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Derechos y Deberes del Empleado y Empleador

El empleado debe cumplir las órdenes u instrucciones que se le asigna, el trabajador presta los servicios  en beneficio o provecho de empleador, quien asume los riesgos del negocio o la empresa, debe ajustarse a los procedimientos y modalidades de la ejecución de sus tareas indicadas por el empleador, la duración de un  trabajo no podrás extenderse más de ocho horas diarias o a  48 horas semanales . El empleador debe dirigir las tareas y dar instrucciones, tiene que pagar una remuneración o salario al empleado.

 

La duración de jornada máxima será de ocho horas, la  jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas, quedan prohibidas los labores insalubres o peligrosas y todo otro trabajo después de las  diez de la noche  de los menores de dieciséis años, queda prohibida la utilización de los menores de catorce años, los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán  como jornada máxima  las de seis hora, por seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día  descanso cuando menos.

 

Los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y podrá proveer a la educación de los hijos, para el trabajo igual debe corresponder  igual salario sin tener en cuenta el sexo ni nacionalidad.

Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa, cuando se aumentan horas de jornada de abonara como salario por tiempo excedente un ciento porciento de lo fijado para las horas normales.

El trabajo podrá extenderse mas de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas, los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajo.

Las empresas estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo, los empleadores serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión de trabajo que ejecuten.

El patrón estará obligado a observar  los preceptos legales  sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, el trabajador debe de cumplir sus obligaciones y acatamiento a la dirección del empleador.