19 diciembre, 2024

Diferencias entre cheque y pagaré

El pagaré y el cheque son dos conceptos parecidos, ya que ambos corresponden a  documentos de pagos, son utilizados por empresas o de forma particular. Aunque a su vez presentan grandes diferencias.

Un cheque es un documento de pago, entregado por el banco al titular de la cuenta corriente, puede ser girados al portador o  a nombre de un particular o de una persona jurídica .Los cheques autorizan el retiro de una cierta cantidad de dinero, consignado por escrito, que jamás  debe superar el saldo depositado en  la cuenta corriente del librador (a menos que esté autorizado a girar en descubierto).

Es importante saber que el beneficiario no necesariamente debe ser un tercero y que el cheque puede librarse a favor del propio titular.

Los cheques tienen distintas modalidades de emisión, el beneficiario y el cobro. Respecto del beneficiario, los cheques pueden emitirse:

Cheque al Portador o en blanco: el cheque puede cobrarlo quien lo presente en el banco,es decir, no se indica beneficiario. El monto máximo de pago por ventanilla es de $50.000.

Cheque a favor de una persona con cláusula “a la orden”: el beneficiario lo puede endosar (es decir transferir su dominio) .Se indica con nombre y apellido al beneficiario, para poder cobrarlo o transferirlo a un tercero deberá endosar el cheque con su firma, aclaración, número de documento o de cuenta y domicilio. Si el cheque está librado a favor de una sociedad jurídica, deberá endosarse con el sello de la sociedad, la firma, el CUIT de la empresa y el domicilio. En el caso de cheques diferidos admite hasta dos endosos y un endoso para cheques comunes.

Cheque a favor de una persona con la cláusula “no a la orden”: En este caso, no le permite al beneficiario endosarlo para transferirlo a un tercero. Es decir, que deberá cobrarlo o depositarlo en su cuenta corriente.

Cheque cruzado (dos barras en el margen superior izquierdo) no se puede cobrar por ventanilla. Solo se deposita en cta. corriente.-

En el caso del pagaré se lo define como un  documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra, o a quien ésta indique, una suma de dinero determinada, en una fecha establecida y en un domicilio estipulado.

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *