28 marzo, 2024

El empleado debe cumplir las órdenes u instrucciones que se le asigna, el trabajador presta los servicios  en beneficio o provecho de empleador, quien asume los riesgos del negocio o la empresa, debe ajustarse a los procedimientos y modalidades de la ejecución de sus tareas indicadas por el empleador, la duración de un  trabajo no podrás extenderse más de ocho horas diarias o a  48 horas semanales . El empleador debe dirigir las tareas y dar instrucciones, tiene que pagar una remuneración o salario al empleado.

 

La duración de jornada máxima será de ocho horas, la  jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas, quedan prohibidas los labores insalubres o peligrosas y todo otro trabajo después de las  diez de la noche  de los menores de dieciséis años, queda prohibida la utilización de los menores de catorce años, los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán  como jornada máxima  las de seis hora, por seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día  descanso cuando menos.

 

Los salarios mínimos deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y podrá proveer a la educación de los hijos, para el trabajo igual debe corresponder  igual salario sin tener en cuenta el sexo ni nacionalidad.

Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa, cuando se aumentan horas de jornada de abonara como salario por tiempo excedente un ciento porciento de lo fijado para las horas normales.

El trabajo podrá extenderse mas de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas, los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajo.

Las empresas estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo, los empleadores serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión de trabajo que ejecuten.

El patrón estará obligado a observar  los preceptos legales  sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, el trabajador debe de cumplir sus obligaciones y acatamiento a la dirección del empleador.

 

  • Deberes empleadores
  • Pago de remuneraciones
  • Pagar por las horas extras y suplementarias
  • Buen trato
  • Evitar los riesgos del trabajo
  • Dar trato igualitario a todos los trabajadores
  • Proteger al trabajador
  • Proveer los elementos necesarios para el trabajo
  • Dar ocupación efectiva al trabajador
  • Desarrollar acciones para mejorar la seguridad

 

  • Derechos de los empleadores
  • Facultad de organización
  • Facultad de dirección
  • Facultad de control
  • Poder reglamentario
  • Poder disciplinario
  • Derecho a recibir las prestaciones del trabajo
  • Beneficiarse con los resultados del trabajo
  • Deberes del trabajador
  • Cumplir las órdenes u instrucciones
  • Usar adecuadamente las herramientas y materiales del trabajo
  • Informar cualquier situación de riesgos
  • Asistir con puntualidad al lugar de trabajo
  • Ejecutar el trabajo con intensidad, cuidado y esmero
  • Cumplir con la jornada de trabajo
  • Cumplir el reglamento interno de trabajo
  • Observar buena conducta durante el trabajo
  • Dar aviso cuando por causa justa faltare al trabajo
  • Contribuir a la mejoras de la productividad
  • Derechos del trabajador
  • Derecho a tener un descanso intermedio para el almuerzo
  • Derecho a la capacitación
  • Derecho a condiciones dignas de trabajo
  • Derecho a una retribución justa
  • Derecho al bienestar
  • Derecho a la preservación de salud
  • Derecho a ocupación efectiva
  • Derecho a no ser discriminado