que puedan ejercer plenamente sus derechos.

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